Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2025 a marzo de 2026
| PAIS | PROYECTOS | |
|---|---|---|
| ARGENTINA | 63 | |
| BRASIL | 36 | |
| CHILE | 16 | |
| COLOMBIA | 14 | |
| ECUADOR | 5 | |
| GUATEMALA | 1 | |
| MEXICO | 35 | |
| PARAGUAY | 14 | |
| PERU | 17 |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y marzo de 2026
| Libertad de expresión y derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia Artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de Contenidos y responsabilidad de intermediarios | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden Público | 2.5% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Propiedad intelectual | 2.0% |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y diciembre de 2025
| Libertad de Expresión y Derechos políticos | 19.9% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 15.4% | |
| Protección de menores | 11.4% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 7.5% | |
| Inteligencia artificial | 7.0% | |
| Derechos del consumidor | 5.0% | |
| Honor y reputación | 5.0% | |
| Ciberseguridad | 4.0% | |
| Moderación de contenidos | 3.5% | |
| Acceso a la información | 2.5% | |
| Orden público | 2.5% | |
| Propiedad Intelectual | 2.0% | |
| Moral Pública | 2.0% | |
| Otros | 11.0% |
02/03
La diputada Silvana Giudici presentó el Proyecto de Ley N° 0004-D-2026, que establecería presupuestos mínimos para la promoción y desarrollo de la inteligencia artificial en Argentina. El proyecto define principios de privacidad, transparencia, no discriminación y rendición de cuentas; prevé etiquetado de contenidos realistas generados por IA y prohíbe ciertos usos de alto riesgo, incluidos los que puedan afectar autonomía personal, derechos políticos o libertad de expresión. Es una iniciativa amplia de gobernanza digital más que una norma punitiva de discurso.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
02/03
La diputada Silvana Giudici presentó ante la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley N° 0005-D-2026, que busca modificar el Código Penal para introducir un nuevo artículo que sancione el uso de inteligencia artificial destinado a generar, manipular o publicar imágenes, videos o audios que repliquen rostro o voz de una persona sin consentimiento. Esta iniciativa busca responder a deepfakes y clonación biométrica, con enfoque penal y agravantes. Aunque protege la privacidad e imagen, también impacta directamente la circulación de expresión y contenidos digitales.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL DEEPFAKES
12/03
En su Informe Mundial 2026, Human Rights Watch advirtió sobre el deterioro del espacio cívico en Argentina y señaló que el 12 de marzo cientos de jubilados y otros manifestantes se reunieron frente al Congreso Nacional para exigir mejoras en las jubilaciones y en el acceso a medicamentos gratuitos. La organización reportó detenciones masivas durante la protesta y reiteró que el presidente Javier Milei y altos funcionarios han utilizado una retórica hostil para estigmatizar a periodistas. El informe también recordó preocupaciones previas sobre posibles planes de vigilancia estatal de personas que “socavaran la confianza pública” en autoridades o políticas gubernamentales.
LIBERTAD DE PRENSA DERECHO A LA PROTESTA
19/03
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), en su Informe de la Comisión de Libertad de Prensa presentado el 19 de marzo, volvió a expresar preocupación por el clima de hostilidad oficial hacia el periodismo. El documento destacó como uno de los hechos más inquietantes del semestre la creación de la Oficina de Respuesta Oficial, cuestionada por su potencial para instalar una “verdad oficial” y presionar indirectamente al periodismo crítico. ADEPA también señaló como episodios recientes la descalificación del periodista Juan Manuel Barca por parte del ministro Luis Caputo y la citación a declarar de Natalia Volosin por su investigación sobre el caso $Libra, lo que encendió alertas sobre un eventual efecto intimidatorio y el resguardo de las fuentes periodísticas.
LIBERTAD DE PRENSA ACCESO A LA INFORMACIÓN
02/03
La Cámara de Diputadas y Diputados registró movimiento legislativo en el proyecto de ley que regula la creación y difusión de imitaciones digitales realistas de la imagen, cuerpo o voz de las personas generadas mediante inteligencia artificial (boletín 17795-19). El 2 de marzo volvió a presentarse urgencia simple para la iniciativa, que busca regular los deepfakes y otros contenidos sintéticos realistas. El avance confirma que la regulación de la IA y de los contenidos manipulados siguió siendo un tema activo en la agenda chilena durante marzo.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL CONTENIDO DIGITAL
02/03
También continuó activa en marzo la tramitación del proyecto marco que regula los sistemas de inteligencia artificial (boletín 16821-19, refundido con 15869-19), impulsado por el Ejecutivo. La iniciativa se orienta a establecer reglas de riesgo, transparencia, protección de derechos y obligaciones para distintos actores del ecosistema digital. Aunque no está centrada exclusivamente en libertad de expresión, sí tiene implicancias directas para privacidad, automatización de decisiones y gobernanza de sistemas que median información en entornos digitales.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL DERECHOS DIGITALES
15/03
La Asociación Nacional de la Prensa difundió en Chile los resultados del Índice Chapultepec 2025 de la SIP, que describió un deterioro regional grave de la libertad de prensa en las Américas. Si bien Chile se mantuvo entre los países con mejor desempeño relativo en la región, el informe alertó sobre la necesidad de fortalecer mecanismos de protección para periodistas y revisar marcos legales o regulatorios que puedan restringir o desalentar la libre expresión.
LIBERTAD DE PRENSA
09/03
ABC Color informó que la Entidad Binacional Yacyretá impuso una circular interna que prohíbe a funcionarios filtrar documentos o hablar con la prensa sin autorización de la asesoría de comunicación. La medida fue descrita como una “ley del silencio” y generó fuertes cuestionamientos por su efecto restrictivo sobre la circulación de información pública y por el riesgo de represalias administrativas o laborales contra quienes contacten a periodistas.
LIBERTAD DE PRENSA ACCESO A LA INFORMACIÓN
09/03
Se publicó en la Biblioteca y Archivo Central del Congreso la Ley N° 7593/2025 de Protección de Datos Personales en la República del Paraguay. La nueva norma establece un marco general para el tratamiento de datos personales, define derechos de las personas titulares y crea obligaciones para responsables y encargados del tratamiento. La entrada en escena de esta ley marca un cambio estructural en la regulación paraguaya sobre privacidad, datos y entorno digital.
DATOS PERSONALES PRIVACIDAD
23/03
Durante un acto policial en Luque, el presidente Santiago Peña lanzó críticas contra empresarios y medios de comunicación, a los que acusó de oponerse a la modernización de la Policía Nacional y de proyectar una imagen distorsionada de su gestión. El episodio fue leído por sectores de prensa como una nueva muestra de confrontación verbal desde el poder político hacia los medios, en un contexto donde persisten preocupaciones sobre libertad de expresión y acceso a información pública.
LIBERTAD DE PRENSA
19/03
La Organización de la Naciones Unidas publicó un Informe temático sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia (2022-2025), en el que se identifica un aumento progresivo en el número de homicidios de personas defensoras desde la firma del Acuerdo de Paz en 2016. Entre 2016 y 2025, ONU Derechos Humanos documentó 972 casos de homicidios de personas defensoras de derechos humanos.
DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
20/03
La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia afirmó en el fallo de un caso de violencia intrafamiliar que Meta Platforms Inc., como administradora de la red social Facebook, tiene el deber de implementar acciones para impedir la difusión de contenidos estigmatizantes o que inciten a la violencia contra mujeres, niñas y niños en la plataforma. Además de ordenar a Meta retirar las publicaciones y suprimir la reproducción de los mensajes que un usuario denunciado por violencia psicológica contra su excompañera e hijas realizó en su cuenta de Facebook; la Corte estableció un precedente importante en lo que respecta a responsabilidad de las compañías administradoras de plataformas digitales, al indicar que Meta y otras compañías en posiciones similares tienen la responsabilidad de prevenir, a través de su diseño y moderación de contenidos en sus plataformas, la difusión de contenidos que incitan a la violencia, reproducen estereotipos denigrantes o revictimizan a las mujeres.
VIOLENCIA DIGITAL MODERACIÓN DE CONTENIDOS PLATAFORMAS DIGITALES
03/03
Fundamedios alertó que el Ejército ecuatoriano calificó públicamente como “falsas” notas de Primicias y Ecuavisa sobre operaciones fronterizas con Colombia. La organización señaló que este tipo de descalificación, en vez de recurrir a mecanismos formales de rectificación o aclaración, constituye una práctica estigmatizante contra la prensa y puede debilitar el debate democrático, especialmente cuando proviene de instituciones con poder coercitivo.
LIBERTAD DE PRENSA
04/03
Fundamedios registró otro episodio de discurso estigmatizante luego de que la Fiscalía General del Estado calificara como “descontextualizado” un video difundido por el medio digital La Defensa sobre una audiencia del caso Goleada. Aunque las autoridades pueden responder públicamente a informaciones que consideren incompletas o erróneas, la organización advirtió que la forma elegida puede contribuir a desacreditar al medio y tensionar el trabajo periodístico en un caso de alta sensibilidad política.
LIBERTAD DE PRENSA ACCESO A LA INFORMACIÓN
25/03
La asambleísta María Paula Villacreses presentó el Proyecto de Ley N° 479074, que busca regular, prevenir y sancionar simulaciones de imágenes, voces, audios y videos generados mediante inteligencia artificial. La propuesta se orienta a los llamados deepfakes e incluye referencias a etiquetado de contenido, protección de la honra, identidad y seguridad digital. Aunque se presenta como una respuesta a usos no consentidos de IA, abre un debate relevante sobre los límites de la regulación de contenidos sintéticos y su impacto sobre la expresión en línea.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL CONTENIDO DIGITAL
26/03
La asambleísta Karolina Dueñas presentó el Proyecto de Ley N° 479132, por el que se pretende reformar el Código Orgánico Integral Penal para sancionar la explotación sexual infantil mediante inteligencia artificial, incluyendo producción, simulación y recreación de material, y agravando conductas cuando se usan plataformas digitales, IA o mecanismos de contacto y engaño en línea. Aunque incide en contenido digital, su núcleo es la tutela reforzada contra abuso sexual infantil.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL PROTECCIÓN DE MENORES
19/03
Prensa Comunitaria destacó, a partir del Índice Chapultepec 2025, que el periodismo guatemalteco sigue enfrentando “terrorismo judicial”, con un entorno marcado por presiones institucionales, estigmatización y uso del sistema de justicia para intimidar o silenciar voces críticas. El análisis subrayó que el deterioro de las condiciones para informar ha llevado a la autocensura y al exilio de periodistas, en un país donde continúan los ataques a la prensa y la fragilidad de las garantías para ejercer el oficio.
LIBERTAD DE PRENSA
24/03
La Corte Suprema de Justicia de Guatemala reconoció que se vulneraron derechos constitucionales del periodista José Rubén Zamora y que autoridades judiciales se excedieron en sus atribuciones durante el proceso en su contra. El fallo representó un giro relevante en uno de los casos emblemáticos de criminalización judicial del periodismo en la región y fue interpretado por organizaciones y medios como un recordatorio de los déficits estructurales del sistema de justicia guatemalteco en materia de libertad de expresión y debido proceso.
LIBERTAD DE PRENSA DEBIDO PROCESO
03/03
El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua sancionó a Miguel Alfonso Meza, presidente de la organización Defensorxs AC, por hacer publicaciones que expusieron los vínculos de una candidata a jueza con el narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán, como parte del proyecto narcopolíticos. El tribunal ordenó la remoción de diversos enlaces en Instagram y TikTok, así como la emisión de una disculpa pública. Meza ha anunciado que no cumplirá la sentencia.
DELITOS CONTRA EL HONOR
24/03
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas porciones normativas del artículo 160 Bis, primer párrafo, del Código Penal para el Estado de Tabasco.
La norma buscaba castigar, como parte del delito de amenazas, mensajes colocados en espacios públicos (por ejemplo, mantas o cartulinas) que alteraran la paz y el orden. La SCJN determinó que la redacción era tan amplia que podía abarcar no solo mensajes vinculados con el crimen, sino también cualquier expresión ciudadana o de protesta. Esto podía derivar en sanciones arbitrarias y provocar un efecto de autocensura, al inhibir el ejercicio de la libertad de expresión por temor a consecuencias penales.
Por ello, concluyó que la disposición vulneraba la libertad de expresión, el derecho a la información y el principio de legalidad penal en su vertiente de taxatividad, que exige que las normas sean claras. Además, podía resultar desproporcionado frente al objetivo de proteger la paz y la seguridad.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
02/03
Se presentó el proyecto de ley n.º 846/2026, de autoría del senador Marcio Bittar (PL/AC), por el que se promulga la Ley de Gobernanza de la Inteligencia Artificial en el Sector Público. La propuesta establece normas para el uso ético, transparente y auditable de los sistemas de inteligencia artificial por parte de los organismos de la administración pública. En concreto, el texto determina que los sistemas de IA utilizados por los poderes públicos deberán respetar los derechos fundamentales, garantizar la transparencia y la explicabilidad de las decisiones automatizadas y permitir la supervisión humana. También exige la elaboración de Informes de Impacto Algorítmico, que deberán elaborarse antes de la implementación de sistemas que puedan afectar a los derechos fundamentales. Además, el proyecto prohíbe el uso de la IA para la manipulación de la opinión pública, la censura, el control ideológico o cualquier forma de restricción indebida de la libertad de expresión, así como la adopción de sistemas de clasificación y puntuación social, previendo sanciones administrativas en caso de incumplimiento. Cabe destacar que se está tramitando en la Cámara de Diputados el proyecto de ley n.º 2.338/2023, que también aborda, entre otros temas, el uso de la IA por parte de los poderes públicos.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
02/03
El Tribunal Superior Electoral (TSE) aprobó una resolución que modifica las normas sobre la propaganda electoral e introduce nuevas disposiciones sobre el uso de la inteligencia artificial en las elecciones de 2026. El TSE, mediante la Instrucción n.º 0600751-65.2019.6.00.0000, aprobó la Resolución 23.755/2026, que modifica la Resolución n.º 23.610/2019, la cual regula la propaganda electoral. Entre los principales cambios, la norma prohíbe que los sistemas de inteligencia artificial de las plataformas clasifiquen, recomienden, sugieran o den prioridad a candidaturas, campañas, partidos políticos, federaciones o coaliciones, así como que emitan opiniones o indiquen preferencias electorales. Otra modificación establece que los nuevos contenidos sintéticos generados o alterados por IA que utilicen imágenes, voces o declaraciones de candidatos o figuras públicas no podrán circular en las 72 horas anteriores y en las 24 horas posteriores a la finalización de las elecciones, aunque estén debidamente etiquetados. La resolución también prevé la responsabilidad solidaria de los proveedores cuando, siendo conscientes de la irregularidad, no eliminen contenidos generados por inteligencia artificial que incumplan las normas de etiquetado, reproduzcan contenidos ya eliminados por orden de la Justicia Electoral o mantengan publicaciones que constituyan violencia política contra la mujer.
ELECTORAL INTELIGENCIA ARTIFICIAL
03/03
El ministro Flávio Dino, del Tribunal Supremo Federal (STF), suspendió la resolución del Tribunal Superior de Justicia (STJ) que había ordenado la retirada y la prohibición de la difusión de un documental que se iba a emitir en streaming sobre el grupo religioso Heraldos del Evangelio. Las reclamaciones n.º 90.822 y n.º 90.982 se presentaron a raíz de la decisión del STJ que estimó la solicitud formulada por miembros de la organización, quienes pretendían impedir la difusión de la serie documental, alegando que la obra utilizaría información procedente de una investigación confidencial llevada a cabo por el Ministerio Público. En el transcurso del proceso, el STJ ordenó la retirada de contenidos y prohibió nuevas divulgaciones relacionadas con el documental. Al analizar las reclamaciones, el ministro Flávio Dino consideró que la decisión impugnada contravenía la jurisprudencia del STF, que prohíbe la censura previa y garantiza una amplia protección de la libertad de expresión y de prensa. Según el ponente, el uso de elementos relacionados con investigaciones confidenciales no autoriza la prohibición anticipada de la obra periodística o audiovisual. Así, el ministro anuló la decisión del STJ y permitió la proyección del documental, manteniendo únicamente la prohibición de divulgar documentos procesales efectivamente protegidos por el secreto de justicia.
CONTENIDOS DIGITALES ACCESO A LA INFORMACIÓN LIBERTAD DE PRENSA
03/03
El juez Fábio Aparecido Tironi, del Juzgado 1.º de Menores de la Comarca de Sorocaba (SP), condenó a un influencer y a varias plataformas digitales al pago de R$500.000 por daños morales colectivos tras la publicación de vídeos en los que se abordaba y se exponía en redes sociales a niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad social. En este caso, el influencer entrevistaba a niños y adolescentes que trabajaban en los semáforos vendiendo comida y difundía información como su imagen, nombre y edad, además de presentar sus historias personales al público. Según la resolución, la producción y difusión de estos contenidos se llevó a cabo sin medidas adecuadas para proteger la identidad de los jóvenes. La sentencia ordenó la retirada de los vídeos de las plataformas, prohibió al influencer producir nuevos contenidos similares y ordenó la devolución de unos R$950.000 obtenidos con las publicaciones. Al fundamentar la decisión, el juez destacó que el uso de la imagen de niños en situación de vulnerabilidad con fines de captación de seguidores o monetización viola su dignidad y contraviene el principio del interés superior del niño. También subrayó que, en los casos que afectan a los derechos fundamentales de los niños y adolescentes, la protección integral prevista en la Constitución Federal prevalece sobre las limitaciones de responsabilidad previstas en el Marco Civil de Internet.
PROTECCIÓN DE MENORES CONTENIDOS DIGITALES
10/03
Se presentó el proyecto de ley n.º 1.087/2026, promovido por el diputado federal Amom Mandel (CIDADANIA/AM), que modifica el Código Penal para tipificar como delito la incitación a la violencia o la discriminación contra las mujeres a través de contenidos misóginos organizados, incluso en entornos digitales. En concreto, el proyecto crea el artículo 147-C del Código Penal, que establece una pena de prisión de seis meses a dos años y una multa para quienes inciten, estimulen u organicen discursos que fomenten la violencia física, psicológica, sexual o patrimonial contra las mujeres, o que promuevan su menosprecio con el objetivo de legitimar la exclusión o la subyugación. La pena podrá agravarse cuando la conducta se produzca a través de redes sociales o plataformas digitales de amplia difusión. Según la exposición de motivos, la propuesta pretende hacer frente a las comunidades y contenidos misóginos organizados en internet que traspasen el ámbito de la opinión para incitar a comportamientos violentos o prácticas delictivas contra las mujeres, reforzando los instrumentos legales de prevención y responsabilización.
PLATAFORMAS DIGITALES DISCURSO DE ODIO
10/03
El ministro Alexandre de Moraes, del Tribunal Supremo Federal (STF), ordenó el archivo de la investigación n.º 4.957, abierta para esclarecer posibles conductas del empresario Elon Musk relacionadas con el funcionamiento de la red social X en Brasil. La investigación se había iniciado para esclarecer posibles delitos como obstrucción a la justicia e incitación al delito, a partir de sospechas de incumplimiento de resoluciones judiciales relacionadas con el bloqueo de perfiles en la plataforma. Tras la realización de diligencias y el análisis de la información facilitada por la empresa, la Fiscalía General de la República se pronunció a favor del archivo de la investigación, señalando la ausencia de elementos que indicaran un comportamiento doloso por parte de la plataforma o de sus representantes en el incumplimiento de las órdenes judiciales. Al aceptar la solicitud, el ponente destacó que, en el sistema acusatorio brasileño, corresponde al Ministerio Público evaluar la existencia de causa justificada para la interposición de la acción penal, razón por la cual la solicitud de archivo debe ser atendida en ausencia de base probatoria suficiente para presentar una denuncia.
PLATAFORMAS DIGITALES RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS
10/03
El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP) solicitó aclaraciones a TikTok sobre la tendencia “si ella dice que no”, en la que los hombres simulan agresiones físicas contra maniquíes femeninos tras haber sido supuestamente rechazados sentimentalmente. En concreto, el MJSP solicita información sobre las medidas adoptadas por la plataforma para frenar la difusión de contenidos violentos asociados a esta tendencia misógina. La notificación establece un plazo de cinco días para que se faciliten aclaraciones sobre el funcionamiento de los sistemas automatizados de moderación y recomendación de contenidos, los mecanismos de revisión humana y el seguimiento de tendencias. Además, la plataforma debe informar de si los perfiles se han monetizado gracias al alcance generado. La notificación señala que la difusión masiva de este tipo de contenido puede constituir un fallo sistémico. Por último, el documento destaca que los proveedores de aplicaciones tienen la obligación de retirar los contenidos que propaguen discursos de odio contra las mujeres, bajo pena de responsabilidad civil, de conformidad con una reciente decisión del Tribunal Supremo Federal (STF) que declaró parcialmente inconstitucional el artículo 19 del Marco Civil de Internet.
VIOLENCIA DE GÉNERO PLATAFORMAS DIGITALES RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS
11/03
Se presentó el proyecto de ley n.º 1103/2026, de autoría del diputado federal Waldemar Oliveira (AVANTE/PE), que propone prohibir la distribución o reproducción de fonogramas y obras audiovisuales que hagan apología de delitos contra la dignidad sexual, del tráfico ilícito de drogas, de la violencia contra las mujeres o que menosprecien la imagen femenina. La propuesta establece que los compositores, productores o intérpretes deberán someter previamente las obras a un procedimiento administrativo de verificación por parte de un órgano del Poder Ejecutivo federal, encargado de autorizar su distribución o reproducción tras analizar su conformidad con las normas previstas en la ley. El texto también prevé que la prohibición se aplique a los contenidos generados parcial o totalmente por sistemas de inteligencia artificial generativa. Según la exposición de motivos, la medida busca reducir la normalización social de prácticas delictivas y de contenidos que inciten a la violencia o a la discriminación de género en medios de gran difusión.
APOLOGÍA
17/03
Según el sitio web Migalhas, el magistrado Raúl Araújo, de la Sala Cuarta del Tribunal Superior de Justicia (STJ), estimó un recurso especial para reconocer la legalidad de la eliminación de canales de YouTube que reproducían fragmentos de retransmisiones deportivas sin autorización. En este caso, el demandante mantenía canales en la plataforma con vídeos en los que comentaba partidos de fútbol, utilizando imágenes extraídas de retransmisiones televisivas, y sus cuentas fueron eliminadas tras las notificaciones de infracción de derechos de autor presentadas por terceros. El Tribunal de Justicia de São Paulo había ordenado la reactivación de los canales, pero el STJ revocó la decisión al considerar que la eliminación fue legítima, ya que estaba amparada por la legislación sobre derechos de autor y las normas contractuales de la plataforma. El ponente, el magistrado Raul Araújo, destacó que los proveedores pueden eliminar contenidos basándose en sus condiciones de uso, como parte de su actividad de cumplimiento normativo, siempre que no haya abuso, y que el Marco Civil de Internet no impide la retirada de contenidos ilícitos o que violen los derechos de terceros.
PLATAFORMAS DIGITALES DERECHOS DE AUTOR
20/02
El Tribunal Constitucional dispuso la liberación del exministro Daniel Urresti al declarar prescrita la acción penal en el caso por el asesinato del periodista Hugo Bustíos. La decisión, que anula una condena previa y que había calificado los hechos como delito de lesa humanidad, plantea serias preocupaciones desde el enfoque de libertad de expresión, al debilitar las garantías de justicia en casos de violencia contra periodistas.
LIBERTAD DE PRENSA