Observatorio Legislativo CELE

Novedades de la actividad legislativa y regulatoria, decisiones judiciales y administrativas

ARGENTINA CHILE PERU BRASIL ECUADOR COLOMBIA GUATEMALA MEXICO

Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2026 a junio de 2026

PAIS PROYECTOS
ARGENTINA 63
BRASIL 36
CHILE 16
COLOMBIA 14
ECUADOR 5
GUATEMALA 1
MEXICO 35
PARAGUAY 14
PERU 17

Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2026 y junio de 2026

Libertad de expresión y derechos políticos 19.9%
Discriminación, violencia y discursos de odio 15.4%
Protección de menores 11.4%
Privacidad y derechos ARCO 7.5%
Inteligencia Artificial 7.0%
Derechos del consumidor 5.0%
Honor y reputación 5.0%
Ciberseguridad 4.0%
Moderación de Contenidos y responsabilidad de intermediarios 3.5%
Acceso a la información 2.5%
Orden Público 2.5%
Moral Pública 2.0%
Propiedad intelectual 2.0%

Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2026 y junio de 2026

Libertad de Expresión y Derechos políticos 19.9%
Discriminación, violencia y discursos de odio 15.4%
Protección de menores 11.4%
Privacidad y derechos ARCO 7.5%
Inteligencia artificial 7.0%
Derechos del consumidor 5.0%
Honor y reputación 5.0%
Ciberseguridad 4.0%
Moderación de contenidos 3.5%
Acceso a la información 2.5%
Orden público 2.5%
Propiedad Intelectual 2.0%
Moral Pública 2.0%
Otros 11.0%

02/06

Se presentó ante el Senado el Proyecto de Ley 949/26, que busca establecer un marco regulatorio integral y unificado para la responsabilidad civil de las plataformas digitales en torno a obligaciones de protección de menores y el establecimiento de medidas de control parental soberano.

PROTECCIÓN DE MENORES

09/06

Se presentó el Proyecto de Ley 2733-D-2026, que busca establecer un régimen de protecciones para el uso de redes sociales para niños, niñas y adolescentes. Esto incluye, pero no se limita a, la responsabilidad civil de las plataformas, la clasificación de riesgo de las plataformas, la prohibición absoluta de acceso a redes sociales para menores de 14, filtros de seguridad y bloqueo de contenido dañino, etcétera.

PROTECCIÓN DE MENORES

09/06

Se presentó el Proyecto de Ley 2744-D-2026, que busca modificar el Código Penal para incluir explícitamente en la pena por producción y/o divulgación de material de abuso sexual infantil a quienes utilizaran Inteligencia Artificial para modificar o generar dicho material.

PROTECCIÓN DE MENORES INTELIGENCIA ARTIFICIAL

16/06

Se presentó el Proyecto de Ley 2832-D-2026, que busca modificar la Ley 23.592, de Actos Discriminatorios, para incluir en la definición de actos discriminatorios la instigación o alentamiento a la destrucción de un estado y/o entidad territorial determinada por motivos de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. De acuerdo a la fundamentación del proyecto, esto se hace con la finalidad de combatir el antisemitismo en la forma de manifestaciones en contra de la existencia del estado de Israel.

DISCURSO DE ODIO

18/06

Se presentó el Proyecto de Ley 2912-D-2026, que busca establecer un marco normativo para el diseño, adquisición, implementación y utilización de sistemas de Inteligencia Artificial por parte del Estado Nacional, con el fin de asegurar la protección de los derechos fundamentales de las personas, la transparencia de las decisiones automatizadas, la protección de los datos personales y la supervisión humana de los procesos que puedan producir efectos jurídicos o impactos significativos sobre la ciudadanía.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

01/06

Se presentó ante la Cámara de Diputados el Boletín 18318-19, refundido con 18224-18, 18246-18. Esta es una iniciativa que busca establecer un régimen de protecciones para el uso de redes sociales para niños, niñas y adolescentes. Esto incluye, pero no se limita a la prohibición absoluta de acceso a redes sociales para menores de 14 y la restricción del acceso a sistemas de inteligencia artificial conversacional, entre otras disposiciones.

PROTECCIÓN DE MENORES

02/06

Ingresó a la Cámara de Diputados el boletín 18320-18, que contiene una iniciativa para modificar la ley N° 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. La modificación establecería que es responsabilidad de los proveedores de redes sociales adoptar medidas para impedir que menores de dieciséis años creen o mantengan cuentas en ellas.

PROTECCIÓN DE MENORES

03/06

Se presentó en el Senado el boletín 18300-04, una moción para prohibir que los prestadores de servicios de redes sociales permitan la creación, mantención o uso de cuentas por personas menores de catorce años. 

PROTECCIÓN DE MENORES

04/06

Se presentó en Cámara de Diputados una moción, a través del boletín 18324-07, para incorporar al Código Procesal Penal la figura del “agente encubierto en línea”. Este sería un funcionario policial actuando bajo identidad supuesta en comunicaciones mantenidas en canales cerrados de comunicación, para lograr el esclarecimiento de hechos que involucren la participación en una asociación delictiva o criminal, establecer la identidad e intervención de sus responsables, conocer los planes de la asociación, y prevenir la comisión de sus delitos o comprobar los que hubieren cometido. El agente encubierto en línea podrá intercambiar o enviar por sí mismo archivos ilícitos por razón de su contenido, pudiendo obtener también imágenes y grabaciones de las referidas comunicaciones.

INTELIGENCIA

07/06

La diputada Rocío Abed presentó un proyecto de declaración que insta a diversas instituciones del Estado a investigar la instalación de los carteles con contenido ofensivo en espacios públicos de Ciudad del Este. La controversia se originó luego de que una de las pantallas mostrara una imagen del ex presidente brasileño Jair Bolsonaro en una escena en la que aparecía golpeando a un jugador de la selección paraguaya, acompañada de mensajes que sugerían una supuesta superioridad de Brasil sobre Paraguay.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

03/06

La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) advirtió que las agresiones contra periodistas durante el cubrimiento de las elecciones presidenciales colombianas aumentaron un 227 % respecto al proceso electoral de 2022. La organización registró 59 ataques relacionados con la campaña y la jornada electoral entre enero y mayo de este año.

LIBERTAD DE PRENSA ELECTORAL

03/06

Tras una demanda de inconstitucionalidad presentada por José David Riveros Namen, la Corte Constitucional eliminó disposiciones clave de la Ley de Encuestas. Se eliminó la restricción contenida en el artículo 5 que indicaba que las encuestas de intención de voto solo podrían realizarse a partir de los tres meses anteriores del primer día de inscripciones de candidatos. Asimismo, se eliminaron requerimientos contenidos en el artículo 12 que exigían que las encuestadoras entregaran los códigos computacionales que permitan recrear las unidades muestrales y los números telefónicos utilizados en encuestas telefónicas. Se consideró que estas disposiciones limitaban desproporcionadamente el derecho a la información y libertad de expresión y que violaban el derecho a la intimidad y el Habeas Data.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN DERECHO A LA PRIVACIDAD ELECTORAL

18/06

La Defensoría del Pueblo reportó que entre el 1 de enero y el 11 de junio de 2026 se registraron 161 eventos de manifestación y movilización social vinculados con el proceso electoral en Bogotá y 71 municipios de 26 departamentos del país. De acuerdo con la entidad, el 64 % de estas actividades se desarrolló de manera completamente pacífica, mientras que en el 36 % restante se registraron afectaciones a la movilidad y a la infraestructura pública o privada.

DERECHO A LA PROTESTA ELECTORAL

18/06

Se presentó el Proyecto de Ley 482642 que modificaría el Código Orgánico Integral Penal y la Ley Orgánica lntegral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el fin de establecer mayores protecciones frente a delitos de violencia digital contra las mujeres. Estas incluyen: La tipificación del grooming digital, del uso de inteligencia artificial para generar o modificar contenido íntimo o sexual no consentido, del doxxing y de la difusión no consentida de contenido íntimo sexual y pornovenganza; así como la implementación de instituciones y herramientas para combatir estas y otras formas de violencia digital contra la mujer.

VIOLENCIA DE GÉNERO PLATAFORMAS DIGITALES

23/05

ARTICLE 19, junto con otras organizaciones nacionales e internacionales, alertó sobre el uso arbitrario de los tipos penales relacionados con inteligencia artificial del Código Penal de San Luis Potosí para detener a comunicadores, periodistas y voces críticas en el estado. En las 48 horas previas, las organizaciones documentaron la detención de Christian Herrera, creador de contenido de la página de Facebook «Código Rojo» en Ciudad Valles —quien permanecía incomunicado de su familia—, así como la de la comunicadora Eréndira Reyes Aguillón, directora de la página «San Wicho Times», y de su hija Alejandra Hermosillo, funcionaria pública, a quienes un juez de control dictó prisión preventiva oficiosa por el delito contra la identidad de las personas, derivado del uso no autorizado de imagen o voz generada mediante inteligencia artificial. Asimismo, advirtieron sobre órdenes de aprehensión contra al menos nueve personas más, incluida la periodista Anahí Torres González, presuntamente vinculadas a la difusión de un video en redes sociales que señalaba al gobernador Ricardo Gallardo y a la Guardia Civil Estatal de colaborar con la delincuencia organizada. Las organizaciones señalaron que, de confirmarse que el procedimiento se sustenta en un video publicado antes de la entrada en vigor de la reforma de noviembre de 2025, se incurriría en una aplicación retroactiva de la ley prohibida por el artículo 14 constitucional, y subrayaron irregularidades en materia de debido proceso, como el uso de órdenes de aprehensión en lugar de citatorios, la opacidad sobre la situación jurídica de las personas detenidas y el recurso al derecho penal como mecanismo de silenciamiento, en contravención del test tripartito de legalidad, necesidad y proporcionalidad.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL LIBERTAD DE PRENSA CENSURA

05/06

Ciudadanas y ciudadanos de San Luis Potosí, en colaboración con ARTICLE 19, presentaron ante el Congreso estatal una iniciativa ciudadana para derogar los artículos 187 TER, 272 BIS y 272 TER del Código Penal del Estado, que tipifican diversas conductas bajo la denominación genérica de «uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social», incorporadas mediante una reforma vigente desde finales de 2025. Dichos tipos penales sancionan la creación o difusión sin consentimiento de contenidos que simulen la apariencia, voz o identidad de una persona real (187 TER); la difusión dolosa de desinformación generada con inteligencia artificial para alterar la paz social (272 BIS); y la manipulación institucional mediante contenidos que simulen declaraciones o actuaciones de autoridades (272 TER). Quienes promovieron la iniciativa advirtieron que estas normas adolecen de falta de taxatividad, pues no establecen criterios objetivos que distingan la crítica legítima a las autoridades de las conductas punibles, lo que otorga a la autoridad un amplio margen de discrecionalidad para perseguir expresiones críticas o materiales de interés público. Asimismo, señalaron que las penas son desproporcionadas —el artículo 272 TER prevé de tres a seis años de prisión, superior a la de ciertos delitos patrimoniales— y que, a menos de seis meses de su entrada en vigor, los tipos penales ya han sido empleados para generar acoso judicial y girar órdenes de aprehensión contra al menos diez personas, entre ellas periodistas y creadores de contenido, configurando un efecto inhibitorio sobre la libertad de expresión.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL LIBERTAD DE EXPRESIÓN

18/05

Se presentó el proyecto de ley n.º 2.435/2026, de autoría del diputado federal Fausto Pinato (UNIÃO/SP), que establece el Sistema Nacional de Prevención y Lucha contra la Violencia Digital contra las Mujeres y las Niñas. La propuesta modifica el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal para incluir contenidos manipulados, sintéticos o simulados, incluidos los generados por inteligencia artificial (IA), entre los delitos relacionados con la difusión no consentida de contenidos íntimos. El texto también establece protocolos para la conservación, el análisis y la gestión de pruebas digitales. Además, prevé medidas para atender, acoger y proteger a las víctimas de la violencia digital, mediante la formación profesional de los funcionarios públicos y campañas públicas de educación digital y sensibilización. La propuesta se inscribe en un contexto de creciente preocupación por la violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito digital, en línea con iniciativas recientes del Poder Ejecutivo, como el decreto n.º 12.976/2026, que establece directrices para la protección de las mujeres en Internet.

ACOSO SEXUAL INTELIGENCIA ARTIFICIAL

18/05

Se presentó el proyecto de ley n.º 2.452/2026, de autoría del diputado federal Ismael Alexandrino (PSD/GO), que establece la obligatoriedad de una clasificación por edades escalonada para los contenidos audiovisuales dirigidos a la primera infancia, que se emitan en espacios físicos comerciales, cadenas de televisión, plataformas de streaming, aplicaciones y redes sociales. El proyecto establece parámetros obligatorios para la clasificación de contenidos infantiles, entre los que se incluye la prohibición de contenidos que contengan violencia, acoso escolar, contenido sexual, sexualización infantil, estímulos sensoriales intensos y conflictos sin resolución pacífica. El texto también atribuye obligaciones a las plataformas digitales, como la implantación de sistemas de verificación de la edad, la auditoría previa de los contenidos infantiles disponibles y la puesta en marcha de canales de denuncia.

PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES

20/05 

El presidente Luiz Inácio Lula da Silva promulgó los decretos 12.975/2026 y 12.976/2026, que modifican la normativa del Marco Civil de Internet y establecen medidas de protección para las mujeres en el entorno digital. El decreto 12.975/2026 actualiza el decreto n.º 8.771/2016, incorporando interpretaciones recientes del Tribunal Supremo Federal (STF) sobre la responsabilidad de los intermediarios por los daños derivados de contenidos de terceros, establecidas en la sentencia sobre la constitucionalidad del artículo 19 del Marco Civil de Internet. Entre las medidas previstas, el decreto establece los procedimientos que deben adoptar los proveedores de aplicaciones en la moderación de contenidos, incluidos mecanismos de garantías procesales y canales de denuncia para los usuarios. El texto también atribuye a la Agencia Nacional de Protección de Datos (ANPD) la competencia para supervisar el cumplimiento de la norma, pudiendo definir criterios diferenciados, teniendo en cuenta el tamaño económico, el nivel de interferencia en la circulación de contenidos de terceros y los riesgos que conlleva el servicio, especialmente en el caso de los pequeños proveedores. Por su parte, el decreto n.º 12.976/2026 establece directrices para la protección de las mujeres en Internet. La propuesta regula las obligaciones de las plataformas digitales en la prevención y la lucha contra la violencia contra las mujeres, incluyendo mecanismos de denuncia y moderación de contenidos. Las medidas se anunciaron durante la ceremonia de los 100 días del Pacto Nacional de Brasil contra el Femicidio.

VIOLENCIA DE GÉNERO PLATAFORMAS DIGITALES

29/05

El juez Douglas de Melo Martins, del Juzgado de Intereses Difusos y Colectivos de São Luís, del Tribunal de Justicia de Maranhão (TJ-MA), estimó la demanda civil pública interpuesta por entidades de defensa del consumidor contra Raia Drogasil S.A., prohibiendo la práctica de condicionar los descuentos a que el cliente facilite obligatoriamente su número de CPF o cualquier otro dato personal. La demanda impugnaba la recopilación masiva de datos sin consentimiento libre e informado con fines de marketing y elaboración de perfiles. En la sentencia, el juez destacó que dicha práctica somete a los clientes a una «coacción económica», especialmente en la compra de medicamentos, lo que constituye una ventaja excesiva y una venta vinculada indirecta, prohibidas por el Código de Defensa del Consumidor. Ante ello, además de prohibir dicha conducta bajo pena de una multa diaria de 100.000 reales, el magistrado condenó a Raia Drogasil al pago de 10 millones de reales por daños morales colectivos, importe que se destinará al Fondo Estatal de Protección de los Derechos Difusos.

DEFENSA DEL CONSUMIDOR

01/06

Se presentó el proyecto de ley n.º 2.765/2026, de autoría del diputado federal Ribeiro Neto (SOLIDARIEDADE/MA), que modifica el Estatuto de la Igualdad Racial (ley n.º 12.288/2010) con el fin de promover la inclusión digital y productiva de las comunidades quilombolas. La modificación complementa el artículo 42 del Estatuto, que establece que el Ejecutivo federal puede fijar criterios para ampliar la participación de las personas negras en cargos de comisión y funciones de confianza, y prevé que las políticas y programas federales promuevan también la inclusión productiva, la inclusión digital, la conectividad, la innovación y la transformación digital, teniendo en cuenta las necesidades específicas de las comunidades quilombolas. El proyecto también recoge medidas destinadas a ampliar el acceso a Internet y a la infraestructura digital, a la formación en competencias tecnológicas y al fomento del espíritu emprendedor.

ACCESIBILIDAD

12/06

El Pleno del Congreso aprobó, con 83 votos a favor, el informe de la comisión investigadora presidida por el congresista Alejandro Muñante sobre el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht, que recomienda al Ministerio Público evaluar acciones penales contra el periodista Gustavo Gorriti, director de IDL-Reporteros, por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias y obstrucción a la justicia. La iniciativa parlamentaria de atribuir responsabilidad penal a un periodista por reportar avances de investigaciones y emitir opiniones editoriales representa un grave riesgo para la libertad de prensa constituye un intento de criminalizar el periodismo de investigación y envía una señal intimidatoria a todos los periodistas que cubren casos de corrupción.

LIBERTAD DE PRENSA CENSURA

13/06

Se promulgó la Ley N° 32645, que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP), institución de derecho público encargada de representar, ordenar y supervisar el ejercicio profesional de las disciplinas artísticas. La norma exige título universitario o de instituto superior como requisito de colegiación, lo que ha generado un amplio rechazo en la comunidad artística por excluir a quienes no cuenten con formación formal. Críticos también señalan que las facultades del CPAP para «ordenar y supervisar» las disciplinas artísticas abren la puerta a mecanismos de control y eventual censura indirecta sobre la producción cultural.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

19/06

La Procuraduría Pública Especializada en Delitos Contra el Orden Público presentó una denuncia penal ante la Fiscalía por el presunto delito de perturbación de la tranquilidad pública contra nueve personas, entre ellas los comunicadores Hernando Cevallos, Claudia Cisneros, Pavel Yábar y César Tito Rojas, por haber difundido en sus redes sociales convocatorias a la marcha del 19 de junio; buscando criminalizar la convocatoria a una protesta pacífica como una forma de intimidación directa al ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la reunión.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN