Boletín Mensual Abril 2021 Observatorio Legislativo CELE.
Novedades de la actividad legislativa y regulatoria, decisiones judiciales y administrativas.
Argentina
- El 28/04 la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado convocó a una reunión con expertos/as en la temática para hablar sobre “Libertad de expresión y desinformación. Herramientas y acciones frente a las fake news que atentan contra la salud pública”. Ramiro Álvarez Ugarte, integrante del CELE, participó de esta reunión y destacó el trabajo e investigación que aún resta por realizar en torno comprender el origen, naturaleza y efectos del fenómeno de la desinformación. Además, resaltó que las recomendaciones que existen en torno al tema son más bien prudentes y rechazan las acciones regulatorias más estrictas (no porque la autorregulación sea la respuesta sino porque la regulación no contribuye a solucionar el problema). Finalmente, resaltó la importancia de las medidas de alfabetización digital. Aquí el encuentro completo.
- El 08/04 la Dirección Nacional de Ciberseguridad creó el Comité Asesor para el Desarrollo e Implementación de Aplicaciones Seguras. Este comité tiene como objetivo asesorar en la elaboración de guías y protocolos de principios y buenas prácticas relacionadas con la seguridad en el desarrollo, contratación e implementación de aplicaciones informáticas utilizadas por los organismos del Sector Público Nacional. Distintos/as expertos/as en la materia fueron convocados/a para participar de dicho Comité entre ellos, la Fundación Vía Libre.
- El fiscal ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca y la fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) dictaminaron que correspondía revocar una medida cautelar que le ordenaba a Facebook y Google Argentina eliminar una publicación en esa red social que señalaba a un hombre como el abusador de una adolescente, así como los enlaces que el buscador arrojaba como resultados al respecto. La relevancia del caso estuvo dada porque los fiscales sostuvieron que la libertad de expresión prevalecía frente al derecho al honor y resaltaron que las redes sociales son “espacio para expresar las violencias que le fueron y son infringidas” a los colectivos de mujeres y disidencias.
- El 21/04 dejó de funcionar el sitio web www.google.com.ar por un error. Esto se debió a que en NIC.ar (el servicio que administra los dominios .ar), se liberó el dominio google.com.ar por haber vencido y, viendo la ventana de oportunidad, otra persona lo registró a su nombre. No obstante, dos horas más tarde el dominio volvió a funcionar y figurar como propiedad de Google.
Brasil
- El presidente Jair Bolsonaro fue condenado a indemnizar a la periodista Patrícia Campos Mello por haberla agredido verbalmente de manera machista. Campos Mello es autora de reportajes que denunciaron un esquema irregular de disparo de mensajes en las elecciones de 2018. Luego de estas denuncias, el Tribunal Superior Electoral (TSE) investigó la situación. También se estableció una Comisión Parlamentaria Mixta de Instigación (CPMI), aún en proceso, para escudriñar la existencia de una red para la producción y propagación de noticias falsas y acoso en redes sociales.
- La ministra del Tribunal Supremo Federal (STF) Cármen Lúcia suspendió los efectos de una decisión que obligó al diario Folha da Manhã a sacar un artículo de verificación de hechos de su sitio web y publicar una retractación. El contenido periodístico cuestionado apuntaba a videos publicados por el senador Marcos Ribeiro do Val (Pode / ES) que involucraron la opinión del doctor Drauzio Varella sobre la pandemia actual. Cármen Lúcia aceptó el argumento del diario, presentado en la Demanda 46534, de que la remoción de material de evidente interés público violó la autoridad de la Corte Suprema en una decisión emitida bajo la Alegación de Incumplimiento del Precepto Fundamental (ADPF) 130. En esta decisión se había interpretado que la Ley de Prensa, creada en la época de la dictadura militar brasileña, era incompatible con la Constitución Federal de 1988.
- Por mayoría de votos, el Pleno del Tribunal Supremo Federal (STF) ratificó parcialmente tres Acciones Directas de Inconstitucionalidad (ADIs 5415, 5418 y 5436), propuestas por la Asociación Brasileña de Prensa, por el Consejo Federal de la Orden de Abogados del Brasil y por la Asociación Nacional de Periódicos, que cuestionaban disposiciones de la Ley 13.188 / 2015, que regula el derecho del infractor a contestar o rectificar material divulgado, publicado o transmitido por los medios de comunicación. Según el STF, esta ley no atenta contra la libertad de expresión y de prensa. Sin embargo, la mayoría de los colegiados declaró inconstitucional la expresión “en un tribunal colegiado anterior”, en el artículo 10 de la ley.
- El 08/04, la Asociación Brasileña de Prensa (ABI) interpuso la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 6792 ante el Tribunal Supremo Federal (STF) para impugnar el uso abusivo de acciones legales para reparar daños materiales y morales con el fin de impedir la libre acción de periodistas y agencias de prensa. Según ABI, en Brasil proliferan decisiones judiciales que, al fijar la indemnización y su ejecución, producen, como resultado, un indeseado “efecto silenciador de la crítica pública”, en una afrenta a la libertad de expresión, la información periodística y el derecho a la información. La asociación sostiene que los periodistas y los medios de comunicación cuando publiquen, de buena fe, historias sobre casos de corrupción que no hayan sido objeto de prueba definitiva, no deben correr el riesgo de represalias, mediante la presentación de demandas civiles. Para ABI, solo la divulgación intencional o negligente de noticias falsas debería legitimar las condenas. El 11.04.2021, la ABI también sometió al STF una Alegación de Incumplimento del Precepto Fundamental (ADPF), alegando que los periodistas sólo deben estar sometidos/as a acciones penales por delitos de calumnia o injurias en casos claros de fabricación de información o transmisión de noticias falsas. Ambos casos están pendientes de sentencia.
- El 20/04, la Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley 6764/2002, que trata de los delitos contra el Estado de Derecho Democrático. El proyecto tiene como objetivo reemplazar la Ley de Seguridad Nacional (LSN), norma utilizada durante el período del régimen militar brasileño para perseguir a los opositores políticos. Esta legislación volvió a ser muy utilizada en el país durante el gobierno de Jair Bolsononaro. Uno de los aspectos más destacados del Proyecto de Ley 6764/2002 es la propuesta de una disposición que prevé penas de prisión de uno a cinco años y multa para quienes difundan noticias falsas durante las elecciones.
Chile:
- El senado chileno aprobó el segundo debate del proyecto de ley que declara a Internet como un servicio público de telecomunicaciones. Con este voto, la iniciativa pasará para su votación a la Cámara de Diputados. Como explica detalla Observacom el proyecto de ley “sostiene que los principios que rigen la instalación, operación y explotación de servicios públicos de telecomunicaciones son: neutralidad tecnológica; universalidad; continuidad, uso compartido de infraestructura; y transparencia, igualdad y eficiencia en la asignación de recursos”.
Colombia:
- En abril se inició una polémica en redes sociales por un proyecto de ley del Partido MIRA que, según algunos, podría llevar prisión a quienes realicen caricaturas y memes. El proyecto, originalmente propuesto en 2020, proponía castigar a quienes usen medios tecnológicos para crear imágenes o videos en los que se simule el rostro de otra persona. Sin embargo, si bien el proyecto busca evitar delitos informáticos, varios caricaturistas denunciaron que una ley como esta podría usarse para silenciar a quienes critican a los poderosos. Dada la polémica, el 16 de abril el partido solicitó retirar el proyecto.
- El 23 de abril, la Ministra de la Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Karen Abudinen, presentó un proyecto de ley con el cual se busca regular la responsabilidad de los medios de comunicación y proveedores de servicios de internet respecto de los niños, niñas y adolescentes. El proyecto establece un régimen de obligaciones, deberes, prohibiciones y sanciones para los proveedores de servicios de internet, entre los cuales está la de bloquear, denunciar y combatir la difusión de contenidos que atenten «directa o indirectamente contra la integridad moral, psíquica o física de la niñez, la infancia y la adolescencia».
Ecuador:
- En un caso reciente de xenofobia, un periodista de nacionalidad venezolana fue obligado a borrar un video por la fuerza pública. En la escena, se observa a los gendarmes amedrentando a un ciudadano venezolano en barrio del norte de Quito. El caso se volvió viral en redes sociales. Ecuador es uno de los principales receptores de migración de ciudadanos venezolanos y durante la campaña presidencial la sociedad presenció una politización importante de la situación de vulnerabilidad y pobreza extrema en la que los migrantes viven en las principales ciudades del país.
- El 11/04 Ecuador eligió a su nuevo presidente, quien comandará el gobierno hasta 2025. Se trata del banquero y empresario guayaquileño Guillermo Lasso-Mendoza, quien se impuso al candidato de izquierda Andrés Arauz, partidario del expresidente Rafael Correa. Lasso-Mendoza, quien se autodefine como un demócrata liberal de derecha, se ha comprometido con la defensa de la libertad de expresión en su nuevo periodo y ha anunciado realizar esfuerzos para derogar la Ley Orgánica de Comunicación que, en su momento, llegó a ser objetada uniformemente por organismos supervisores en materia de derechos humanos, por inconformidad con estándares internacionales. Aunque la Ley ha sido reformada recientemente, aún tiene herramientas cuestionables, como el direccionamiento y supervisión de contenidos
México
- El 13/04 se aprobó en el Senado con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones, el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, por lo que en próximos días se espera que las reformas a la ley sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Al respecto, organizaciones de la sociedad civil como R3D y Artículo 19 se pronunciaron en contra, entre otras cosas, por los riesgos de concentrar información biométrica. El 16 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma mencionada Se espera la presentación de acciones de inconstitucionalidad por parte de diversos actores públicos con facultad para ello, así como juicios de amparo.
- El 05/04 el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, reveló que un vídeo que circulaba en redes sociales en el que se veía cómo a una persona mayor no se le inyectaba la vacuna contra el COVID19, era un montaje y señaló que este tipo de prácticas han sido utilizadas en el pasado, recordando el caso de la detención de Florence Cassez . Es de resaltar que el periodista Carlos Loret de Mola identificó a esta acción como un ataque personal a su persona.
- El 31/03 el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador expresó su descontento con el Informe de Derechos Humanos del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, y cuestionó el trabajo de la organización de la sociedad civil Artículo 19, en virtud de que parte del informe antes mencionado se basa en el trabajo de esta organización. El Presidente cuestionó los orígenes del financiamiento que recibe, así como el trabajo actual que sus ex directores tienen actualmente, con el propósito de resaltar que la organización es parte de un movimiento conservador que está en su contra
- El 06/04 la Senadora Jesús Lucía Trasviña Waldenrath presentó la iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley General de Ciberseguridad que contiene diversos delitos en los que la conducta antijurídica se realiza a través del uso de nuevas tecnologías.
- El 14/04 el periódico El País publicó una investigación en la que se da cuenta que la Fiscalía General de la República-México (FGR) contrató tecnologías de vigilancia (Servicio de Localización Geográfica) con Neolinx de México (empresa que el ex-Presidente Peña Nieto había contratada para servicios de espionaje). En los últimos años R3D ha buscado allegarse de información oficial sobre los contratos que la FGR tiene con compañías que desarrollan tecnologías de vigilancia, así como del uso que se da a estas tecnologías, sin embargo ha recibido negativas al respecto.
Paraguay:
- La Cámara de Senadores, presidida por su titular Oscar Salomón, aprobó con modificaciones el proyecto de Ley “Que crea un fondo nacional para la cobertura de gastos durante la hospitalización en unidades de cuidados intensivos de personas con covid-19 en los sectores públicos, privados y previsionales y la adquisición de medicamentos esenciales para el tratamiento de todos los pacientes de COVID-19”. Fue durante una sesión extraordinaria desarrollada este martes.
- El Senado aprobó un proyecto de ley «que destina los recursos en concepto de responsabilidad social empresarial correspondientes al lado paraguayo, de las entidades binacionales Itaipú y Yacyretá a la compra de insumos médicos, materiales de bioseguridad para el personal de blanco e infraestructura hospitalaria mientras dure la declaración del estado de emergencia sanitaria por covid-19″, presentado por el senador blas antonio llano ramos, de fecha 14 de abril de 2021.
Perú
- El 08/04 del partido político Alianza para el Progreso presentó un proyecto de ley que propone la “modalidad servicios por impuestos”, en virtud de la cual las empresas privadas podrían firmar convenios con Gobiernos Regionales o Locales para financiar y/o ejecutar proyectos de inversión pública que permitan brindar el servicio de acceso a internet “con fines educativos en los sectores de pobreza y extrema pobreza”, en sustitución del pago de un porcentaje determinado de sus impuestos.
- Dos proyectos de ley que buscan la regulación de contenido en internet (7222-2020-CR) y el establecimiento de filtros de control parental (6383-2020-CR) fueron fusionados en un predictamen de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso. Por un lado, la propuesta incluye diversas restricciones sobre el uso de las redes sociales que afectan directamente la libertad de expresión del usuario, como publicar “comentarios insultantes”, “sobreexponer la intimidad”, acceder a “contenidos inadecuados”, entre otros, además de prohibir su uso a menores de 14 años de edad. Por otro lado, se obliga a las empresas operadoras del servicio de internet y proveedores de redes sociales a instalar filtros de control parental que permitan el bloqueo de ciertos contenidos. El 20 de abril de 2021, la comisión parlamentaria debía evaluar la propuesta, pero se suspendió la discusión con el fin de abrir una previa mesa de trabajo.
Agradecemos a nuestros/as consultores/as por su trabajo y aportes para este boletín regional: Matías González (Argentina), Ártur Pericles (Brasil), Luisa Isaza (Colombia), Victor Cabezas (Ecuador), Juan Carlos Arjona Estévez (México), Camilo Filartiga (Paraguay) y Andrés Calderón (Perú),