Observatorio Legislativo CELE

Novedades de la actividad legislativa y regulatoria, decisiones judiciales y administrativas

ARGENTINA BRASIL CHILE PARAGUAY PERU ECUADOR COLOMBIA MEXICO GUATEMALA

Cantidad de proyectos LATAM a diciembre de 2023

PAIS PROYECTOS
ARGENTINA 7
BRASIL 28
CHILE 3
COLOMBIA 14
ECUADOR 2
GUATEMALA
MEXICO 13
PARAGUAY 2
PERU 2

Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y diciembre 2023

Acceso a la información 6.9%
Acoso 10.3%
Apología 5.2%
Libertad de expresión 8.6%
Igualdad y no discriminación 17.2%
Acceso a Internet 1.7%
Privacidad 1.7%
Protección de menores 15.5%
Reputación y honor 5.2%
Moderación de contenidos 5.2%
Violencia de género 5.2%
Derechos de los indígenas 3.4%
Fake News 1.7%

Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y diciembre de 2023

Acceso a la información 4.8%
Acoso 9.5%
Apología 4.8%
Libertad de culto 1.6%
Igualdad y no discriminación 15.9%
Publicidad oficial 4.8%
Fake News 1.6%
Protección de menores 14.3%
Reputación y honor 4.8%
Moderación de contenidos 4.8%

12/12

Luego de las elecciones en Argentina, aparecieron cuentas verificadas del Ministerio de Capital Humano en Meta (Instagram y Facebook), con más de 250.000 seguidores en Instagram y en Facebook con 3,8 millones de seguidores.  Los usuarios alegan no haber seguido voluntariamente estas cuentas, por lo que surgieron dudas alrededor del manejo de datos personales que las redes sociales señaladas usan y la incertidumbre que genera durante el nuevo gobierno de Milei. 

DATOS PERSONALES

19/12

Denuncian protocolo de Milei contra protestas callejeras ante Naciones Unidas y CIDH, denominado como “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante cortes de vías de circulación” permite que las fuerzas federales puedan desalojar o dispersar manifestantes que impidan el tránsito de personas o medios de transporte, en forma parcial o total, en rutas nacionales y otras vías de circulación bajo jurisdicción federal. 

Así mismo, el protocolo permite que los agentes estatales puedan intervenir sin que medie una orden judicial “toda vez que se trata de un delito flagrante reprimido por el artículo 194 del Código Penal”, representando un riesgo para la libertad de expresión y de protesta. 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

28/11

La Operación 404, coordinada por el Ministerio de Justicia, desencadena la sexta fase y bloquea más de 600 websites y aplicaciones. La Policía Civil brasileña y agencias de cuatro países llevaron a cabo la sexta fase de la Operación 404 del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP). Durante la operación, se bloquearon o suspendieron 606 websites, 19 aplicaciones de transmisión y se cumplieron 22 órdenes de registro y decomiso por violación de derechos de autor. Los websites y aplicaciones también fueron desindexados de los buscadores y eliminados de perfiles y páginas en redes sociales. La «acción integrada de combate a la piratería en línea», que comenzó en 2019, está coordinada por la Secretaría Nacional de Seguridad Pública (Senasp/MJSP) con la colaboración de las policías civiles brasileñas y agencias de aplicación de la ley de Argentina, Perú, las embajadas de Estados Unidos y el Reino Unido. Además, colaboran en la operación el Consejo Nacional de Combate a la Piratería y asociaciones brasileñas de protección a la propiedad intelectual. La Operación forma parte del Plan de Acción 2023-2025 de la Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual (Enpi), una iniciativa interministerial coordinada por el Ministerio de Desarrollo, Industria, Comercio y Servicios, cuyo objetivo es establecer un Sistema Nacional de Propiedad Intelectual. La Enpi se basa en promover acciones que «incentiven la creatividad, las inversiones en innovación y el acceso al conocimiento, con el objetivo de aumentar la competitividad y el desarrollo económico y social».

PROPIEDAD INTELECTUAL

29/11

El STF entiende que los periódicos pueden ser responsabilizados por las declaraciones de los entrevistados. El 29.11, el Pleno del Supremo Tribunal Federal (STF) decidió que las empresas periodísticas pueden ser civilmente responsables en caso de publicar entrevistas en las que el entrevistado atribuya falsamente a otra persona la comisión de un delito. Con la decisión, se estableció una tesis de repercusión general (Tema 995) en la que la empresa deberá indemnizar los implicados si «(i) en el momento de la divulgación, existían indicios concretos de la falsedad de la imputación; y (ii) el medio de comunicación no cumplió con el deber de cuidado en la verificación de la veracidad de los hechos y en la divulgación de la existencia de tales indicios». El caso juzgado involucró la publicación, por parte del Diario de Pernambuco, de una entrevista en mayo de 1995. 

El entrevistado afirmó que el ex diputado Ricardo Zarattini había sido responsable de un atentado con bombas en 1966 en el Aeropuerto de Guarapepes (PE). Después de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmara la condena al pago de indemnización, el Diario de Pernambuco llevó el caso al STF alegando la necesidad de defender la libertad de prensa. El ministro Edson Fachin, encargado del voto conductor en el juicio, destacó que la libertad de prensa no es absoluta, y es posible la responsabilidad en caso de divulgación de noticias falsas. Los ministros Marco Aurélio y Rosa Weber, ya jubilados, entendieron que la empresa periodística no debe ser responsabilizada si no emite una opinión sobre la falsa acusación, pero fueron vencidos.

LIBERTAD DE PRENSA DESINFORMACIÓN

05/12

Diputado propone ley para convertir en delito las prácticas de acoso escolar, ciberacoso e injuria digital. El diputado federal Marcelo Queiroz (PP/RJ) propuso el proyecto de ley n.º 5.876/2023, que busca incluir en el catálogo de delitos contra la honra y la libertad individual del Código Penal brasileño y su modificación para incorporar las prácticas de acoso escolar, ciberacoso e injuria en el ámbito digital en la lista de delitos contra la honra y la libertad individual. El proyecto tipifica la práctica de acoso escolar como la intimidación, humillación o discriminación sistemática e intencional, ya sea de forma individual o en grupo, mediante violencia física o psicológica, imponiendo una pena de seis meses a dos años de prisión y una multa por la práctica. El ciberacoso, por su parte, se referiría a la misma conducta practicada en el entorno virtual, con una pena de dos a cuatro años de prisión y multa. Finalmente, la propuesta crea una calificación para el delito de injuria cuando se comete en el ámbito digital, con una pena de uno a tres años de prisión y multa, equivalente a la pena por injuria religiosa. En su justificación, el diputado destaca los daños físicos y psicológicos causados por estas prácticas, especialmente en niños. En otras ocasiones, se han propuesto proyectos de ley que buscan criminalizar el ciberacoso y los «crímenes de haters«, así como el acoso virtual.

CALUMNIA E INJURIA

Secretaría del consumidor inicia proceso para multar a Facebook por publicidad indebida. La Secretaría Nacional del Consumidor (Senacon/MJSP) inició un proceso administrativo sancionador contra Facebook para investigar la difusión de publicidad indebida y desinformación en la plataforma. El proceso se basa en una nota técnica que investigó publicidades fraudulentas relacionadas con el Programa Desenrola Brasil, un proyecto dirigido a la renegociación de deudas y la regularización financiera de los ciudadanos. La investigación afirma que Facebook violó el Código de Defensa del Consumidor (CDC) al permitir la difusión de publicidad engañosa de al menos 817 anuncios, de 115 anunciantes y 46 sitios que desinforman sobre una política pública e incentivan el sobreendeudamiento del consumidor. El 26.07 de este año, Senacon notificó a las empresas Facebook y Google para que retiraran «cualquier publicidad patrocinada, fraudulenta o ilegítima que ofrezca servicios relacionados con Desenrola Brasil». La agencia sostiene que el caso no está protegido por el artículo 19 del Marco Civil de Internet, que establece como regla la no responsabilidad de las empresas por contenidos de terceros. Afirma, en este sentido, que «el daño no resulta de la intermediación del contenido de terceros, sino de la decisión de la plataforma de difundir publicidad abusiva y contenido ilícito, a cambio de una contraprestación del anunciante».

DESINFORMACIÓN

07/12

Cámara aprueba proyecto de ley que criminaliza la divulgación de material íntimo de mujeres sin consentimiento. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley n.º 9.930/2018, que criminaliza la divulgación de material íntimo de mujeres. El proyecto, presentado en 2018 por la diputada Erika Kokay (PT/DF), modifica el Código Penal para penalizar la divulgación, sin consentimiento, de fotos, videos y otros materiales de la intimidad de la mujer. El proyecto también modifica la Ley Maria da Penha (Ley n.º 11.340/2006), que crea mecanismos para combatir la violencia contra la mujer, para agregar esta conducta al plan de protección de la ley. La nueva tipificación penal se encuentra en el artículo 233-A del Código Penal y establece una pena de prisión de 3 meses a 1 año y multa, así como una causa de aumento de la pena si la captación se realiza en el ejercicio de una actividad profesional, comercial o funcional, como cámaras en baños públicos o habitaciones alquiladas. El proyecto ahora pasa al Senado Federal.

VIOLENCIA DE GÉNERO

El proyecto propone que no haya responsabilidad de los periódicos por la opinión de los entrevistados. El diputado federal José Nelto (PP/GO) presentó el proyecto de ley n.º 5.917/2023, que exime a las empresas periodísticas de la responsabilidad por la publicación de opiniones de entrevistados. Según la propuesta, la empresa periodística sólo será responsable cuando (i) se demuestre que había indicios concretos y fácilmente accesibles para la empresa sobre la falsedad de la opinión; (ii) se demuestre que la empresa no verificó la veracidad de los hechos, según el caso concreto; y (iii) se demuestre que la empresa no adoptó precauciones para divulgar un hecho dudoso narrado por el entrevistado. En su justificación, el diputado explica que el tema de la libertad de expresión y de prensa se ha estado debatiendo en todos los poderes. Destaca la jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia, que establece tres pilares del periodismo: el deber de veracidad, el deber de pertinencia y el deber general de cuidado. Sin embargo, según su entendimiento, la diligencia requerida puede llegar a hacer inviable la difusión de la noticia. Por esta razón, defiende que la responsabilidad ocurra solo en casos específicos, cuando exista una falta comprobada de cuidado. El 29.11, el Tribunal Supremo Federal decidió que las empresas periodísticas pueden ser civilmente responsables si publican entrevistas en las que el entrevistado atribuye falsamente a otra persona la comisión de un delito.

LIBERTAD DE PRENSA

08/12

Proyecto prevé la obligación de los proveedores de identificar contenido creado con inteligencia artificial. La diputada federal Lídice da Mata (PSB/BA) presentó el proyecto de ley n.º 5938/2023, que tiene como objetivo obligar a los proveedores a señalizar imágenes y videos creados mediante inteligencia artificial (IA). El proyecto agrega al Marco Civil de Internet (Ley 12.965/2014) el artículo 21-A, que requiere que los proveedores de redes sociales y servicios de mensajería privada establezcan mecanismos para identificar y señalizar contenido creado con IA. El proyecto de ley afirma, como ejemplo, que el contenido podría ser señalizado con una marca de agua. En su justificación, la diputada menciona casos recientes de mujeres cuyas fotos fueron alteradas para dejarlas desnudas. Según ella, la indicación de que el contenido es creado mediante IA ayudaría a los usuarios a evaluar y comprender el origen del contenido que están consumiendo, lo que, a su vez, permitiría una evaluación crítica de la información y ayudaría en la lucha contra la desinformación.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

11/12

Proyecto requiere notificación de plataformas sobre abuso sexual infantojuvenil. El diputado federal Fred Costa (Patriota/MG) presentó el proyecto de ley n.º 5.956/2023, que busca modificar el Marco Civil de Internet para obligar a los proveedores a notificar sobre potenciales abusos sexuales infantiles y juveniles. El proyecto de ley incluye en la Ley n.º 12.965/2014 (Marco Civil de Internet) la obligación de que los proveedores de conexión y aplicaciones proporcionen información al poder público cuando tengan conocimiento de abuso sexual infantil y juvenil, con indicación de qué información debe ser proporcionada, como datos de identificación e informe de información sobre el potencial abuso. El proyecto también prohíbe la interpretación de que la ley pueda ser utilizada para que el proveedor monitoree usuarios, clientes o contenidos específicos y establece que el Poder Ejecutivo reglamentará cómo se proporcionarán las informaciones. En su justificación, el diputado argumenta que se debe equilibrar la privacidad de los individuos con la responsabilidad de los proveedores por las «oportunidades que crean» y por la «acción proactiva en la lucha contra delitos de grave potencial perjudicial». Según él, ya existe tecnología que permite identificar indicios de actividad ilegal a partir de metadatos, sin violar el secreto de las comunicaciones. El diputado concluye alegando que, aunque el Estatuto de la Niñez y la Adolescencia (Ley n.º 8.069/1990) ya aborda la pornografía infantil, sería necesario que esta regulación se extendiera al entorno virtual.

MODERACIÓN DE CONTENIDOS

04/12

Un congresista del partido Pacto Histórico presentó el proyecto de ley 328/23 C que busca obligar a los candidatos a la Presidencia de la República de participar en debates públicos durante el periodo de campaña electoral. Lo que el proyecto pretende es que los candidatos den a conocer y debatan ante el electorado los programas de gobierno radicados ante la organización electoral. La propuesta es similar al proyecto 355/23 C, que había sido presentado en marzo de este año pero que caducó por haber concluído la legislatura sin ningún debate.

ELECCIONES

20/12

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) publicó un recuento del año 2023, en el que destacaron dos debates importantes sobre libertad de expresión que dejan sentencias de la Corte Constitucional de Colombia este año: la idoneidad de los procesos de evaluación de riesgo de periodistas en la Unidad Nacional de Protección (sentencia T-40 de 2023) y la necesidad de tomar medidas para afrontar la violencia digital contra mujeres periodistas (sentencia T-87 de 2023).

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

05/12

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) indicó que el Estado de Ecuador ha cumplido de manera parcial la sentencia sobre el caso EL UNIVERSO. Dicha sentencia había ordenado al Estado (i) dejar sin efecto la sentencia dictada en contra de las víctimas; (ii) así como su publicación y difusión de la sentencia; (iii) implementación de plan de capacitación a funcionarios del Poder Judicial; (iv) el pago de indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial; (v) el reintegro de costas y gastos; y (vi) la generación de reformas legales para garantizar que casos como este no se repetirán.

El informe realizado por la Corte IDH indicó que Ecuador cumplió en la siguiente medida: (i) dejó sin efectos la sentencia contra las víctimas; (ii) llevó a cabo el plan de capacitación a los funcionarios de la Función Judicial. Esto a través de la creación e implementación del taller virtual Libertad de Expresión y Derechos Humanos; (iii) realizó el pago de indemnizaciones a los directivos de EL UNIVERSO y el ex editor de Opinión, que fueron cancelados dentro del plazo establecido en la sentencia y (iv) realizó el pago de las costas judiciales y honorarios de los abogados también se cumplió, aunque en dos casos fue fuera del plazo fijado. 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN DERECHOS HUMANOS

08/12

La Ley de Protección de Datos protege la información personal de los ecuatorianos, pero aún falta una superintendencia que la defienda. Pese a que la iniciativa legislativa ya había sido aprobada y registrada en mayo de 2021, la definición de las autoridades para la Superintendencia de Protección de Datos está tomando tiempo, retrasando su ejecución en tanto que no existe aún un ente que pueda regular y sancionar a las empresas o instituciones públicas que violen los derechos de los usuarios. 

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

21/12

Ecuador avanza en la transformación digital y ética en IA con apoyo del Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (MINTEL), expertos y UNESCO, creando un Comité de IA y fortaleciendo la protección de datos. La Ministra Maino destacó la importancia de la protección de datos en el contexto de la Inteligencia Artificial, refiriéndose a la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento como instrumentos clave para garantizar los derechos de los ciudadanos sobre su información personal.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

04/12

La organización Artículo 19 condenó el abuso de autoridad ocurrido el 24 de noviembre en contra del corresponsal de Fuerza Informativa Azteca, Evaristo Tenorio Gómez; de la reportera de Tráfico ZMG, María Guadalupe Martínez Rivera; del camarógrafo de CPS Media, Ángel Martínez Álvarez; y de la reportera CPS Media, Brenda Beltrán Anaya, por parte de policías estatales en Puerto Vallarta, Jalisco. Las agresiones ocurrieron mientras que se cubrían protestas por parte de manifestantes y se buscó documentar la detención de tres activistas. Por lo anterior, la organización Artículo 19 exigió a la Secretaría de Seguridad del Estado de Jalisco a crear y aplicar una política pública de prevención para garantizar la protección de las y los periodistas de Jalisco, asegurar un ambiente adecuado que salvaguarde su vida al realizar su labor y a garantizar el derecho de las mujeres y niñas a una vida libre de violencia; al Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas a establecer comunicación con las y los periodistas agredidos a fin de proporcionarles las medidas necesarias de protección y reparación para garantizar su protección y su derecho a la libertad de expresión; y, a la Fiscalía del Estado de Jalisco a realizar una investigación diligente y expedita sobre lo sucedido. 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

06/12

Las organizaciones Artículo 19 y R3D informaron que dio inicio el primer proceso judicial por el uso del software Pegasus por el delito de intervención ilegal de comunicaciones privadas de la periodista Carmen Aristegui. 

PRIVACIDAD

La organización Artículo 19 expresó su preocupación por el uso de los delitos de difamación y calumnias del Código Penal del Estado de Nuevo León en contra del comunicador Alfredo Jalife-Rahme. La denuncia fue presentada por una persona pública (Tatiana Clouthier), quien además fungió como servidora pública federal de alto rango en la actual administración del gobierno federal. 

DIFAMACIÓN CALUMNIAS E INJURIAS

13/12

La organización Artículo 19 condenó la agresión sufrida el 8 de diciembre en contra del Director del medio Neo Grandicasensis (Arcadio Sánchez) por parte de dos sujetos desconocidos, así como los actos intimidatorios y omisiones a su labor por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua. Es de resaltar que los hechos sucedieron días después de la publicación de una columna en la que se expusieron presuntos actos de corrupción por parte de Mario Saldaña Rodríguez, delegado de Bienestar en un municipio de Chihuahua. 

Por lo anterior, la organización Artículo 19 exigió a la Unidad Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Chihuahua a coordinarse con el Mecanismo Federal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas para atender de forma inmediata al periodista Arcadio Sánchez a fin de garantizar su protección y a implementar las medidas necesarias para asegurar su salud, bienestar e integridad personal; mientras que a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua a investigar de manera diligente y expedita la violencia física por parte de sujetos desconocidos, así como el actuar de los integrantes de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua, aplicando el Protocolo Homologado de Delitos contra la Libertad de Expresión. Y, finalmente la Secretaría de Seguridad debe cooperar con la investigación plena de los integrantes de su corporación quienes participaron en estas agresiones. 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

14/12

La organización Artículo 19 dio a conocer que la periodista Reyna Haydee Ramírez fue víctima de campañas de desprestigio después de su participación en la conferencia que todas las mañanas realiza el Presidente de la República. Es de resaltar que la periodista cuestionó al Presidente por la violencia que se vive en el país. Después de los comentarios que vertió el Presidente sobre la prensa mexicana, la periodista recibió comentarios en sus redes sociales que la clasificaban como “chayotera” y “pseudoperiodista”. Por lo anterior, la organización Artículo 19 exhortó a todos los poderes ejecutivos, federal, estatales y municipales a abstenerse de discursos de odio o que criminalizan a las y los periodistas; asimismo, pidió al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de la Secretaría de Gobernación a realizar las acciones necesarias para proteger y salvaguardar la vida e integridad de la periodista Reyna Haydee Ramírez. 

LIBERTAD DE PRENSA VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

11/12

La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) denunció la precaria situación laboral de los periodistas en el país. Señaló, como ejemplo, la no renovación de contratos y despidos encubiertos, especialmente en diario La República y el canal de televisión Latina, donde se produjeron despidos masivos, impactando directamente en la calidad periodística y en el derecho a la información de la ciudadanía.

LIBERTAD DE PRENSA

20/12

Dos congresistas presentaron proyectos de ley que, de ser aprobados, limitarían el acceso de la ciudadanía a información de interés público y restringirían el legítimo derecho a la expresión de periodistas y medios de comunicación en Perú. Segundo Montalvo de Perú Libre propuso el Proyecto de Ley 06718/2023-CR. Este busca modificar el artículo 132 del Código Penal para aumentar la pena de cárcel por difamación de tres a cinco años. Por otro lado, el congresista Segundo Quiroz presentó el Proyecto de Ley 06714/2023-CR. Este busca penalizar con prisión de tres a cinco años a quienes divulguen información reservada de una investigación penal, incluso a través de medios de comunicación. Estas propuestas generan preocupaciones sobre el ejercicio de la libertad de expresión en el país y motivaron al Consejo de la Prensa peruana a emitir un pronunciamiento crítico.

LIBERTAD DE PRENSA