
Cantidad de proyectos LATAM a Junio 2021
PAIS | PROYECTOS | |
---|---|---|
ARGENTINA | 20 | |
BRASIL | 19 | |
CHILE | 0 | |
COLOMBIA | 4 | |
ECUADOR | 1 | |
GUATEMALA | 1 | |
MEXICO | 3 | |
PARAGUAY | 6 | |
PERU | 7 |
MEXICO
3 proyectos
GUATEMALA
1 proyecto
COLOMBIA
4 proyectos
ECUADOR
1 proyecto
BRASIL
19 proyectos
PARAGUAY
6 proyectos
PERU
7 proyectos
CHILE
0 proyectos
ARGENTINA
20 proyectos
Temas proyectos LATAM – Julio 2021
PROPIEDAD INTELECTUAL 10%
RESPONSABILIDAD 10%
DERECHO AL OLVIDO 10%
MODERACION DE CONTENIDO 10%
FAKE NEWS 10%
IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION 10%
ACCESO A LA INFORMACION 10%
PORNOGRAFIA 10%
PUBLICIDAD OFICIAL 10%
LIBERTAD DE PRENSA 10%
PRIVACIDAD 10%
DISCURSO DE ODIO 10%
09/06
La Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado mantuvo una reunión abierta con representantes de Facebook y Whatsapp titulada “La privacidad en las Redes Sociales. Las nuevas políticas de Facebook-Whatsapp”. Participaron de la reunión: Pablo Bello, Director de Políticas Públicas a nivel regional de Whatsapp, Rodrigo Luchinsky, Presidente de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y Martín Becerra. Aquí el video de la reunión.
PRIVACIDAD
22/06
En el marco del foro internacional «Atrapados en la red: Las noticias falsas y los discursos de odio como amenazas para la convivencia democrática» organizado por el Consejo Económico y Social, Argentina adhirió al Pacto por la Información y la Democracia. Esta propuesta fue lanzada en 2019 en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas y cuenta a la fecha con 43 estados signatarios comprometidos con la promoción y puesta en práctica de los principios democráticos en el espacio digital. Más info aquí.
ACCESO A LA INFORMACION
22/06
Siete organizaciones de la sociedad civil reclamaron al gobierno nacional que se designe la autoridad titular de la Agencia de Acceso a la Información Pública. Además solicitaron una reunión con el Jefe de Gabinete de Ministros para hablar sobre este tema y avanzar en la designación. Aquí el comunicado presentado por Poder Ciudadano, Fundación Vía Libre, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Directorio Legislativo, Democracia en Red, FUNDEPS y la Alianza Regional por la Libre Expresión y la Información.
ACCESO A LA INFORMACION
23/06
Se presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados que prohíbe la utilización del lenguaje inclusivo en: la redacción de documentos oficiales y presentaciones que realicen las personas ante las autoridades nacionales, en las exposiciones y discursos de la autoridades nacionales, en los establecimientos educativos de todos los niveles (públicos o privados). En esta misma línea, el 16/07 dos abogadas presentaron ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley muy similar al mencionado anteriormente.
LIBERTAD DE EXPRESION NO DISCRMINACION
24/06
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) revocó una condena que ordenaba a Google y Yahoo de Argentina a indemnizar a una conocida modelo argentina, Valeria Mazza, por el uso comercial y no autorizado de fotografías suyas. Si bien en primera instancia la Justicia falló a favor de los buscadores, la Cámara de Apelaciones en lo Civil revocó esa decisión y falló a favor de la demandante. El voto de la mayoría de la CSJN remitió a los precedentes “Rodriguez, María Belén” y “Gimbutas, Carolina Valeria” y reafirmó la posición de que los buscadores sólo responden cuando existe responsabilidad subjetiva al actuar con negligencia. Además reafirmaron que la actividad llevada a cabo por los intermediarios importa el ejercicio de la libertad de expresión y que éstos no son responsables por los thumbnails puesto que son meros enlaces. Sin embargo, los jueces Maqueda y Lorenzetti votaron en disidencia parcial al considerar que en el caso se habían utilizado fotografías de la modelo sin su consentimiento expreso o tácito, lo que constituía una invasión ilegítima a su esfera íntima que debía ser reparada (según el art. 31 de la ley 11.723). Fallo.
LIBERTAD DE EXPRESION RESPONSABILIDAD INTERMEDIARIOS/span>
30/05
El Ministerio Público Federal (MPF) ordenó el cierre de las averiguaciones policiales solicitadas por André Mendonça, ex ministro de Justicia y Seguridad Pública, para investigar los tweets publicados por el político brasileño Guilherme Boulos, el diputado federal Túlio Gadêlha y el periodista Ricardo Noblat sobre el presidente Jair Bolsonaro. Mendonça argumentó que las publicaciones indican la comisión de delitos previstos en la Ley de Seguridad Nacional (LSN). El MPF concluyó que “los investigados se limitaron a emitir una opinión” en relación con el Presidente de la República, “quedando en el ámbito del derecho a expresar sus pensamientos”. Además, según el órgano, por mucho que se pueda considerar la crítica irónica u ofensiva, «es necesario considerar que el cargo que ocupa [el presidente] es una función pública y está sujeto a la crítica pública».
LIBERTAD DE EXPRESION LIBERTAD DE PRENSA
08/06
El 5º Juzgado Civil de São Paulo desestimó la demanda interpuesta por el empresario brasileño Luciano Hang contra el artista Marcelo D2, quien se había referido al empresario como un “gnomo evasor de impuestos” en Twitter. La sentencia señala que Hang afirmó haber sufrido daño a su imagen por ser «una persona que se preocupa por su reputación, conocida por ser un reconocido empresario». También afirmó que no tiene «asuntos pendientes con la Hacienda Federal». Al rechazar las solicitudes de indemnización de R$100 mil por daño moral y remoción del contenido, el juez determinó que no hubo exceso o ilegalidad en el post, siendo «meramente una molestia», ya que el empresario sería una persona pública «más vulnerable a la exposición”.
LIBERTAD DE EXPRESION REPUTACION Y HONOR
18/06
La Fiscalía General de la Unión (AGU) envió al Tribunal Supremo Federal (STF) un comunicado contra la Alegación de Incumplimento del Precepto Fundamental 826 (ADPF) en el que la Asociación Brasileña de Prensa (ABI) solicitó a la Corte declarar el manejo “abusivo” de juicios y de averiguaciones policiales por delitos contra el honor como práctica inconstitucional. La ADPF requirió también que los periodistas solo deberían responder a acciones penales por delitos de calumnias o difamación en casos claros de fabricación de información o transmisión de noticias falsas. En su respuesta, la AGU afirma que no ve un conflicto entre la libertad de expresión y la penalización de crímenes contra el honor. «Si existe una colisión entre estos dos derechos fundamentales, en el análisis del caso concreto se podrá utilizar la ponderación, la concordancia práctica y la proporcionalidad, no es necesario -ni razonable- descartar la tipificación de delitos contra el honor de la libertad de expresión» expresó el órgano.
REPUTACION Y HONOR LIBERTAD DE EXPRESION
18/06
En el marco de las protestas generalizadas que se vienen dando en Colombia desde mayo de 2021, el Ministerio del Interior anunció que el Gobierno planea modificar el Decreto 003 de 2021 para establecer que no constituye manifestación pacífica «aquella que promueva el empleo de medios para obstaculizar temporal o permanentemente vías o infraestructura del transporte». Un grupo de organizaciones sociales emitieron un comunicado rechazando el anuncio, argumentando, entre otras cosas, que la regulación del derecho fundamental de protesta debe hacerse por vía de una ley estatutaria, un tipo de ley que requiere un trámite especial. Además, argumentan que el decreto, emitido en el marco de una mesa de negociación con participación de organizaciones que defienden el derecho a la protesta, debería contar con su participación para su modificación.
LIBERTAD DE EXPRESION DERECHO A LA PROTESTA
20/06
El Congreso de Colombia cerró sus sesiones ordinarias con avances en el proyecto de ley de protección de menores de edad. Este proyecto busca regular la responsabilidad de los medios de comunicación y proveedores de servicios de internet respecto de la transmisión de información que pueda afectar a los niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, la propuesta crea múltiples peligros para la libertad de expresión, principalmente:
- Usa fórmulas ambiguas en oposición a la exigencia del principio de legalidad. Por ejemplo, según el proyecto original, los proveedores de internet deben bloquear los contenidos que atenten «directa o indirectamente contra la integridad moral, psíquica o física de la niñez, la infancia y la adolescencia». Bajo esta redacción, todo tipo de contenido no apto para menores de edad (imágenes del conflicto, violencia explícita, pornografía) debería ser bloqueado.
- Propone la creación de una comisión de expertos, controlada por el Gobierno, encargada de identificar los contenidos que puedan atentar contra la integridad de los menores de edad. Tal catálogo sería la base para que el Ministerio TIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones (ambas autoridades administrativas) tomen las medidas previstas en la ley.
El proyecto, presentado en abril de este año, fue aprobado en primer debate en comisión en la Cámara de Representantes. La aprobación se dio rápidamente, sin convocatoria a audiencia pública, para evitar su archivo. Durante el debate se presentaron varias proposiciones que buscan abordar las críticas recibidas por el proyecto. Sin embargo, aún no se ha publicado una versión consolidada con los cambios.
RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS LIBERTAD DE EXPRESION PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
02/06
La Ley Orgánica de Comunicación ha sido el blanco de críticas severas por parte de organismos defensores de derechos humanos y de agrupaciones de periodistas por su enorme capacidad para controlar contenidos y ejercer una coacción indirecta hacia el libre flujo de información. El Gobierno del expresidente Lenin Moreno promovió algunas reformas importantes, pero la ley en su integralidad sigue vigente porque así lo obliga la Constitución. Una de las promesas de campaña del actual presidente, Guillermo Lasso, consistió en la derogatoria de esta norma y la proposición de otra, que cumpla estándares internacionales en la materia. En los primeros días de gobierno, Lasso presentó la Ley Orgánica de Libre Expresión y Comunicación la que elimina órganos de control de contenidos, deroga el delito de calumnia y la contravención por actos lesivos al honor, autorregulación de los medios de comunicación a partir de códigos de ética y políticas editoriales, consagra los principios de libre flujo de información, prohibición de censura, entre otros. No obstante, esta norma no deroga la Ley Orgánica de Comunicación en su integralidad, pues subsisten los primeros 90 artículos y se cambia el nombre por Ley de Publicidad, producción Nacional y Espectro Radioeléctrico.
LIBERTAD DE EXPRESION REPUTACION Y HONOR ACCESO A LA INFORMACION
15/06
Concluyeron las audiencias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por un caso emblemático de violación a la libertad de expresión: el caso Rafael Correa v. El Universo. Se trata de un proceso penal y civil seguido por el expresidente Correa en contra de Emilio Palacio, columnista del diario El Universo, y en contra del mismo medio de comunicación. El caso fue icónico, pues todo el poder del Estado se dirigió a silenciar, condenar y perseguir a un medio de comunicación y a un editorialista que terminó exiliado en Estados Unidos por el solo hecho de haber escrito una columna cuestionando duramente la acción del expresidente Correa en los disturbios del 30 de septiembre de 2010, que el Gobierno calificó como un golpe de Estado. “El Estado ecuatoriano reconoce su responsabilidad internacional por la violación del derecho a la libertad de expresión y pensamiento, a las garantías judiciales, a la protección judicial y principio de legalidad en perjuicio de Emilio Palacio y los señores Pérez”, dijo María Fernanda Álvarez, en representación del Estado.
LIBERTAD DE PRENSA REPUTACION Y HONOR
09/06
Se presentó la iniciativa de ley, identificada con el número 5921, titulada “Ley de Protección de Datos Personales”. Actualmente, no se cuenta con una legislación integral en esta materia en Guatemala, pues únicamente en la Ley de Acceso a la Información Pública quedaron disposiciones referentes a la protección de este tipo de datos, pero destinadas principalmente a entidades públicas o instituciones estatales, o entidades privadas que utilicen fondos públicos. Es por ello que se ha considerado que la protección de datos personales es deficiente, a pesar que la Corte de Constitucionalidad ha emitido importantes sentencias en esta materia, haciendo extensivas algunas obligaciones a todo tipo de personas naturales y jurídicas. La iniciativa no pareciera haber tomado en cuenta los estándares que se desprenden del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. En sus disposiciones finales contiene propuestas de reformas a varios delitos ya existentes y propone la tipificación del “ciberdelito” en forma muy abierta o amplia. El proyecto no ha sido presentado a ninguna Comisión legislativa para su análisis y aprobación.
PROTECCION DE DATOS PERSONALES
31/06
En curso se presentó al Congreso una iniciativa de ley, identificada con el número 5915 y titulada “Ley de Libertad de Religión y Creencia de culto y de conciencia (sic).” 73 diputados la han firmado como ponentes, por lo que casi cuenta con la cantidad suficiente de apoyos para asegurar su aprobación por mayoría simple (actualmente se requieren 81 votos para aprobación con dicha mayoría). Uno de los aspectos más llamativos que contiene esta iniciativa es la regulación de la llamada “objeción de conciencia”. Se ha hecho una distinción muy importante en cuanto a que los funcionarios públicos no tienen el mismo derecho de argumentar objeción de conciencia como lo tiene un ciudadano. Lo cual ha generado cierta polémica y debate. Además esta iniciativa incluye la exención de revisión administrativa y judicial sobre varias decisiones internas y la denegación a las entidades religiosas de fiscalizar, investigar o averiguar el origen de los fondos de sus donantes (es decir, una exención a las regulaciones contra el lavado de dinero). El proyecto aún no ha sido trasladado para análisis y aprobación a alguna Comisión Legislativa.
LIBERTAD DE CULTO OBJECION DE CONCIENCIA
01/06
Derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, de las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, diversas organizaciones de la sociedad civil promovieron la campaña #Noalpadrón en la que impulsaron que la ciudadanía presentara juicios de amparo, consiguiendo que se presentaran más de 15,000 demandas de amparo.
PROTECCION DE DATOS PERSONALES PRIVACIDAD
15/06
La Ministra Norma Piña concedió la suspensión al Instituto Federal de Telecomunicaciones con relación a la controversia constitucional interpuesta por esta última con relación a la elaboración del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía, entre tanto se resuelve el fondo de la controversia.
PROTECCION DE DATOS PERSONALES PRIVACIDAD
30/06
El Instituto Federal de Telecomunicaciones debe de presentar los Lineamientos para proteger la neutralidad de la red. El anteproyecto de lineamientos elaborado por el IFT recibió comentarios (Fundación Wikimedia, Fundación Mozilla, Artículo 19-R3D-Redes por la diversidad, equidad y sustentabilidad) porque lo ahí establecido podría no ser suficiente para velar por la imparcialidad y neutralidad de la red.
NEUTRALIDAD DE LA RED
04/05
Se presentó un proyecto que sanciona el uso irregular de vacunas contra el covid – 19”.
COVID-19
05/05
Se presentó un proyecto de ley de Protección De Datos Personales y un proyecto que autoriza al Ministerio De Salud Pública y Bienestar Social, con carácter de emergencia, a la vacunación contra el covid-19, a las personas con discapacidad.
PRIVACIDAD COVID-19
11/05
Se presentó un proyecto que establece el registro biométrico como requisito de identificación del usuario para la habilitación de servicio de telefonía móvil.
PRIVACIDAD
19/05
se presentó un proyecto que regula la activación de líneas de telefonía celular.
CONECTIVIDAD
25/05
Se presentó un proyecto por que el se crea el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación y establece su Carta Orgánica.
CONECTIVIDAD TICs
17/06
El Grupo Parlamentario Frente Amplio por la Justicia, Vida y Libertad presentó un proyecto de ley que modifica la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley Orgánica de Elecciones. En la propuesta se incluye que “toda propaganda en redes sociales y/u otras plataformas en internet debe contar con mecanismos que permitan identificarlos como aviso político contratado (…)”, y se califica como infracción grave su incumplimiento. Adicionalmente, se prohíbe la propaganda electoral mediante la “utilización de programas informáticos, bots y/o cuentas no auténticas en redes sociales y/u otras plataformas e Internet” y la “difusión deliberada de información manifiestamente falsa”
MODERACION DE CONTENIDOS RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS DESINFORMACION
25/06
El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima declaró nulo el contrato de compraventa de las acciones de las empresas Epensa, dueña de los diarios Correo, Ojo, Ajá y El Bocón, y Alfa Beta Sistemas (ABS) a favor de la Empresa Editora El Comercio, con fundamento en la vulneración la Constitución Política del Perú y tratados internacionales referidos a la libertad de expresión e información. En la sentencia se señala que la transacción entre dichas empresas, realizada en el 2013, afectó la pluralidad informativa, amparada por el artículo 61 de la Constitución, puesto que “con dicha operación, alcanzó el 80% del mercado; situación que excede todos los límites de concentración en los mercados de otros países de América Latina». Asimismo, se advierte que “los derechos de libre expresión e información y de libertad de competencia no son aislados” y es responsabilidad del Estado “no permitir posiciones dominantes o mercados concentrados en los medios de comunicación”. La Empresa Editora El Comercio anunció que apelará la sentencia.
LIBERTAD DE PRENSA PLURALIDAD INFORMATIVA
28/06
El Tribunal de Ética del Consejo de la Prensa Peruana declaró fundada la queja presentada por el grupo periodístico La República contra Compañía Peruana de Radiodifusión (América Televisión y Canal N) por vulnerar sus propios Principios Rectores del ejercicio periodístico, en el marco de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. El órgano de autorregulación concluyó que los canales de televisión no cumplieron con los principios de imparcialidad y equidad en la cobertura de eventos electorales como la transmisión de los mitines de cierre de campaña de los entonces candidatos Keiko Fujimori y Pedro Castillo, la transmisión con entrevistas a la salida de los equipos técnicos que acudieron a un debate y la omisión de contenidos noticiosos relevantes propuestos por la plana periodística por la sola consideración que podría afectar la candidatura de la señora Keiko Fujimori.
LIBERTAD DE PRENSA