(S-0977/19)

PROYECTO DE LEY

El Senado y Cámara de Diputados

ARTICULO 1o — Créase el Programa Nacional de Prevención y Concientización sobre el uso de Internet y las Redes Sociales, con la finalidad de cumplir en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de la jurisdicción nacional y demás jurisdicciones que adhieran a la presente Ley:

a) Generar actividades de concientización e educación destinadas a brindar contenidos para que los niños y adolescentes conozcan los riesgos presentes en Internet;

b) Implementar talleres mediante los cuales se les enseñen las herramientas para protegerse mientras navegan por la Red;

c) Incorporar a la educación criterios que eviten el uso de las redes sociales con fines agresivos;

d) Promover en todos los niveles educacionales talleres de capacitación, actividades, orientación y consejería sobre el acoso u hostigamiento físico o psicológico;

ARTÍCULO 2o — El Poder Ejecutivo Nacional designara a la Autoridad de Aplicación.

ARTÍCULO 3o — Las acciones que promueva el Programa Nacional de Prevención y Concientización sobre el uso de Internet y las Redes Sociales están destinadas a los educandos del sistema educativo nacional y de los que adhieran a la presente Ley, que asisten a establecimientos públicos de gestión estatal o privada, desde el nivel inicial hasta el nivel secundario.

ARTICULO 4o — Las jurisdicciones que adopten el Programa garantizarán la realización obligatoria, a lo largo del ciclo lectivo, de acciones educativas sistemáticas en los establecimientos escolares, para el cumplimiento del Programa Nacional de Prevención y Concientización sobre el uso de Internet y las Redes Sociales. Cada comunidad educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto institucional, la adaptación de las propuestas del presente programa.

ARTICULO 5o — Los lineamientos curriculares básicos serán establecidos por la Autoridad de Aplicación, la cual podrá invitar a las distintas áreas del Estado Nacional, a universidades estatales y privadas, a organizaciones no gubernamentales, medios de comunicación, proveedores de Internet y a todas aquellas personas y entidades que puedan aportar conocimientos y recursos de diverso tipo. En este sentido podrá celebrar los convenios de colaboración que resulten necesarios.

ARTÍCULO 6o — Cada jurisdicción implementará el programa a través de:

a) La difusión de los objetivos de la presente ley, en los distintos niveles del sistema educativo;

b) El diseño de las propuestas de enseñanza, con secuencias y pautas de abordaje pedagógico, en función de la diversidad socio cultural local y de las necesidades de los grupos etarios;

c) El diseño, producción o selección de los materiales didácticos que se recomiende utilizar a nivel institucional;

d) El seguimiento, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades obligatorias realizadas;

a) Los programas de capacitación permanente y gratuita de los educadores en el marco de la formación docente continua;

b) La inclusión de los contenidos y didáctica de la prevención de violencia escolar en los programas de formación de educadores;

ARTÍCULO 7o — Los establecimientos educativos deberán organizar espacios de concientización y educación sobre los riesgos de Internet para los padres o responsables que tienen derecho a estar informados. Los objetivos de estos espacios son:

a) Promover la comprensión y el acompañamiento del niño, niña y adolescente preparándolo para entablar relaciones interpersonales positivas;

b) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa.

ARTÍCULO 8°— La presente ley tendrá una aplicación gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación docente.
La autoridad de aplicación establecerá en un plazo de ciento ochenta (180) días un plan que permita el cumplimiento de la presente ley, a partir de su vigencia.

ARTÍCULO 9°— Comuníquese al Poder Ejecutivo. Inés I. Blas

 

FUNDAMENTOS

El presente proyecto tiene como objetivo la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización sobre el uso de Internet y las Redes Sociales para niños y adolescentes que tengan entre 10 y 18 años de edad, el que se desarrollará en las escuelas primarias y secundarias de jurisdicción nacional y de todas aquellas que adhieran a la presente Ley.

Es de destacar que en estos tiempos que corren la influencia de las Redes Sociales en la vida de los adolescentes tiene un impacto que no llegamos a medir con precisión. Es por esto que es necesario que los establecimientos educativos tomen en consideración esta circunstancia a fin de incluirla en su curricula, ya que al mismo tiempo que aumenta el uso de internet y las redes sociales en la sociedad, no se ve la real dimensión de los problemas que pueden traer aparejados su uso indiscriminado.

Parece obvio que los riesgos más graves son aquellos que afectan a la integridad, tanto física como emocional, de los menores, en especial el ciberbullying (Hostigamiento a través de medios informáticos como redes sociales, chat, correo electrónico o sitios web. Consiste en molestar, amenazar, humillar o acosar a una persona utilizando dichos medios) y el grooming (Consiste en acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, al crearse una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él). No es fácil evitarlos, no son infrecuentes y los adultos son los últimos en enterarse, normalmente, cuando el daño ha sido ya muy grande.

No existen muchas estadísticas al respecto, la Organización Argentina Cybersegura llevo a cabo un estudio junto a DigiPadres, proyecto de ESET Latinoamérica, una encuesta a niños y adolescentes de Buenos Aires acerca de los riesgos y situaciones a las que se enfrentan en Internet. De los chicos encuestados, el 60% recibió una solicitud de contacto por parte de desconocidos y 1 de cada 3 afirmó haber vivido una situación incómoda en la web.

Aunque el 20% de ellos considera que la seguridad digital no es un tema grave o de importancia, al momento de consultarles qué es lo que más les preocupa, se destacó el robo de contraseñas, la suplantación de identidad y la averiguación de datos o información por parte de terceros. Finalmente, más del 50% dijo haber recibido información en su colegio sobre cómo cuidarse en Internet pero solo el 3% lo hablaría con sus docentes.

En este sentido es prioritario enfocarse en el aspecto educativo, ya que la prevención y concientización de los peligros a los que están expuestos los jóvenes al usar las redes sociales debería ser materia obligada lo cual les permitiría tomar los recaudos necesarios a la hora de poder navegar en un entorno más seguro, hecho que lograría reducir la exposición que nosotros mismos generamos ya que solemos depositar nuestra intimidad e información en las redes por propio consentimiento.

Párrafo aparte merece el tema del Cyberbullying, en este sentido la concientización debe ir dirigida a explicar al posible victimario el daño que está generando a nivel psicológico en otra persona ya que para los jóvenes la identidad virtual tiene un alcance que todavía no llegamos a dimensionar por lo que verse expuestos a la burla y el maltrato a través de las redes sociales les genera un daño mucho más amplio que el simple bullying físico, debido a que este carece de límites al invadir la privacidad de la víctima y provocar un efecto multiplicador en la Red y de carácter indisoluble ya que una vez que se ha publicado es casi imposible su eliminación de Internet.

No son novedad las noticias de adolescentes que han sido víctimas y han tomado decisiones drásticas debido al estrés emocional que les ha provocado, en este aspecto también hay que hacer hincapié en la comunicación que deben tener con los adultos, los cuales deben estar alertas e implicarse a fin de poner freno a este tipo de conductas por lo que el objetivo ulterior de este Proyecto es lograr la participación de todos los actores, no solo de los jóvenes sino también de las instituciones y los adultos.

En la seguridad que este tipo de problemas solo se pueden abordar de un modo amplio e interdisciplinario y que la educación y la prevención son el método más efectivo para lograr una disminución en este flagelo que está instalado en nuestra sociedad, a tal efecto hay que tomar consciencia que el uso de Internet ya es parte de nuestra vida y como tal hay que tomar recaudos para poder disfrutarla y no sufrirla.

Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.