Autor: CELE

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    El Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE) es un centro académico dedicado a la promoción y protección del derecho a la libertad de expresión y el acceso a la información. Como tal, el CELE desarrolla investigaciones dirigidas a enriquecer el debate público y actividades de formación, capacitación y reflexión en esta materia.

Ley

Ecuador – Ley pretende contrarrestar la “ley mordaza” emitida en 2013 por el expresidente Rafael Correa al eliminar las limitaciones al libre ejercicio del periodismo y la libertad de expresión. Los cambios que contiene esta nueva ley se relacionan con la eliminación del control a medios de comunicación a través de la “censura” y los derechos litigiosos judiciales contra los periodistas o medios de comunicación por sus contenidos publicados (Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Comunicación) – 2022

http://www.edicioneslegales-informacionadicional.com/webmaster/directorio/2SU188_2022.pdf... Leer más.
Ley

Colombia – Ley DICTA NORMAS PARA RECONOCER LA TRANSMISIÓN DE LOS SABERES CULTURALES, FOMENTAR Y PROMOVER LA SOSTENIBILIDAD DE LOS OFICIOS ARTÍSTICOS, DE LAS INDUSTRIAS CREATIVAS Y CULTURALES Y DEL PATRIMONIO CULTURAL EN COLOMBIA. CREA UN CONSEJO ASESOR PARA EL MINISTERIO DE CULTURA PARA LA CREACIÓN DE POLÍTICAS ENCAMINADAS AL FOMENTO DE ESTOS OFICIOS (No. 2184) – 2022

https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202184%20DEL%206%20DE%20ENERO%20DE%202022.pdf?TSPD_101_R0=08394a21d4ab20007e6ddf8dce56417443797c3c86245... Leer más.
Proyecto

Perú – PL Se busca modificar el Decreto Legislativo No. 829 y establecer que los medios de comunicación estatales, a cargo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), tienen el deber de colaborar con la política del gobierno para educar y formar cultural y moralmente a los ciudadanos, mientras mantiene una línea editorial independiente. La composición del Consejo Directivo del IRTP también cambia, siendo ahora seleccionada a través de un concurso público organizado por una Comisión Especial de 7 miembros: 1) El presidente del Consejo de Ministros, quien la preside; 2) Un representante elegido por los ministros de Cultura y Educación; 3) Un representante de la Contraloría General de la República; 4) Un representante de la Defensoría del Pueblo: 5) El Decano presidente del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Perú; 6) Un Decano elegido en votación por los decanos de las facultades de ciencias de la comunicación, ciencias sociales o ciencias humanas (o similares) de las Universidades públicas licenciadas y con más 30 años de antigüedad; 7) Un Decano elegido en votación por los decanos de las facultades de ciencias de la comunicación, ciencias sociales o ciencias humanas (o similares) de las Universidades privadas licenciadas y con más 30 años de antigüedad. También se fijan nuevos requisitos para ser miembro del consejo directivo: haber cumplido cuarenta y cinco años de edad; contar con 10 años de experiencia en el ejercicio de la labor periodística, gestión y difusión cultural, educación y/o en otras actividades ainfes; contar con experiencia en cargos directivos; no tener sentencia condenatoria en primera instancia por la comisión de delito doloso; no haber sido sancionado en la administración pública; no mantener deudas alimentarias, entre otros. Finalmente, el cargo de miembro del consejo directivo cesa únicamente por renuncia, muerte, vencimiento del plazo de nombramiento, incapacidad física o por sobrevenir alguna de las causales que impidan su nombramiento (No. 03429/2022-CR) – 2022

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal/#/expediente/2021/3429... Leer más.
Proyecto

Perú – PL Se busca crear el delito de difusión de información reservada de una investigación penal, en virtud del cual se sancionará con pena de cárcel a cualquiera de los sujetos comprendidos en el proceso penal (las partes procesales así como encargados del sistema de justicia) que difunda información sobre la investigación penal, directa o indirectamente, a través de los medios de comunicación social u otros de difusión masiva. La pena prevista será no menor de dos ni mayor de cuatro años de prisión. Además, se modifica el Código Procesal Penal para indicar que la investigación penal es reservada o secreta. y la vulneración de esta condición es punible penalmente (No. 02508/2021-PE) – 2022

https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MzM5Njg=/pdf/PL-0250820220706... Leer más.
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