Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2025 a diciembre de 2025
| PAIS | PROYECTOS | |
|---|---|---|
| ARGENTINA | 63 | |
| BRASIL | 36 | |
| CHILE | 16 | |
| COLOMBIA | 14 | |
| ECUADOR | 5 | |
| GUATEMALA | 1 | |
| MEXICO | 35 | |
| PARAGUAY | 14 | |
| PERU | 17 |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y diciembre de 2025
| Libertad de expresión y derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia Artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de Contenidos y responsabilidad de intermediarios | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden Público | 2.5% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Propiedad intelectual | 2.0% |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y diciembre de 2025
| Libertad de Expresión y Derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% | |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de contenidos | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden público | 2.5% | |
| Propiedad Intelectual | 2.0% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Otros | 11.0% |
24/12
El juez de Control y Garantías, Héctor José María Salomón, decidió ampliar una medida cautelar contra cinco personas que hicieron declaraciones públicas en redes sociales y medios periodísticos vinculando al tesorero de la AFA, Pablo Toviggino con delitos sobre los que la justicia ya dictó un sobreseimiento total y definitivo. Los cinco involucrados insistieron en atribuir conductas delictivas a Toviggino basadas en la causa ya cerrada, a pesar de la existencia previa de la tutela mencionada. Por ello, la medida cautelar impuesta por el juez prohíbe específicamente la validación, reproducción o amplificación de las imputaciones en programas como “TN de Noche” y “Mañana Qué”, como la difusión de cualquier contenido referido a los hechos judiciales ya desestimados en soportes digitales, redes sociales y plataformas de video.
DIFAMACIÓN CENSURA IMPUTACIONES CONTRA EL HONOR
27/12
La jueza Civil y Comercial Nº 2 de Resistencia, Ana Mariela Kassor, hizo lugar a una acción de amparo presentada por el concejal de Resistencia Javier Dumrauf y ordenó al director del portal InfoQom, Carlos Prette, la eliminación de publicaciones consideradas injuriosas. El concejal había denunciado que, a partir del 10 de mayo de 2025, el portal InfoQom difundió contenidos que lo mencionaban sin relación con sus funciones públicas, afectando gravemente su honor y vida privada. La jueza consideró que esto constituía una utilización no consentida de la imagen del actor y que, en conjunto con los comentarios injuriosos, esto llegaría a considerarse una vulneración integral de sus derechos personalísimos. En consecuencia, se ordenó a Prette eliminar en un plazo de dos días todas las publicaciones referidas al concejal, en especial las identificadas con enlaces específicos de Facebook y el portal InfoQom.
IMPUTACIONES CONTRA EL HONOR
29/12
El juez en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick declaró la nulidad del marco de actuación de las fuerzas de seguridad en manifestaciones sociales, establecido mediante la resolución 943/2023, también conocido como el “protocolo antipiquetes”. Este fue puesto en práctica por la exministra de Seguridad Patricia Bullrich hace dos años y ha sido controversial por considerarse que limita excesivamente el derecho a la protesta social. El juez fundamentó su decisión en esta misma interpretación del derecho a la protesta y el impacto de este marco. En respuesta, el gobierno nacional se está movilizando para apelar esta decisión.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN DERECHO A LA PROTESTA
31/12
El Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). El medio Tribuna de Periodistas explicó que este DNU modifica los roles centrales de la SIDE, otorgándole facultades que colisionan con las garantías constitucionales de la prensa. El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control; reduce la transparencia de las actividades de la SIDE; le otorga a esta la facultad de realizar arrestos sin aclarar las condiciones para los mismos; y permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre “organizaciones no estatales” (nuevamente, sin establecer criterios de control); entre otras. Como señaló Indymedia, este decreto fue dictado unilateralmente, durante el receso del Congreso, sin debate previo.
Tribuna de Periodistas explicó que esto debe ser entendido en conjunto con las revelaciones que surgieron de la filtración del Plan de Inteligencia Nacional, que evidenciaron que el Estado ahora consideraría a la influencia informativa como un campo de batalla donde el monitoreo de periodistas y economistas críticos es una prioridad estratégica para evitar el “desgaste de la confianza pública”.
Tras múltiples reportajes sobre este decreto, la propia SIDE envió un duro comunicado en el que se acusa a los medios de transmitir falsedades e intentar generar confusión. El organismo afirmó que el decreto no amplía el alcance de la vigilancia estatal, sino que apunta a fortalecer la integración del Sistema de Inteligencia Nacional y a mejorar la producción de “información estratégica”.
En los días siguientes, se presentaron dos proyectos de ley para declarar nulo el decreto, uno proveniente del partido Frente de Izquierda y de Trabajadores Unidad, y el otro de diputados de Provincias Unidas y Coalición Cívica.
LIBERTAD DE PRENSA
16/01
Los diputados Guillermo Michel y Kelly Olmos, del partido Unión por la Patria, presentaron el Proyecto de Ley N° 7089-D-2025, que establecería un régimen de protección integral de los derechos de los consumidores. De acuerdo a este proyecto, las plataformas tendrían que asegurar que toda publicación publicitaria contenga información suficiente, clara y veraz de los bienes y servicios que allí se ofrecen. De incumplir con los requisitos de información, la plataforma sería sancionada con una multa de uno (1) a cinco (5) veces el valor en plaza de la mercadería involucrada.
También se señala que las plataformas deberán verificar e informar en cada publicación la identidad, condición fiscal y domicilio legal del proveedor del bien publicado antes de permitir la oferta de bienes o servicios. Esta información debe ser acreditada al menos una vez al año.
Se declara a las plataformas como solidariamente responsables con el proveedor frente al consumidor por los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento contractual; los defectos o vicios en los productos; las infracciones a las normas de seguridad, sanidad, propiedad intelectual, defensa del consumidor o lealtad comercial; el incumplimiento en el pago de tributos, aranceles aduaneros o cualquier otro gravamen que correspondiere; etc.
DERECHOS DEL CONSUMIDOR PLATAFORMAS DIGITALES
28/01
El Poder Ejecutivo, por medio del decreto 50/26, anunció la disolución del comité del Instituto Nacional del Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), que se encargaba de clasificar películas por edades. La medida fue anunciada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien indicó que esta apunta a disminuir la intervención estatal en la creación, difusión y regulación de contenidos audiovisuales. Esta disolución significa que ya no habrá un órgano estatal que instale categorizaciones restrictivas sobre los filmes. En cambio, los productores podrán simplemente declarar a qué segmento de la población está destinado su material, dejando que ese sello marque el estándar sin una revisión adicional del Estado. El ministro señaló, además, que ahora se permite que los menores puedan ver películas de cualquier categoría con el acompañamiento de, al menos, uno de sus padres o tutores.
PROTECCIÓN DE MENORES
14/01
Diputados presentaron el Proyecto de Ley 18062-18, que prohibiría el ingreso, registro y uso de redes sociales a todos los menores de 14 años en el territorio nacional, salvo que tengan autorización de sus padres o tutores. Los menores de 16 podrán ingresar solo con dicha autorización. Se indica, asimismo, que las plataformas de redes sociales deberán disponer de un sistema de verificación de identidad para controlar la edad de registro de los usuarios y la autorización solicitada.
Aquellas cuentas que infrinjan esta norma deberán ser eliminadas, por lo que se dispone también que las plataformas deben contar con un canal permanente de denuncias y un procedimiento para atenderlas, que no podrá exceder de sesenta días. Dicha eliminación implicaría el borrado permanente de toda la información almacenada y todo el contenido publicado, incluyendo respaldos, a menos que exista una solicitud expresa de los adultos responsables o de la plataforma involucrada que requiera no borrar estos datos. Finalmente se establece una multa para las plataformas que infrinjan la normativa propuesta.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
22/12
El Sindicato de Periodistas de Paraguay se pronunció en rechazo de una serie de declaraciones del presidente de la República, Santiago Peña, y denunció intentos de bloquear y desmerecer el trabajo de los periodistas. El presidente dio unos días antes unas declaraciones en su podcast desmereciendo el profesionalismo de periodistas encargados de la cobertura de actividades presidenciales. En respuesta, el SPP apuntó que en los últimos días se registraron intentos de obstaculizar la labor periodística en actividades oficiales; y le señaló que el gobierno debe generar las condiciones adecuadas para el ejercicio pleno del periodismo y garantizar el trato respetuoso hacia los trabajadores de prensa.
LIBERTAD DE PRENSA
23/12
La abogada Esther Roa, coordinadora de Abogados del Paraguay, fue aprehendida en el Palacio de Justicia de Asunción mientras intentaba leer un comunicado denunciando irregularidades en algunos fallos recientes. De acuerdo a la abogada, la policía habría actuado bajo pretexto de perturbación de la paz pública y resistencia, y tras fallar en conseguir una orden de la Fiscalía para su detención, la dejaron retirarse una hora después.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
14/01
El partido Centro Democrático anunció que interpondrá una denuncia ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) por presunta violencia política contra el caricaturista y candidato al Senado por el Pacto Histórico, Julio César González, conocido como ‘Matador’. La denuncia vendría luego de que el caricaturista realizara publicaciones sobre la senadora y candidata presidencial del partido, Paloma Valencia, en las que ridiculiza su apariencia física. El partido considera que estas acciones constituyen un acto de violencia y discriminación de género.
De acuerdo a ‘Matador’, la acción sería improcedente. El candidato aseguró que no piensa retractarse puesto que sus publicaciones estarían amparadas bajo la libertad de expresión. Asimismo, negó que esto se tratara de un caso de discriminación por género, alegando que el rol del caricaturista es “desdibujar el poder y explicarle de manera pedagógica a la gente lo que está pasando en el país” y que “Mi rol como caricaturista es hacer caricaturas del poder, independientemente del género, sea hombre o mujer”. Según González, la caricatura de Valencia en la que este se burla de su contextura física habría sido una forma de comentar sobre la “glotonería del poder”, luego que ella se opusiera al bono solidario de 230.000 pesos para adultos mayores en condición de pobreza.
VIOLENCIA DE GÉNERO LIBERTAD DE PRENSA FUNCIONARIOS PÚBLICOS
15/01
La asambleísta Camila León presentó el Proyecto de Ley N° 476315, que propone una reforma al Código Orgánico Integral Penal. De acuerdo a León, este buscaría reforzar las garantías en libertad de expresión. La iniciativa incorporaría criterios y procesos para diferenciar las expresiones legítimas de las sancionables por descrédito o deshonra, cuando tratan asuntos de interés público o críticas dirigidas a funcionarios en ejercicio de sus funciones.
Diversas organizaciones se pronunciaron acerca de esta propuesta. Fundamedios indicó que sería redundante y fallaría en establecer protecciones contra la persecución judicial de las críticas a funcionarios públicos. La Federación Nacional de Periodistas del Ecuador (FENAPE) indicó que el proyecto violaría la Constitución, al desconocer los derechos de las personas a una comunicación libre, igualdad para opinar y expresar su pensamiento sin censura previa. Y medios como La Prensa alertaron incluso que esta ley vulneraría la libertad de expresión.
El 28 de enero, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) optó por unanimidad por no calificar el proyecto de ley y archivarlo, decisión influenciada directamente por las peticiones y preocupaciones manifestadas por diversas organizaciones de comunicadores y gremios del país. La bancada de León, Acción Democrática Nacional, anunció en respuesta su decisión de no calificar el proyecto y detener, por tanto, su trámite. León, por su parte, indicó que lamenta el archivamiento y que pretende presentar una versión corregida con mayor socialización.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
17/01
Se alertó de un nuevo conflicto entre el presidente Daniel Novoa y la prensa, luego de que su gobierno excluyera al Diario EXPRESO de dos eventos oficiales vinculados a decisiones estratégicas del Estado. A esto se sumaron denuncias de restricciones al trabajo periodístico para los medios que sí ingresaron, como la retención de teléfonos celulares y grabadoras.
LIBERTAD DE PRENSA
19/01
El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 1-2026 que declara Estado de Sitio en todo el territorio nacional por 30 días. Este fue, a su vez, ratificado el 21 de enero por el Congreso de la República. La medida fue anunciada por el presidente Bernardo Arévalo tras motines registrados en tres cárceles, que derivaron en ataques contra la Policía Nacional Civil (PNC), con saldo de ocho agentes muertos en 13 hechos violentos. El decreto implica la limitación de la celebración de reuniones al aire libre; la disolución forzosa de toda reunión, grupo o manifestación pública que se lleve a cabo sin la debida autorización o que se realice de manera violenta; restricciones del libre tránsito; la posibilidad de emitir órdenes de detención o confinamiento sin mandato judicial; etc. Se alega que existen acciones coordinadas por pandillas contra las fuerzas de seguridad, que justifican las restricciones impuestas.
DERECHOS CIVILES
04/01
El Día del Periodista estuvo marcado por las manifestaciones de gremios de la prensa y organizaciones civiles en contra de recientes abusos, simbolizados por la reciente persecución y detención de Rafael León Segovia en Veracruz, así como de otros reporteros en todo el país. Ya a finales de diciembre, Artículo 19 junto con otras organizaciones civiles emitieron alertas acerca de múltiples abusos de la ley para perseguir a periodistas críticos del gobierno: En Puebla, se reactivó un proceso del año 2020 en contra de Rodolfo Ruiz , director de e-consulta, en el que se le acusa de lavado de dinero. Ruiz afirma que esto se trata de una persecución política y acoso judicial debido a sus investigaciones sobre nepotismo, abusos en hospitales psiquiátricos y el polémico caso «Nórdica». Mientras que en Veracruz se detuvo a León Segovia bajo acusaciones de terrorismo y encubrimiento. En Campeche, el periodista Jorge González y el diario Tribuna han denunciado que existe vigilancia directa para evitar críticas contra la gobernadora Layda Sansores.
Frente a estos y otros casos recientes, se está advirtiendo de un abuso del sistema judicial como mecanismos de censura. Es por ello que diversas organizaciones de periodistas, comunicadores y defensores de derechos humanos convocaron a una marcha nacional contra la criminalización de periodistas, con movilizaciones simultáneas en las capitales del país y una concentración principal en la Ciudad de México.
LIBERTAD DE PRENSA
13/01
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la discusión de la Ley General de Comunicación Social. Esta decisión viene la etapa final para resolver la validez de la norma, y tras múltiples advertencias de organizaciones civiles, entre las que destaca Artículo 19, de que el proyecto de sentencia aún presenta riesgos para la libertad de expresión.
El debate por esta norma lleva activo desde su publicación en 2018, que fue producto a su vez de una reforma constitucional de 2014 que impuso al Congreso de la Unión la obligación de crear una ley que regulara el gasto en publicidad oficial para evitar el uso de recursos públicos en la promoción personalizada de funcionarios. Apenas un mes después de su publicación, se empezaron a presentar acciones de inconstitucionalidad, denunciando que la ley era deficiente, permitía un manejo discrecional del gasto público y funcionaba como un mecanismo de “censura indirecta” contra medios críticos.
En 2021, la Primera Sala de la Corte determinó que, aunque ya existía una ley, ésta persistía en una “omisión legislativa relativa”, al no establecer criterios claros ni procedimientos específicos para garantizar la transparencia y la honradez en el gasto. Entre 2022, la ley se reformó en un proceso que presentó violaciones del debido proceso, por lo que en 2023 se regresó al texto original. Este retorno trajo de vuelta consigo los debates sobre su validez que continúan hasta el momento.
El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf propone declarar una “omisión legislativa relativa” y ordenar al Congreso de la Unión subsanar las deficiencias, manteniendo la ley vigente. Sin embargo, organizaciones como Artículo 19 señalan que la propuesta es insuficiente porque no exige la creación de un órgano autónomo de control, lo que mantiene el riesgo de uso discrecional de la publicidad oficial y la “censura indirecta”. Además el 12 de enero 11 organizaciones de la sociedad civil y 25 periodistas emitieron un comunicado en el que se advierte de la persistencia de riesgos a la libertad de expresión.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
20/01
Periodistas de Iguala lograron frenar una reforma al Bando de Policía y Buen Gobierno, impulsada por el alcalde Erick Catalán Rendón, la cual pretendía sancionar las críticas hacia el presidente municipal y otros servidores públicos. El Cabildo determinó no aprobar las modificaciones, tras una movilización en las puertas de la sala de cabildos del palacio municipal, donde comunicadores denunciaron que la iniciativa buscaba imponer una ley mordaza que limitaría el ejercicio periodístico y la crítica pública en el municipio.
LIBERTAD DE PRENSA
28/01
El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla declaró inconstitucional el delito de ciberasedio. Como resultado del amparo concedido dentro del juicio 825/2025, el artículo 480 del Código Penal de Puebla no podrá aplicarse contra Article 19, ni en el presente ni en el futuro. El juzgado determinó que la norma es desproporcionada, al imponer la restricción más severa, la prisión, para limitar un derecho humano fundamental como la libertad de expresión, sin cumplir con los estándares mínimos de claridad y certeza jurídica que exige la Constitución. En su análisis, el juez subrayó que la redacción ambigua del tipo penal genera un efecto disuasivo para la democracia, pues incentiva la autocensura y desalienta la participación ciudadana en el debate público.
LIBERTAD DE PRENSA
12/12
La diputada federal Erika Hilton (PSOL/SP) presentó el proyecto de ley n.° 6396/2025, que prohíbe la monetización y la difusión de publicidad de contenidos digitales con contenido misógino, discriminatorio o desinformativo sobre cuestiones de género, incluidos los asociados a la ideología de supremacía masculina conocida como «redpill». EI proyecto modifica el Marco Civil de Internet (Ley n.° 12.965/2014) para impedir Ia monetización de contenidos misóginos, incluidos los de «redpill», y prevé la responsabilidad solidaria de los proveedores cuando no se retiren inmediatamente los contenidos misóginos o discriminatorios, incluidos los manipulados por inteligencia artificial. Por último, el texto establece la obligación de los proveedores de adoptar medidas que impidan o reduzcan la circulación de este tipo de contenido, como Ia creación de canales de denuncia y Ia elaboración de evaluaciones de impacto, con la implementación de medidas preventivas. El proyecto también prevé sanciones para los proveedores de aplicaciones que no cumplan con estas disposiciones, con multas sobre la facturación de la empresa, multas diarias, suspensión de los servicios de promoción y eliminación de los contenidos infractores con devolución de los importes recibidos.
VIOLENCIA DE GÉNERO RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS
12/12
La 25.a Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo (TJSP) reconoció la responsabilidad objetiva de Instagram y la obligación de indemnizar a una usuaria en línea por el pirateo de su perfil en la plataforma. La víctima sufrió el hackeo de su perfil, con la alteración de datos, la eliminación de contenido y el uso fraudulento de su imagen para solicitar dinero a sus seguidores, lo que comprometió su credibilidad e interrumpió sus relaciones comerciales. El Tribunal entendió que hubo una falla en la prestación del servicio, en los términos del art. 14 del Código de Defensa del Consumidor, ya que la plataforma no impidió la invasión ni ofreció una respuesta eficaz para la recuperación integral de la cuenta. Al reformar la sentencia de primera instancia, que solo había determinado el restablecimiento del acceso al perfil y rechazado La solicitud de indemnización, la jueza ponente Ana Luiza Villa Nova reconoció que el daño moral se derivó no solo de la invasión, sino también de la reiterada negligencia de la plataforma, del uso indebido de la imagen de la autora y del período en que permaneció sin acceso al perfil, con perjuicios profesionales. De este modo, la sentencia condenó a Instagram al pago de 6000 reales por daños morales y al restablecimiento íntegro del contenido digital de la cuenta, incluyendo publicaciones, fotos, vídeos, mensajes y contactos.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS DERECHO AL HONOR
16/12
El diputado federal Jorge Goetten (PL/SC) presentó el proyecto de ley n.° 6458/2025, que modifica el Estatuto Digital del Niño y del Adolescente (ECA Digital – Ley n.° 15.211/2025) para prohibir la creación de cuentas o perfiles en redes sociales, juegos electrónicos y plataformas digitales de citas por parte de niños y adolescentes menores de 16 años. Según Ia justificación, el texto busca reforzar la protección de los niños y adolescentes en entornos digitales, ante los riesgos asociados al uso precoz e intensivo de estas plataformas, como los impactos en la salud mental, la exposición a contenidos inadecuados y prácticas de participación potencialmente nocivas.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
16/12
La 6.a sala del Tribunal Superior de Justicia (STJ) mantuvo Ia absolución del acusado de incitar a la discriminación y el prejuicio en una publicación en Facebook, al considerar que no se había demostrado la intención específica exigida por el art. 20, § 2°, de la Ley n.° 7.716/1989. La acción, propuesta por el Ministerio Público Federal (MPF) en 2022, se originó en una publicación de 2018 que habría afectado a personas negras, indígenas, mujeres y homosexuales. El caso fue juzgado inicialmente por el 7° Juzgado Federal de Porto Alegre, que absolvió al acusado, decisión posteriormente confirmada por el Tribunal Regional Federal de Ia 4a Región en apelación. Al analizar el recurso especial, el ministro relator Antonio Saldanha Palheiro entendió que las manifestaciones se inscribían en el contexto político de las elecciones de 2018, como crítica e ironía, descartando la intención discriminatoria. El relator rechazó la alegación de divergencia jurisprudencial presentada por el MPF, ante la ausencia de similitud entre los precedentes invocados, que sustentarían la divergencia de entendimiento entre los tribunales. EI voto fue acompañado por los demás ministros, con la proclamación final del resultado esta semana, tras la devolución de la solicitud de vista.
VIOLENCIA EN LÍNEA ELECTORAL
02/01
La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) presentó su Informe Anual 2025, en el que registró 458 ataques contra periodistas y medios de comunicación, lo que convierte a ese año en el más letal para la libertad de prensa en el país en lo que va del siglo. Las agresiones incluyeron amenazas, hostigamientos, agresiones físicas y verbales, uso de mecanismos judiciales y administrativos para presionar a la prensa, y se reportaron cuatro asesinatos de periodistas en distintas regiones del país, en un contexto de violencia persistente y graves limitaciones al derecho a informar y a ser informados.
LIBERTAD DE PRENSA VIOLENCIA