Observatorio Legislativo CELE

Novedades de la actividad legislativa y regulatoria, decisiones judiciales y administrativas

ARGENTINA BRASIL CHILE PARAGUAY PERU ECUADOR COLOMBIA MEXICO GUATEMALA

Cantidad de proyectos LATAM a enero de 2023

PAIS PROYECTOS
ARGENTINA 7
BRASIL 28
CHILE 3
COLOMBIA 14
ECUADOR 2
GUATEMALA
MEXICO 13
PARAGUAY 2
PERU 2

Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y enero 2023

Acceso a la información 6.9%
Acoso 10.3%
Apología 5.2%
Libertad de expresión 8.6%
Igualdad y no discriminación 17.2%
Acceso a Internet 1.7%
Privacidad 1.7%
Protección de menores 15.5%
Reputación y honor 5.2%
Moderación de contenidos 5.2%
Violencia de género 5.2%
Derechos de los indígenas 3.4%
Fake News 1.7%

Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y enero de 2023

Acceso a la información 4.8%
Acoso 9.5%
Apología 4.8%
Libertad de culto 1.6%
Igualdad y no discriminación 15.9%
Publicidad oficial 4.8%
Fake News 1.6%
Protección de menores 14.3%
Reputación y honor 4.8%
Moderación de contenidos 4.8%

04/01

La ONU acepta recomendaciones de FOPEA sobre Libertad de Expresión para Argentina. Dentro de las recomendaciones y alertas presentadas por la organización se incorporó la solicitud de visita de la Relatoría Especial sobre el Derecho a la Libertad de Expresión y de opinión al país de Argentina, ante la preocupación por las agresiones a periodistas, mencionando los casos de Irene Benito (Tucumán), Daniel Enz (Entre Ríos) y Daniel Santoro (Ciudad de Buenos Aires). 

LIBERTAD DE EXPRESION LIBERTAD DE PRENSA

Periodistas denuncian «graves problemas” para acceder a la información pública. Según SIP, en Argentina “Aún es sensible la cantidad de casos denunciados de actos de violencia contra periodistas, además de dos ataques graves a medios de comunicación. Además que pareciera que la estrategia contra el periodismo consiste en amedrentar, acusar y desprestigiar. Se suma a esto los esfuerzos por controlar a los medios”, 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS ACCESO A LA INFORMACION

12/12

Proyecto de ley pretende prohibir manifestaciones ideológicas de los organismos públicos. El Diputado Federal Kim Kataguiri (UNIÃO/SP) presentó en la Cámara de Diputados proyecto de ley – PL 2957/2022 – que prevé neutralidad ideológica en las actividades de la Administración Pública en Brasil. El proyecto busca prohibir, para cualquier funcionario público que ejerza actividades administrativas en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, el Ministerio Público y la Defensoría Pública: (i) la promoción o crítica de candidatos o partidos políticos; (ii) el uso de lenguaje neutral que «muestre posicionamiento ideológico»; (iii) el fomento o desaliento de «cualquier tipo de comportamiento relacionado con la sexualidad y la expresión de género, salvo lo necesario para cumplir con la ley penal»; (iv) el fomento de «cualquier tipo de división racial entre las personas», excepto lo que sea «necesario para cumplir la ley penal». En la justificación del proyecto, el diputado afirma la necesidad de que los órganos administrativos «ejerzan exclusivamente sus funciones, sin entrar en el terreno de las discusiones políticas, ni siquiera de forma encubierta». Además, subraya que es inadecuado utilizar recursos humanos y financieros públicos para «jugar a la política» y «lanzar campañas […] que no tienen nada que ver con sus actividades». 

LIBERTAD DE EXPRESION

Proyecto de ley busca conceder amnistía a manifestantes políticos de las elecciones. La Cámara de Representantes recibió el proyecto de ley 2954/2022, del diputado federal José Medeiros (PL/MT), que propone conceder amnistía a todos los manifestantes que hayan financiado o participado en protestas relacionadas con las elecciones de 2022 y «cuestiones conexas». El proyecto de ley extiende la amnistía a todos aquellos que se hayan manifestado, mediante actos individuales o colectivos, en protestas que hayan tenido lugar en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2022 y su entrada en vigor, y contempla cualquier «discurso, comentario o publicación en redes sociales o cualquier plataforma en Internet». Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la amnistía el abuso de autoridad y los delitos de responsabilidad cometidos exclusivamente por autoridades judiciales. La amnistía abarcaría todas las sanciones administrativas y penales aplicadas por cualquier rama de la República «incluso si se derivan del incumplimiento de requerimientos, medidas cautelares, o a través de decisiones o sentencias definitivas o no recurribles, así como por cualquier órgano de la administración pública y cualquier entidad pública». En la justificación, el diputado cita la gran polarización en las últimas elecciones presidenciales y la exigencia de aclaraciones sobre la seguridad de las urnas como motivos de «cuestionamiento y manifestaciones ideológicas pacíficas», que, según él, son «legítimas y perfectamente naturales en el contexto de un Estado Democrático de Derecho». El diputado agrega que «el poder judicial, que debería ser el garante del libre ejercicio de los derechos fundamentales constitucionales, ha aplicado una serie de medidas intervencionistas que violan los derechos de reunión y expresión del pensamiento.” 

LIBERTAD DE EXPRESION

13/12

Suspenden las redes sociales de una jueza por publicaciones políticas.  Según el sitio web del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), el Corregidor Nacional de Justicia, Luis Felipe Salomón, determinó que Instagram y Twitter deberían suspender los perfiles de la jueza del Tribunal Regional Federal de la 1ª Región (TRF-1) Maria do Carmo Cardoso. La decisión se debió a las publicaciones realizadas por la magistrada que alentaban y elogiaban la realización de movilizaciones antidemocráticas que rodean instalaciones militares en algunas ciudades brasileñas. El ministro argumentó que había urgencia en bloquear el contenido para evitar nuevas infracciones no administrativas y electorales, de manera a mantener la armonía institucional y social hasta la fecha de la toma de posesión del Presidente y Vicepresidente de la República. También señaló que, aunque la manifestación del pensamiento y la libertad de expresión son derechos fundamentales, no son absolutos, por lo que deben compatibilizarse con el resto de derechos y garantías de un Estado de Derecho, «especialmente el derecho a ser juzgado ante un magistrado imparcial e independiente que respete la dignidad del cargo y de la justicia».

LIBERTAD DE EXPRESION

El proyecto de ley pretende hacer pública e incondicional la acción penal del delito de difamación racial. Se presentó a la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley nº 2972/2022, de autoría del Diputado Federal Acácio Favacho (MDB/AP), con el objetivo de que la persecución de los casos de difamación racial, prevista en el art. 140 §3 del Código Penal, sea pública no condicionada. Según el texto propuesto, la persecución de los casos de insultos racistas no dependerá de la presentación de una denuncia penal por parte de la víctima, sino de la Fiscalía. En la justificación del proyecto de ley, el diputado afirma que el texto propuesto pretende armonizar el procedimiento de ejercicio de la acción penal contra los delitos de ofensa racial con el entendimiento del Supremo Tribunal Federal, que sostuvo que el delito de ofensa racial es un tipo del género racismo y, por lo tanto, imprescriptible, en los términos del artículo 5º, XLII, de la Constitución Federal. El parlamentario destaca la necesidad de la medida para enfrentar el racismo en Brasil, considerando que la víctima del crimen de racismo (como confirma la decisión del Supremo Tribunal Federal) «no es sólo la persona ofendida, sino toda la humanidad».

LIBERTAD DE EXPRESION RACISMO CODIGO PENAL

La regulación del lobbying en Brasil enfrenta retos de libertad de expresión. El proyecto de ley para regular el lobby en Brasil, PL 4391/2021, pasa ahora por modificaciones en la Comisión de Trabajo y Administración de la Cámara de Diputados. Según una materia publicada en el periódico JOTA, el texto prevé como infracción administrativa «actuar de forma que se avergüence o acose a los participantes de eventos con interacción presencial, telepresencial o telemática», lo que podría “acarrear al representante (o a la organización por él representada) una sanción que puede alcanzar hasta el 5% de los ingresos brutos (artículo 17, §5) además de la suspensión del profesional por hasta 30 días”. Las autoras destacan que “los verbos ‘avergonzar’ y ‘acosar’ dejan lugar a interpretaciones amplias e, incluso, pueden conducir a la responsabilidad de la libre expresión del pensamiento, la libertad de expresión y los discursos en defensa de la garantía de los derechos”

LIBERTAD DE EXPRESION

15/12

La Policía Federal inicia operaciones contra apoyadores de Bolsonaro que bloquean las vías de circulación en Brasil. Según una materia en JOTA, el ministro Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), autorizó 103 medidas de registro e incautación, cuatro órdenes de detención, así como la ruptura del secreto bancario, la incautación de pasaportes, la suspensión de los certificados CAC (Coleccionista, Tirador Deportivo y Cazador) y el bloqueo de las cuentas bancarias de los sospechosos de organizar y financiar actos antidemocráticos. El ministro también ordenó el bloqueo de 168 perfiles en redes sociales. Se trata de la mayor operación contra los financiadores de actos antidemocráticos jamás realizada. Las medidas fueron cumplidas por PF el jueves (15/12) en ocho estados – Acre, Amazonas, Espirito Santo, Mato Grosso, Mato Grosso do Sul, Paraná, Rondonia y Santa Catarina – y el Distrito Federal. No se revelaron los nombres de los destinatarios de las órdenes emitidas por Moraes. La operación se produce después de que los Bolsonaristas promovieron un allanamiento en Brasilia, quemando vehículos, y a poco más de dos semanas del fin del gobierno. Las decisiones se tomaron en el marco de las acciones que investigan actos ilegales y anti democráticos relacionados con el 7 de septiembre, abusos y ataques al STF y financiación de milicias digitales.

LIBERTAD DE EXPRESION ELECCIONES

01/01

Gobierno Lula pública regulación de la nueva organización ministerial. El Presidente Lula emitió la Medida Provisional 1.154/2023, organizando la estructura básica de los órganos de la Presidencia de la República de los Ministerios. Bajo la nueva estructura, el Ministerio de Justicia estará a cargo de las políticas de tratamiento de datos personales, mientras la Estrategia de Gobierno Digital estará a cargo del Ministerio de Gestión e Innovación en los Servicios Públicos, bajo la responsabilidad de la Secretaría de Gobierno Digital. La Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República (Secom) se separará del Ministerio de Comunicaciones, que contará con un departamento de inclusión digital, subordinado a la Secretaría de Telecomunicaciones. El nuevo ministro de las comunicaciones, Juscelino Filho, dijo durante su toma de posesión que el acceso de la población a internet, la inclusión digital y el uso de los medios de comunicación en la educación están entre sus prioridades. 

Además, el 01.01, fue publicado el decreto 11.362/2023, que trata sobre la estructura y atribuciones de la Secom. Entre las responsabilidades de la Secretaría se encuentran la coordinación e implementación de acciones para el acceso a la información y la lucha contra la desinformación, la promoción de la libertad de expresión y de prensa, y la formulación de políticas para la promoción del pluralismo y la libertad de prensa. Paulo Pimenta, encargado de dicha Secretaría, declaró que Secom debatirá una política para el mundo digital con los ministerios de Justicia, Comunicaciones y Ciencia y Tecnología, pero no tendrá potestad normativa ni de policía sobre las plataformas digitales. La Secom también tendrá una Secretaría de Políticas Digitales, para la cual fue designado João Brant. El Secretario afirmó que utilizará las experiencias europeas, canadienses y australianas de remuneración del periodismo por plataformas como referencia para políticas de fortalecimiento del periodismo profesional. El 01.01, el presidente Lula también creó, por medio del decreto 11.328/2023, la Procuraduría Nacional de la Unión por la Defensa de la Democracia. El órgano existe dentro de la estructura de la Procuraduría Federal de la Nación (Advocacia Geral da União – AGU) y, entre otras, tiene la función de “representar a la Unión, judicial y extrajudicialmente, en demandas y procedimientos para responder y enfrentar la desinformación sobre políticas públicas”.

DERECHOS DIGITALES RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS

08/01 

Alexandre de Moraes concede pedido de la Procuraduría Federal de la Nación (Advocacia Geral da União – AGU) y determina el bloqueo de cuentas en redes sociales y la detención de los implicados. La Procuraduría Federal de la Nación (AGU) presentó un recurso ante el Supremo Tribunal Federal (STF) en el que solicita la adopción de medidas para contener los actos antidemocráticos ocurridos en la Praça dos Tres Poderes, en Brasilia. La AGU solicitó (i) la desocupación de los edificios públicos federales en todo el territorio nacional y la disolución de todos los actos antidemocráticos en las unidades militares; (ii) la detención de todos los involucrados en los actos de invasión, incluido el ex Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal (Brasília) y los agentes públicos responsables de actos u omisiones; (iii) la identificación y remoción, por parte de las plataformas de redes sociales, de contenidos que inciten a actos de invasión y depredación de edificios públicos en todo el territorio nacional; (iv) la interrupción de la monetización de perfiles y transmisión de medios, por parte de las plataformas sociales, que promuevan actos de invasión y depredación de edificios públicos en todo el territorio nacional; (v) el almacenamiento, por parte de las empresas de telecomunicaciones, de registros de conexión para identificar a los usuarios en la Praça dos Três Poderes el día de los hechos y (vi) la responsabilidad civil y penal de los responsables de actos ilícitos. El ministro Alexandre de Moraes, del STF, concedió las solicitudes de la Procuraduría y determinó, además, el envío de oficio a Facebook, TikTok y Twitter para el bloqueo de canales y perfiles identificados como responsables de incitar a actos antidemocráticos. El 01.10, Moraes ordenó la detención del exsecretario de Seguridad del Distrito Federal, Anderson Torres.

DESINFORMACION ELECCIONES

09/01

La Fiscalía de la República (Ministerio Público Federal – MPF) abre investigación en contra de Jovem Pan por desinformación, incitación a actos antidemocráticos y abuso de concesión pública. El Ministerio Público Federal abrió una investigación civil contra la Red Joven Pan por supuesta difusión de contenido desinformativo y abuso de concesión pública. El proceso señala hechos violentos que culminaron con la invasión de los edificios de los 3 poderes de la República por apoyadores del expresidente Jair Bolsonaro, que se realizaron el 01.08, generando daños incalculables al patrimonio de las sedes de gobierno. El MPF constató, por medio de investigación preliminar, que la Red Jovem Pan difundió desinformación “para socavar la confianza de los ciudadanos en la idoneidad de las instituciones judiciales brasileñas y en la salud de los procesos democráticos que conducen”. El documento que abre la investigación cita declaraciones de periodistas y comentaristas del canal, y establece que los abusos a la libertad de radiodifusión pueden ser sancionados con multa, suspensión de la concesión hasta por treinta días y, en el límite, su cancelación. Además del inicio de la investigación civil, la ordenanza solicita que los responsables de la Red Joven Pan: (i) proporcionen información detallada sobre los contenidos a que se refiere la ordenanza; (ii) compartan la programación de la radio en el último año; (iii) informen documentos de identificación y domicilios de todos los presentadores y comentaristas que participaron en la radio durante este período; y (iv) abstenganse de realizar cambios en los canales controlados por el canal en YouTube. También solicita a los responsables de YouTube que conserven la totalidad de los videos publicados por Jovem Pan, comunicando los videos eliminados y los mencionados en la ordenanza.

LIBERTAD DE EXPRESION DESINFORMACION ELECCIONES

Facebook e Instagram se comprometen a eliminar contenido sobre el ataque a Brasilia tras decisión del STF. Luego de una decisión del ministro Alexandre de Moraes que determinó que las plataformas identifiquen y eliminen contenidos que promuevan actos de vandalismo e inciten a la invasión de edificios públicos federales, la empresa Meta informó, por medio de su representante Andy Stone, que ya está eliminando los pedidos, además de afirmar que “incluso antes de las elecciones, designamos a Brasil como un lugar temporal de alto riesgo y comenzamos a eliminar contenido que incite a las personas a tomar las armas o invadir el Congreso, el Palacio del Planalto y otros edificios públicos”. Tras la decisión del STF, todas las plataformas deben cumplir con la medida, y también deben detener la monetización de los perfiles asociados al ataque que ocurrió en Brasilia, eliminando las transmisiones que puedan promover otras invasiones y depredaciones de edificios públicos en cualquier parte del territorio nacional.

LIBERTAD DE EXPRESION RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS

15/01

Consejo Nacional de Justicia determina suspensión de redes sociales de juez por publicaciones consideradas de carácter partidista. El Corregidor Nacional de Justicia, Luis Felipe Salomão, del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), determinó la suspensión de las cuentas de todas las redes sociales del juez Luis Carlos Valois, del Tribunal de Justicia de Amazonas (TJ/AM), por conducta presuntamente incompatible con sus deberes funcionales como juez. En la decisión, el Corregidor enumeró las publicaciones del juez en diferentes redes sociales, clasificándolas como de carácter partidista. Salomão menciona que el artículo 19 del Marco Civil da Internet “permite la indisponibilidad de contenidos que violen la legislación interna, incluso bajo pena de responsabilidad civil del proveedor de la aplicación en caso de omisión”. 

También argumenta que la manifestación del pensamiento y la libertad de expresión son derechos constitucionales fundamentales de los magistrados, dentro y fuera de las redes sociales, pero que no son derechos absolutos. Según el Corregidor, para garantizar la debida protección al Estado Democrático de Derecho, es necesario imponer la suspensión, de manera urgente – para evitar nuevas infracciones administrativas – de los perfiles de Valois en Facebook, Twitter e Instagram. El Corregidor también ordenó la interposición de una denuncia disciplinaria contra el juez y la emisión de una carta de orden al departamento de asuntos internos del TJ/AM, para que promueva una citación personal al juez. Por último, Salomão determinó que las empresas Twitter y Meta deberían recibir una orden para suspender inmediatamente los perfiles de Valois, bajo pena de una multa diaria de R$ 20.000. Las plataformas siguieron la decisión y suspendieron las cuentas de Valois.

LIBERTAD DE EXPRESION RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS

25/01

Alexandre de Moraes multa a Telegram en R$ 1,2 millones por no bloquear el perfil del diputado Nikolas Ferreira. El ministro Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), determinó que la plataforma Telegram pague, en cinco días, una multa de R $1,2 millón, por incumplimiento de una orden judicial de bloqueo del perfil del diputado federal electo Nikolas Ferreira (PL-MG). La decisión, emitida el 11.01, determinaba el bloqueo de perfiles de agentes que utilizaran la aplicación para promover actos antidemocráticos. La plataforma tenía un plazo de dos horas, contadas a partir de la recepción de la orden judicial, el 13.01, para retirar los perfiles determinados, bajo pena de multa diaria de R $100.000 en caso de incumplimiento. Telegram decidió no bloquear la cuenta del parlamentario Nikolas Ferreira, alegando que la medida sería desproporcionada, ya que atentaría contra la libertad de expresión y configuraría la censura. En respuesta, Moraes emitió decisión en la que destaca que cualquier incumplimiento debe llevarse a proceso de acuerdo con los parámetros establecidos por la ley. El Ministro aplicó una multa en función de los días de incumplimiento y reiteró que la postura de la plataforma indicaba acuerdo con la continuidad de los delitos investigados.

LIBERTAD DE EXPRESION RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS

25/01

El Colegio de Periodistas rechaza la decisión emitida por el Tribunal de Garantía de Concepción donde se condena al director del periódico Resumen, por injurias y calumnias en el marco de una investigación periodística a funcionarios públicos. 

LIBERTAD DE PRENSA

11/01

La Corte Constitucional de Colombia anunció su decisión en el caso T-454 de 2022, en el cual revirtió una millonaria condena en una caso de difamación contra la periodista Vicky Dávila. En mayo de 2014, la emisora radial La FM, dirigida por Dávila, publicó una historia que vinculaba al Coronel de la Policía Jorge Hilario Estupiñán con un caso de corrupción. A tres años de la publicación de la historia, en agosto de 2017, el coronel y su familia presentaron una demanda de reparación de perjuicios contra la periodista y la emisora, argumentando que los comentarios constituían injurias y calumnias. 

A pesar de que la periodista y el medio de comunicación fueron exonerados en primera instancia, el tribunal de segunda instancia los condenó en 2020 al pago de una indemnización de 165 millones de pesos. Hacia finales de 2020, Dávila y La FM presentaron acciones de tutela contra la decisión de segunda instancia argumentando principalmente que con la decisión hubo una violación directa de la constitución, en especial del artículo 20, que protege la libertad de expresión. Las tutelas fueron acumuladas y falladas conjuntamente por la Corte Suprema de Justicia, siendo concedidas en primera instancia y negadas en segunda. Finalmente, el caso fue seleccionado para ser revisado por la Corte Constitucional. 

En su decisión, el tribunal constitucional reiteró sus estándares sobre libertad de expresión, como el que establece que la prensa sí puede publicar historias sobre hechos que no han sido resueltos por autoridades judiciales o incluso en contradicción de lo dicho por las autoridades.

LIBERTAD DE EXPRESION LIBERTAD DE PRENSA

25/01

Se hizo pública la decisión de la Corte Constitucional de rechazar por improcedente la acción de tutela presentada por el senador y exalcalde Juan Pablo Gallo Maya, quien buscaba editar la información que aparece en Wikipedia. Gallo argumentó que Wikipedia estaba violando sus derechos al buen nombre, a la honra y a la presunción de inocencia al no permitirle editar la información que se encuentra disponible en la sección «Controversias». La Corte consideró que la tutela no era procedente, dado que el senador no acudió a los mecanismos dispuestos por la propia plataforma en estos casos. 

ACCESO A LA INFORMACION

17/01

El periodista Andersson Boscán denunció que funcionarios públicos habrían solicitado grandes sumas de dinero con el aparente propósito de beneficiar a Danilo Carrera, cuñado del presidente ecuatoriano Guillermo Lasso. Ante dicha denuncia, el periodista fue demandado por daño moral por un monto de 500.000 dólares. Situación que preocupó a las organizaciones expertas en libertad de expresión, debido a la extralimitación en la demanda. 

LIBERTAD DE PRENSA

15/12

El periodista Ciro Gómez Leyva sufrió un atentado a su vida. Durante el mes de diciembre de 2022 y enero de 2023, la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Fiscalía General de Justicia, ambas de la Ciudad de México, han realizado una investigación y detención de personas que se relacionan con los hechos del 15 de diciembre de 2022. 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

05/01

En el marco de los hechos de violencia en el Estado de Sinaloa, diversos medios de comunicación sufrieron agresiones (robo de cuatro automóviles, de cinco robos de equipos de trabajo y amenazas con armas de fuego). Por ello, Artículo 19 exhortó al Presidente de la República y al Gobernador de Sinaloa a rechazar las agresiones que sufrió la prensa y brindar medidas urgentes de protección a las y los periodistas y sus familiares, y las fiscalías General de la República y General de Justicia de Sinaloa realizar investigaciones diligentes sobre los hechos. Y, finalmente, que los dueños de medios de prensa brinden medidas preventivas y de protección a su personal.  

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

09/01

El Director de Informativo Esma Valles recibió amenazas en su domicilio que están relacionadas con reportajes publicados en diciembre de 2022 y enero de 2023 con relación a la Caña de Azúcar. Al respecto, Artículo 19 exhorta al Gobierno de San Luis Potosí a condenar la agresión contra la prensa y a la Fiscalía General de Justicia de la entidad a realizar una investigación diligente. Asimismo, solicitó al Mecanismo de Protección de Defensores(as) y Periodistas que incorpore esta amenaza al periodista a sus análisis de riesgo. 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

10/01

R3D mostró su preocupación con la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en la que negó la solicitud de transparencia del FANID bajo el supuesto de protección de Secreto Industrial, sin considerar que la información de cómo funcionan estas herramientas que capturan y almacenan datos biométricos debe considerarse de interés público. Para R3D es preocupante que esta base de datos sea compartida con autoridades de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.  

ACCESO A LA INFORMACION

16/01

R3D refiere a las detenciones de ex servidores públicos del Gobierno del ex Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera que tienen relación con una red de espionaje gubernamental, a través de la modificación de estructura orgánica del Gobierno de la Ciudad de México en la estructura de la Secretaría de Gobierno, y la instalación de diversas antenas falsas. 

PRIVACIDAD

17/01

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales indicó que la Fiscalía General de la República (FGR) debe hacer público el número de denuncias por apertura y uso de tomas clandestinas de agua potable en el país.  

ACCESO A LA INFORMACION

18/01

R3D informó que la Federación Mexicana de Fútbol comunicó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales les multó por el registro de personas que asistieron a partidos de la Selección Mexicana en el Estado Azteca, aunque precisó que la sanción no tiene relación con la aplicación FANID.  

PROTECCION DE DATOS PERSONALES

22/01

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, a través de la Comisionada Josefina Román Vergara invitó a la ciudadanía a denunciar penalmente las aplicaciones Montadeudas por considerar que violan la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. 

PROTECCION DE DATOS PERSONALES

25/01

Radio Cáritas denuncia amenazas contra su labor. Miguel Ángel Ortiz, director de la empresa de comunicación, señaló que un desconocido se comunicó vía telefóno con la emisora para exigir, bajo amenazas e intimidaciones, que se retirara o de lo contrario eliminaría una publicación de la que se obtuvo detalles de una investigación especial por parte de las autoridades. 

LIBERTAD DE PRENSA VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

19/01

El Poder Judicial sentenció, en primera instancia, a la periodista Milagros Leiva y a Willax Televisión, como tercero responsable, por difamación en agravio de la exministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Anahí Durand. En una sentencia cuestionable, la jueza consideró que se había agraviado a Durand, por una nota televisiva en la que se señalaba que Durand tenía vínculos con el terrorismo. En la nota, se indicaba que Durand había tenido una relación sentimental con una persona condenada por el delito de terrorismo, había participado de la presentación de un libro de otro sentenciado ex terrorista, y había firmado un comunicado pidiendo el cambio de centro penitenciario de otro reo por terrorismo. Leiva fue sentenciada “al fallo condenatorio con normas de conducta por un año y el pago de 20 mil soles”. La periodista anunció que apelará la sentencia.

LIBERTAD DE PRENSA DIFAMACION

A lo largo del mes de enero, en diferentes regiones del país, se produjeron una serie de manifestaciones en protesta al gobierno de la presidenta Dina Boluarte, en las que reporteros de diversos medios de comunicación fueron agredidos por manifestantes. Entre ellos, se pueden mencionar a la reportera Lourdes Paucar y el camarógrafo Willy Nueva de Canal N, agredidos en el centro de Lima el 19 de enero, al periodista de La Encerrona, Jonathan Castro, agredido físicamente el 19 de enero en Miraflores por integrantes del grupo denominado La Resistencia, quienes además intentaron arrebatarle la cámara, a las reporteras Adriana Adriazola, de La Gazzeta, y Fiorela Cárdenas, de Radio Contacto Sur, hostigadas por un sujeto que se acercó mientras cubrían las protestas el 19 de enero en la ciudad de Arequipa, y a los trabajadores de un equipo de prensa de América Televisión, que resultaron heridos tras ser agredidos por un grupo de manifestantes que les arrojó piedras el 20 de enero en el centro de Lima. 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

21/01

La periodista Patricia Condori, de la Red de Periodistas de Juliaca, el reportero de Radio Huancané y Líder TV, Percy Pampamallco Yancachajlla, y el reportero de Radio Sudamericana de Juliaca, César Huasaca Abarca, fueron arbitrariamente detenidos por la Policía cuando cubrían la intervención policial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS LIBERTAD DE PRENSA