Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2025 a febrero de 2026
| PAIS | PROYECTOS | |
|---|---|---|
| ARGENTINA | 63 | |
| BRASIL | 36 | |
| CHILE | 16 | |
| COLOMBIA | 14 | |
| ECUADOR | 5 | |
| GUATEMALA | 1 | |
| MEXICO | 35 | |
| PARAGUAY | 14 | |
| PERU | 17 |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y febrero de 2026
| Libertad de expresión y derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia Artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de Contenidos y responsabilidad de intermediarios | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden Público | 2.5% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Propiedad intelectual | 2.0% |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y diciembre de 2025
| Libertad de Expresión y Derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% | |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de contenidos | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden público | 2.5% | |
| Propiedad Intelectual | 2.0% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Otros | 11.0% |
04/02
En su Informe Anual 2026, Human Rights Watch cuestionó al gobierno de Javier Milei por intentar «socavar controles constitucionales», obstaculizar la libertad de reunión y recortar programas sociales. Asimismo, se criticó la política represiva indiscriminada e imprudente de las fuerzas de seguridad contra las protestas sociales. En cuanto a la relación con la prensa, se señaló que las autoridades del gobierno han sido hostiles y estigmatizantes contra los periodistas.
LIBERTAD DE PRENSA DERECHO A LA PROTESTA
05/02
El Gobierno nacional abrió una cuenta en redes sociales bajo el nombre de Oficina de Respuesta Nacional, cuya misión sería contestar de manera pública a la prensa y sectores opositores para desmentir lo que consideren como noticias falsas y desinformación. Al día siguiente, el Foro de Periodismo Argentino criticó duramente la iniciativa, indicando el riesgo de que el gobierno trate de erigirse como juez dirimente en lo que es verdadero y lo que no. La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas, por su parte, señaló que no se opone a la existencia de un organismos como este en principio, pero que le preocupa la forma en que éste operará dado el historial hostil y estigmatizante de este gobierno con la prensa.
Del lado de los representantes, diputado nacional del bloque Unión por la Patria, Nicolás Trotta presentó el Proyecto de Declaración 7244-D-2025, mediante el cual propone que la Cámara de Diputados exprese su rechazo a la creación de esta “Oficina de Respuesta Oficial de la República Argentina” y manifieste su preocupación por la reiteración y recrudecimiento de acciones del Poder Ejecutivo Nacional que atentan contra el ejercicio de la actividad periodística y el pleno desenvolvimiento de los derechos a la libertad de expresión.
LIBERTAD DE PRENSA
19/02
La diputada Marcela Marina Pagano presentó ante la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley N° 7340-D-2025, que busca establecer un régimen de prevención, protección y promoción de la salud mental en entornos digitales. El proyecto propone exigir a todas las plataformas que operen desde el territorio argentino o que tengan una presencia significativa en el mercado argentino, que designen a un representante legal en el país; que implementen medidas de protección reforzada para menores de edad; que establezcan mecanismos “proporcionales” de verificación de edad; que implementen cuentas con funcionalidades reducidas para menores de 13 años y que ofrezcan mecanismos de control parental. Se indican también procesos de evaluación y auditoría para estas medidas, así como un régimen de sanciones.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
20/02
La diputada Marcela Marina Pagano presentó el Proyecto de Ley N° 7344-D-2025, que buscaría establecer un marco normativo para la protección de la autonomía cognitiva de los niños y niñas frente a los sistemas algorítmicos de las plataformas digitales. El proyecto indica que es derecho de los usuarios conocer los criterios generales de los sistemas de recomendación, a optar por modalidades de visualización no personalizadas, entre otras cosas. Se establece también un proceso de consentimiento para la personalización algorítmica, la prohibición de este tipo de personalización para usuarios menores de 13 años, la prohibición de publicidad dirigida a menores de 16, así como sistemas de autorías y evaluación de estas medidas.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
23/02
La diputada Marcela Marina Pagano presentó el Proyecto de Ley N° 7369-D-2025, que busca regular la planificación, transmisión accesoria y gestión post-mortem de la identidad digital, datos y activos digitales. Esto implicaría la creación de la figura del “Albacea digital”, “Legado digital”, herederos de activos digitales, entre otros. Se indican los sistemas administrativos para hacer efectivos los derechos establecidos y las obligaciones al respecto de las plataformas digitales.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
27/02
A lo largo del mes, continuó el debate público acerca de la iniciativa legislativa de reforma laboral que presentó en diciembre el presidente Javier Milei, la cuál incluye la derogación del Estatuto del Periodista. Se reportaron múltiples encuentros entre organizaciones de la sociedad civil y representantes parlamentarios intentando comprometerlos a votar en contra de la reforma. Asimismo, organizaciones como FOPEA elevaron múltiples comunicados acerca del riesgo de la derogación del Estatuto del Periodista, y advirtieron que se podría recurrir a organismos internacionales en caso que esta proceda.
Durante el proceso de debate legislativo de la aprobación de la iniciativa, sindicatos y miembros de la prensa llevaron a cabo múltiples medidas para manifestar su rechazo: En la primera semana de febrero, más de 3.000 trabajadores y 23 sindicatos de prensa firmaron un petitorio para el Congreso de la Nación, el cual presentaron en una conferencia de prensa frente al congreso. Al mismo tiempo, sindicatos de la prensa se aliaron con otros sindicatos laborales para planificar acciones coordinadas en contra de las medidas de “Modernización Laboral”. Desde el inicio del mes comenzaron a realizarse movilizaciones regionales de diversos gremios de trabajadores, incluidos los de la prensa. Cabe resaltar que durante estas manifestaciones se denunció en repetidas ocasiones el uso de estrategias represivas que incluyeron la aplicación del “protocolo antipiquetes”, declarado nulo en diciembre por considerarlo inconstitucional. Esto llevó en la última semana del mes a un paro general por 24 horas sin movilización convocado por la Confederación General del Trabajo el día del debate legislativo en el que se trató la reforma laboral, el jueves 19 de febrero.
Independientemente, algunos sindicatos decidieron movilizarse hacia el congreso el día del debate, como por ejemplo el Frente de Sindicatos Unidos. Asimismo, reporteros se hicieron presentes en el Congreso el día del debate para cubrir las manifestaciones y los procedimientos legislativos. Sin embargo, desde los días previos el gobierno hizo público un comunicado en el que se advertía a los periodistas que las fuerzas del orden actuarían sin reparo en los casos en que se presentaran focos violentos. En el día del debate se reportaron medidas represivas completamente desmedidas, incluyendo camiones hidrantes, gases lacrimógenos y balas de goma.
Finalmente, el 27 de febrero se confirmó que la ley de reforma laboral fue aprobada por ambas cámaras del congreso. La CGT y la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa anunciaron que recurrirán al Poder Judicial para que se declare inconstitucional la derogación del Estatuto del Periodista Profesional y la reforma laboral en general.
LIBERTAD DE PRENSA DERECHO A LA PROTESTA
27/02
Un caso de represión contra la prensa y manifestantes ganó atención nacional luego que la policía detuviera violentamente a doce activistas de Greenpeace protestando las modificaciones a la ley de glaciares. Facundo Tedeschini, un camarógrafo de A24 que se encontraba en las inmediaciones para registrar estos hechos fue atacado con gas pimienta, derribado, golpeado y arrastrado para ser detenido sin motivo alguno. Tras revisar las grabaciones, todos los involucrados fueron liberados. El caso desató una serie de respuestas de parte de las autoridades del gobierno y representantes de la sociedad civil: La senadora provincial bonaerense Florencia Arietto celebró el accionar de la policía y la detención del reportero y los manifestantes. La diputada y periodista Marcela Pagano anunció que presentó una denuncia penal ante “un nuevo ataque a la libertad de expresión”. El presidente Javier Milei consideró a los periodistas y al Foro de Periodismo Argentino como “terroristas”. Finalmente, el FOPEA exigió al Ministerio de Seguridad una investigación urgente, la identificación de los responsables y medidas concretas para que estos hechos no se repitan.
DERECHO A LA PROTESTA LIBERTAD DE PRENSA
11/02
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación presentado por Canal Trece S.A. contra el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), con lo que se ratificó la multa de 20 UTM impuesta por la emisión de un segmento informativo que se transmitió en horario de protección al menor, relacionado con la revisión de la prisión preventiva del ex Subsecretario del Interior, Manuel Monsalve por una imputación de violación consumada y abuso sexual.
El CNTV señaló que el canal había difundido contenidos que revictimizaban a la víctima y que no eran aptos para menores durante el horario protegido. También destacó que el canal no actuó con la diligencia necesaria para prevenir la emisión de contenido sensible, y que, aunque el material provenía de una fuente oficial, el canal es responsable de lo que decide transmitir. El canal argumentó que la sanción era ilegal y desproporcionada, defendiendo que su cobertura se basó en una audiencia pública retransmitida por el Poder Judicial a través de su plataforma oficial. Según Canal Trece, su participación fue breve y se interrumpió al darse cuenta de la sensibilidad del contenido. Además, el canal sostuvo que no hubo intención de revictimizar a la víctima y que el CNTV no consideró adecuadamente la naturaleza de una transmisión en vivo.
PROTECCIÓN DE MENORES
12/02
El Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) y Media Defence presentaron una petición ante la CIDH sobre la responsabilidad del Estado paraguayo por el asesinato del periodista brasileño Lourenço “Léo” Veras y la falta de debida diligencia en la investigación, procesamiento y condena de los autores del mismo. Ambas organizaciones explicaron que el comunicador no solo era fundador y director de un medio que cubría temas vinculados al crimen organizado y la violencia en la región fronteriza entre Paraguay y Brasil, sino que su asesinato es parte de un patrón en el que una decena de reporteros han perdido la vida en esa misma zona bajo circunstancias sospechosas. La falta de investigación efectiva de estos crímenes es lo que lleva a IDEA y Media Defence a argumentar que el Estado Paraguayo ha faltado a sus responsabilidades en materia de libertad de expresión y acceso a la justicia, tanto a nivel nacional como internacional.
LIBERTAD DE PRENSA
21/01
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) advirtió sobre un aumento de acciones judiciales contra periodistas y medios de comunicación en Colombia, lo que representaría “un uso abusivo del sistema judicial con el propósito de castigar y silenciar voces críticas”. Este pronunciamiento vino luego que la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) señalara que múltiples casos recientes de investigaciones a periodistas constituyen un patrón de acoso judicial en el debate público.
LIBERTAD DE PRENSA
10/02
El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Ecuador emitió lineamientos para regular el acceso de los medios de comunicación a los eventos institucionales en los niveles estratégico, operacional y táctico. De acuerdo al documento, la acreditación de los medios y periodistas y el acceso a los eventos sería dictado por una evaluación de la línea editorial del medio, el tratamiento informativo histórico respecto a las Fuerzas Armadas, el rigor informativo y conducta profesional, y la postura institucional frente al rol constitucional de las FF.AA. Incluso se indicó explícitamente que se restringiría el acceso a aquellos medios que mantengan una postura sistemáticamente contraria a la misión y valores institucionales, o que afecten la imagen pública y la confianza ciudadana en las Fuerzas Armadas.
Como era de esperar, la medida ha sido profundamente controversial. Diversos periodistas y organizaciones a nivel nacional (Como Fundamedios, la Fundación Periodistas Sin Cadenas y la Fundación Ciudadanía y Desarrollo) alzaron la voz para denunciar que esto constituía un caso de censura previa. A nivel internacional Human Rights Watch advirtió que este sería un ataque a la libertad de expresión e información. Asimismo, la Sociedad Interamericana de Prensa expresó alarma y cuestionó la medida. En respuesta, la Fuerzas Armadas han negado que esto sea una forma de censura previa o un ataque a la libertad de expresión. Posteriormente, indicaron que el texto es un «documento en desarrollo» y no está vigente.
Hacia finales del mes, 300 comunicadores y directores de medios elevaron un comunicado al Ministerio de Defensa solicitando eliminar el documento. La iniciativa fue encabezada por representantes de la Mesa de Articulación para la Protección de Periodistas.
LIBERTAD DE PRENSA
19/02
La Superintendencia de Compañías dispuso la intervención de GRANASA, editora de los diarios EXPRESO y EXTRA como parte de un cuestionado proceso iniciado por la Secretaría Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Público. En respuesta, la SIP advirtió que esta medida “plantea serias dudas sobre el respeto a las garantías fundamentales del debido proceso”. Martha Ramos, presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, afirmó que la intervención “representa un acto intimidatorio que puede inhibir el ejercicio del periodismo libre e independiente”. Fundamedios calificó la intervención como «una acción desproporcionada y de alto riesgo para la independencia editorial» que es parte de un patrón de decisiones y direcciones que restringen y presionan a los trabajadores de la prensa. La Corporación Participación Ciudadana, por su parte, hizo un llamado público para que el Estado garantice y proteja el ejercicio pleno de la libertad de prensa en Ecuador.
LIBERTAD DE PRENSA
09/02
La Misión Especial de la Organización de los Estados Americanos en Guatemala expresó su preocupación este lunes por la postulación de la fiscal general del Ministerio Público, Consuelo Porras, como magistrada titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad. La preocupación de la OEA se debe a que, según el organismo, el Ministerio Público ha incurrido en acciones que atentaron contra el orden democrático, y a evaluaciones previas de parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión en las que se ha documentado un patrón de criminalización contra operadores de justicia, defensores de derechos humanos y periodistas durante su gestión.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
13/02
La Sociedad Interamericana de Prensa celebró la liberación del periodista guatemalteco José Rubén Zamora, quien permaneció privado de libertad durante más de tres años en un proceso ampliamente cuestionado por la ausencia de garantías plenas de debido proceso y por su carácter de represalia frente a su labor de investigación sobre corrupción y crimen organizado.
LIBERTAD DE PRENSA
27/01
El Juez Tercero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, concedió el amparo en el juicio de amparo 825/2025, promovido a instancias de PROJUC en favor de ARTICLE 19, declarando inconstitucional el delito de “ciberasedio” establecido en el artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla.
CIBERDELITOS LIBERTAD DE PRENSA
17/02
En el Congreso fueron presentadas diversas iniciativas para establecer la obligación de identificación de personas usuarias de redes sociales, aplicaciones de citas y usuarios de correo electrónico con el objetivo de establecer verificaciones de edad que impidan el acceso de personas menores de edad a diversos servicios en Internet.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
12/01
El desembargador Sérgio Fusquine Gonçalves, de la 19.ª Cámara Civil del Tribunal de Justicia de Rio Grande do Sul (TJRS), determinó que dos plataformas de apuestas excluyan de sus sistemas a un usuario con conducta de juego compulsivo. El caso se originó a partir de una solicitud del propio usuario, quien alegó una falla de las plataformas en la adopción de políticas de juego responsable previstas en la Ley n.º 14.790/2023 y en la Ordenanza SPA/MF n.º 1.231/2024, lo que lo habría llevado a desarrollar un trastorno de juego patológico (ludopatía), con un perjuicio de más de R$ 129.000. El usuario solicitó su exclusión de las plataformas y el congelamiento, por parte del Banco Central (BC), de sus transacciones financieras destinadas a apuestas. Tras la denegación de las solicitudes en primera instancia, el desembargador, al analizar el recurso, reconoció la gravedad clínica de la ludopatía y descartó la exigencia de autoexclusión por parte del propio apostador. Entendió que las plataformas tienen el deber legal de monitorear conductas de riesgo e intervenir para proteger a la persona consumidora vulnerable, ordenando la exclusión del demandante de las plataformas. No obstante, el magistrado negó la solicitud de bloqueo de transacciones financieras por el BC, por considerar que la medida excede las atribuciones legales de la autarquía.
PROTECCIÓN DE CONSUMIDORES PLATAFORMAS DIGITALES
15/01
El Juez de Goiás, Gustavo Braga Carvalho, del 4.º Juzgado Especial Civil de Goiânia (TJ/GO), estimó parcialmente una demanda en la que una empresa alegó haber sido víctima de la creación de un sitio web y un perfil de Instagram fraudulentos, utilizados por terceros para cometer estafas contra personas consumidoras. La acción se interpuso contra Facebook, la empresa de alojamiento responsable del sitio y Google, bajo el argumento de que, aun tras notificaciones y conocimiento inequívoco del fraude, las plataformas no adoptaron medidas eficaces para retirar los contenidos ilícitos. El juez reconoció la falta de legitimación pasiva de Google, por actuar únicamente como proveedor de búsquedas, y entendió que, respecto de Facebook y de la empresa de alojamiento, el mantenimiento del sitio y del perfil fraudulentos tras tener conocimiento de la irregularidad configuró una falla en la prestación del servicio, en los términos del Marco Civil de Internet. Así, bajo apercibimiento de multa diaria por incumplimiento, se ordenó la retirada definitiva del sitio y del perfil, así como la entrega de los datos de registro y de los registros de acceso de los responsables. Además, el juez condenó a Facebook, a la empresa de alojamiento y al creador del sitio fraudulento al pago de una indemnización por daños morales por el monto de R$ 6.000, en razón de la afectación al honor objetivo de la parte actora.
PROTECCIÓN DE CONSUMIDORES PLATAFORMAS DIGITALES RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS
20/01
La Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD), el Ministerio Público Federal (MPF) y la Secretaría Nacional del Consumidor (Senacon) emitieron una recomendación conjunta a la empresa controladora de la plataforma X (antes Twitter) para la adopción de medidas inmediatas que impidan que la inteligencia artificial Grok genere y difunda contenidos sexualizados indebidos. La orientación incide especialmente sobre contenidos que utilizan imágenes de personas reales sin consentimiento, como mujeres, y sobre cualquier material de carácter sexual que involucre a niños, niñas y adolescentes. La recomendación resulta de un oficio remitido por el Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor (Idec) a integrantes del Comité Intersectorial para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en el Entorno Digital, en el cual se señalaron indicios de violaciones asociadas al uso de la herramienta de IA generativa integrada a X. Entre las medidas recomendadas por las autoridades se incluyen impedir la generación de nuevos contenidos de esta naturaleza, retirar materiales ya disponibles, suspender cuentas que produzcan este tipo de contenido e implementar mecanismos de denuncia y protección de datos, bajo apercibimiento de la adopción de medidas administrativas o judiciales en caso de incumplimiento. Para Idec, la respuesta se limitó a formular recomendaciones, sin medidas más contundentes, como la suspensión de la herramienta, aún frente a la gravedad y la escala de las violaciones de derechos y del uso indebido de datos personales.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL IMÁGENES NO CONSENTIDAS PROTECCIÓN DE MENORES
28/01
El juez Júlio César Lérias Ribeiro, del 6.º Juzgado Especial Civil de Brasilia del Tribunal de Justicia del Distrito Federal y de los Territorios (TJDFT), concedió una tutela de urgencia para determinar que Meta reactive los perfiles de Facebook e Instagram de un precandidato a diputado distrital. De acuerdo con el sitio Conjur, el precandidato perdió el acceso a las cuentas tras hacer clic en un enlace recibido por correo electrónico que aparentaba provenir de la propia plataforma. Según la decisión, el demandante acreditó la titularidad y el uso continuo de los perfiles desde hace años, y demostró el riesgo de un daño grave e irreparable en el contexto de la precampaña electoral, en la que las redes sociales constituyen una herramienta central de comunicación política. El magistrado entendió que el bloqueo por supuesto acceso fraudulento, sin una oportunidad efectiva de defensa por parte de la persona usuaria, compromete el resultado útil del proceso y resulta especialmente sensible al transcurso del tiempo en año electoral; por ello, ordenó la reactivación de las cuentas en el plazo de 15 días, bajo apercibimiento de multa diaria de R$ 250, limitada a R$ 5.000.
ELECTORAL PLATAFORMAS DIGITALES
29/01
El juez Danilo Fadel de Castro, de la 10.ª Vara Civil del Foro Central del Tribunal de Justicia de São Paulo (TJSP), estimó parcialmente la acción de indemnización por daños morales interpuesta por el diputado federal Guilherme Boulos (PSOL/SP) contra Pablo Marçal, a raíz de la divulgación reiterada de informaciones falsas durante las elecciones a la alcaldía de São Paulo en 2024. Según la sentencia, Marçal promovió una campaña difamatoria al asociar públicamente a Boulos con el consumo de drogas ilícitas y al difundir, en la víspera de la elección, un informe médico falso que atribuía al adversario un supuesto brote psicótico derivado del uso de cocaína. La decisión destacó que peritajes de la Policía Civil y de la Policía Federal comprobaron la falsedad del documento, incluida la falsificación de la firma de un médico ya fallecido, descartando la tesis defensiva de desconocimiento del fraude. El magistrado entendió que la conducta excedió los límites de la crítica política y de la libertad de expresión, configurando un acto ilícito, potenciado por el amplio alcance digital del demandado y por estrategias de incentivo a la replicación del contenido ofensivo por terceros. Reconocido el daño moral, el juez condenó a Pablo Marçal al pago de una indemnización por el monto de R$ 100.000 a favor de Boulos.
ELECTORAL IMPUTACIONES CONTRA EL HONOR
02/02
Fue presentado el Proyecto de Ley n.º 98/2026, de autoría de la diputada federal Heloísa Helena (REDE/RJ), que tiene por objeto modificar el Estatuto Digital de la Niñez y la Adolescencia (ECA Digital), con el fin de atribuir deberes a las plataformas digitales, especialmente aquellas que ofrecen juegos electrónicos, entornos virtuales y experiencias de realidad alternativa. El texto prevé obligaciones como la adopción de mecanismos robustos de verificación de edad, el control riguroso de chats e interacciones, el bloqueo de contenidos inadecuados y la evaluación previa y continua de riesgos. El incumplimiento somete a las plataformas a sanciones administrativas, tales como multa, suspensión temporal de funcionalidades, restricción o prohibición de operación, con agravamiento de las penalidades en caso de infracción de deberes específicos, como la verificación etaria.
PROTECCIÓN DE MENORES
02/02
Fue presentado el Proyecto de Ley n.º 58/2026, de autoría del diputado federal Rubens Pereira Júnior (PT/MA), que establece deberes de transparencia en la comunicación digital y regula la responsabilidad de los actores involucrados en la influencia digital, como agencias de publicidad e influenciadores. La propuesta busca garantizar el deber de transparencia en la difusión de contenidos patrocinados o impulsionados, asegurando que el público pueda identificar de manera clara, inequívoca e inmediata aquellos contenidos difundidos mediante remuneración o cualquier tipo de ventaja, prohibiendo prácticas contractuales que oculten dicha naturaleza. Además, dispone que influenciadores, agencias y contratantes respondan solidariamente por los daños causados por campañas pagadas basadas en informaciones falsas o engañosas, impone sanciones administrativas y tipifica el delito de estafa informacional, caracterizado por la inducción de la opinión pública a error mediante contenido pago disimulado, con uso de información falsa o engañosa, con el fin de obtener una ventaja ilícita.
TRANSPARENCIA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
03/02
Fue presentado el Proyecto de Ley n.º 212/2026, de autoría del diputado federal Rubens Pereira Júnior (PT/MA), que criminaliza el uso de deepfakes con finalidad electoral. La propuesta prevé una pena de 2 a 6 años para quien produzca o difunda contenidos generados por IA destinados a difamar, manipular la imagen de candidaturas o influir indebidamente en el voto. El texto también propone modificaciones al Marco Civil de Internet (Ley n.º 12.965/2014), al prever la responsabilidad administrativa y civil solidaria de los proveedores de aplicaciones que, tras notificación formal de la autoridad electoral, de la persona titular del derecho o por decisión judicial, dejen de retirar o de hacer indisponible el contenido.
ELECTORAL INTELIGENCIA ARTIFICIAL
03/02
El vicepresidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el ministro Luis Felipe Salomão, suspendió medidas cautelares que prohibían a un periodista divulgar noticias que involucraban a una diputada, determinaban la remoción de publicaciones e imponían la suspensión temporal de sus perfiles en redes sociales. La decisión fue dictada en un habeas corpus que cuestionaba la legalidad de las restricciones impuestas en una investigación que examina una supuesta campaña de difamación y ataques al honor de la parlamentaria, mediante publicaciones críticas e imputaciones de actos ilícitos. Al analizar el caso, el ministro destacó que la intervención estatal en la actividad periodística es excepcional y que la censura previa está prohibida, conforme a la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal (ADPF 130). Señaló además que eventuales excesos deben ser examinados por vías posteriores y menos gravosas, como el derecho de respuesta, la rectificación o la indemnización. Con ello, quedaron suspendidas las medidas cautelares, y el análisis de fondo quedó a cargo de la Quinta Sala del STJ. El proceso está bajo secreto de justicia.
LIBERTAD DE PRENSA
03/02
El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública publicó la consolidación de las 70 contribuciones recibidas durante la consulta pública sobre mecanismos de verificación etaria en internet, realizada entre octubre y noviembre de 2025. El material servirá de insumo para la elaboración del decreto que reglamentará la Ley n.º 15.211/2025, conocida como el Estatuto Digital de la Niñez y la Adolescencia (ECA Digital), que entra en vigor en marzo de 2026. Elaborado con el apoyo de instituciones como la UNESCO, la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD) y la Secretaría Nacional del Consumidor (Senacon), el documento sistematiza posiciones sobre la verificación etaria, entre las cuales se incluyen la insuficiencia de la autodeclaración para servicios de alto riesgo, la definición de niveles de riesgo para distintos servicios digitales y los impactos de estas medidas sobre la privacidad, la inclusión digital y los costos para las empresas.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
24/01
El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1700, que modifica la Ley de Delitos Informáticos para incorporar el tipo penal de adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos. La redacción ambigua y amplia de la norma representa un riesgo para la libertad de expresión pues no diferencia entre las actividades ilícitas de hackeo y lucro con información confidencial, de otros fines lícitos como, por ejemplo, el acceso o posesión de datos con fines periodísticos.
DATOS DIGITALES CIBERDELITO
11/02
La gestión del Alcalde de Miraflores, Carlos Canales, denunció penalmente al equipo periodístico de “La Encerrona” tras la difusión de un reportaje que informaba sobre una grave vulnerabilidad de seguridad en el portal web del municipio que expuso datos personales de los vecinos. La denuncia emplea el recientemente aprobado delito de adquisición, posesión y tráfico ilícito de datos informáticos para amedrentar al periodista por exponer la negligencia municipal.
LIBERTAD DE PRENSA
12/02
El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 1739, que modifica el Código Penal para incorporar el delito de revelación de información reservada por servidor o funcionario público. Aunque la misma norma establece que excluye como partícipes del delito a los periodistas y medios de comunicación, supone un desincentivo para que se filtre información sobre irregularidades en procesos fiscales o policiales o sobre avances en casos de interés público.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
20/02
El Tribunal Constitucional, en una controvertida decisión, declaró fundado el recurso de hábeas corpus interpuesto por el ex ministro y General del Ejército en retiro Daniel Urresti, anulando la condena de 16 años que se le impuso por el asesinato del periodista Hugo Bustíos en noviembre de 1988; situación que generó alarma entre organizaciones de periodistas y defensores de derechos humanos, reactivando el debate sobre impunidad y protección de la labor periodística.
LIBERTAD DE PRENSA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS