Observatorio Legislativo CELE

Novedades de la actividad legislativa y regulatoria, decisiones judiciales y administrativas

ARGENTINA BRASIL CHILE PARAGUAY PERU ECUADOR COLOMBIA MEXICO GUATEMALA

Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2024 a abril de 2024

PAIS PROYECTOS
ARGENTINA 10
BRASIL 14
CHILE 4
COLOMBIA 2
ECUADOR 1
GUATEMALA 1
MEXICO 13
PARAGUAY
PERU 12

Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2024 y abril de 2024

Acceso a la información 17.2%
Igualdad y no discriminación 11.0%
Protección de menores 10.0%
Libertad de expresión 7.2%
Reputación y honor 5.3%
Seguridad nacional 4.5%
Violencia de género 4.0%
Responsabilidad de intermediarios 2.9%
Acceso a internet 2.7%
Pornografía 2.1%
Apología 1.9%
Acoso 1.5%
Publicidad oficial 1.4%

Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2024 y abril de 2024

Acceso a la información 4.8%
Acoso 9.5%
Apología 4.8%
Libertad de culto 1.6%
Igualdad y no discriminación 15.9%
Publicidad oficial 4.8%
Fake News 1.6%
Protección de menores 14.3%
Reputación y honor 4.8%
Moderación de contenidos 4.8%

27/05

El 27 de mayo el Ministerio de Seguridad, liderado por Patricia Bullrich, emitió la Resolución 428/2024, la cual establece un protocolo para que las fuerzas de seguridad federales realicen labores “preventivas” en el ciberespacio utilizando fuentes digitales abiertas y de acceso público. Una de las preocupaciones que giran en torno a esta normativa es la consideración de las fuentes abiertas “como los medios y plataformas de información y comunicación digital de carácter público, no sensible y sin clasificación de seguridad, cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas”. 

PRIVACIDAD PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

26/04

Proyecto de ley presenta reglas para desarrollo y utilización de IA en Brasil. El diputado Júnior Mano (PL/CE) presentó el proyecto de ley (PL) nº 1465/2024, que tiene como objetivo establecer reglas para el desarrollo y la operación de la inteligencia artificial (IA) en el país. Entre los objetivos y principios mencionados en el proyecto, se encuentran la centralidad del individuo y la participación de personas humanas en el desarrollo de la tecnología, el libre desarrollo de la personalidad, la inclusión digital, la libertad de elección, la transparencia y la rendición de cuentas. El PL también presenta una gradación de riesgo para la categorización de IA, que varía entre moderado, alto o excesivo. En este caso, las IAs comprendidas bajo la clasificación de riesgo excesivo estarían prohibidas. Por último, en lo que respecta a la responsabilidad, se establece la culpa presumida del operador o proveedor del sistema de IA. En el caso de sistemas de alto riesgo o excesivo, se emplea el régimen de responsabilidad objetiva. El Proyecto surge en un momento en que los debates sobre IA ganan protagonismo en el Congreso Nacional: el 24.04, la Comisión Temporaria Interna sobre Inteligencia Artificial (CTIA) del Senado Federal publicó un informe preliminar que contiene una propuesta para la regulación de IA en Brasil. Este nuevo texto incorpora elementos de otros proyectos de ley sobre el tema, como el PL 2.338/2023 y el PL 21/2020.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

26/04

Lula y la Coalición Brasil de la Esperanza reciben multa por propaganda electoral negativa. El Tribunal Superior Electoral condenó al presidente Lula y a la Coalición Brasil de la Esperanza a pagar una multa de R$84.000 por patrocinar propaganda electoral negativa en las elecciones de 2022 contra Jair Bolsonaro. Específicamente, el vídeo promocionado mencionaba acciones y palabras de Jair Bolsonaro, refiriéndose a él como “incompetente” y “inhumano”, entre otras acusaciones. En su defensa, la Coalición Brasil de la Esperanza argumentó que, “a pesar del tono severo”, la propaganda tenía la intención de “informar a los electores sobre las conductas pasadas del candidato”. La decisión declaró que la campaña violó el artículo 57-C, §3º de la Ley Electoral, que solo permite la promoción de contenido que beneficie a candidatos o a sus agrupaciones

ELECCIONES

03/05

Partido Liberal cuestiona ley contra la divulgación de desinformación durante la crisis sanitaria. El Partido Liberal (PL) propuso una Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) nº 7.693/BA, contra la Ley Estatal de Bahía nº 14.268/2020, que establece sanciones contra aquellos que divulguen información falsa durante una crisis sanitaria. Dicha ley establece sanciones para “quienes divulguen, a través de medios impresos, televisivos, de radiodifusión o electrónicos, información falsa, sin procedencia oficial, sobre epidemias, endemias y pandemias en el Estado de Bahía, sin citar la fuente primaria“, con la posibilidad de aplicar multas que pueden variar entre R$ 5.000 y R$ 20.000. El partido, en la ADI, argumenta que la ley “viola principios constitucionales relacionados con la libertad de prensa, de pensamiento, manifestación y expresión”. 

DESINFORMACIÓN

09/05

Justicia de Rio Grande do Sul determina que Meta elimine publicaciones de influencer que contienen desinformación. La jueza Fernanda Ajnhorn, del Tribunal de Justicia de Rio Grande do Sul (TJRS), ordenó a Meta que retire, en un plazo de 24 horas, las publicaciones del influencer Dilson Alves da Silva Neto, conocido como Nego Di. El caso surgió en el contexto de una Acción Civil Pública (ACP) presentada por el Ministerio Público de Rio Grande do Sul (MPRS), que impugnó publicaciones de Nego Di en las que afirmaba que Eduardo Leite, gobernador de Rio Grande do Sul, junto con la Brigada Militar, estaban prohibiendo a embarcaciones y motos acuáticas privadas realizar operaciones de rescate en Canoas, ciudad afectada por las inundaciones de abril y mayo, debido a la supuesta falta de habilitación de los conductores. La jueza Fernanda Ajnhorn consideró que, ante el estado de calamidad pública causado por las fuertes lluvias en Rio Grande do Sul, la circulación de noticias falsas obstaculiza el trabajo de rescate, genera incertidumbre e inseguridad en la población, y desalienta la ayuda de la sociedad. Además de la orden dirigida a Meta, la jueza ordenó que el influenciador no realice nuevas publicaciones que contengan desinformación, bajo pena de una multa de R$ 100 mil. El Abogado-General de la Unión, Jorge Messias, elogió la actuación del MPRS en su perfil en X.

DESINFORMACIÓN LIBERTAD DE EXPRESIÓN

10/05

El Gobierno Federal y la Fiscalía General de la Unión trabajan para combatir noticias falsas sobre las inundaciones en Rio Grande do Sul. El gobierno federal, en conjunto con la Advocacia-Geral da União (AGU), estableció un grupo de trabajo para enfrentar la desinformación relacionada con las lluvias en Rio Grande do Sul. El grupo está compuesto por representantes de la AGU, la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia de la República (Secom/PR), el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP) y la Policía Federal (PF). El objetivo principal es evitar la propagación de noticias falsas que están perjudicando las acciones del poder público en el rescate y apoyo a la situación en el Estado. En una reunión inicial, se acordó que la Procuraduría Nacional de la Unión para la Defensa de la Democracia (PNDD), organismo de la AGU responsable de la defensa extrajudicial y judicial de la Unión contra noticias falsas, actuará de manera preventiva, evitando que se produzcan impactos negativos en el enfrentamiento de la calamidad debido a casos de desinformación. Entre las estrategias discutidas, se encuentra la propuesta de crear un canal directo de comunicación entre el gobierno y las plataformas, así como la etiquetación de publicaciones que causen desinformación. En la ocasión, también estuvieron presentes representantes de las plataformas Google, YouTube, TikTok, Meta (Facebook, Instagram y WhatsApp), Kwai, Linkedin, Spotify y Kuaishou Technology, quienes se comprometieron a analizar en un plazo de hasta 12 horas los casos de desinformación que sean identificados.

FAKE NEWS

13/05

Proyecto de ley busca criminalizar la difusión de información falsa en situaciones de calamidad pública. El diputado federal Helder Salomão (PT/ES) presentó el PL nº 1790/2024, que añade al Código Penal un artículo que tipifica la difusión de información falsa relacionada con una calamidad pública con el objetivo de desinformar o perjudicar acciones humanitarias. La pena prevista es de uno a cuatro años de prisión y multa, aumentada en la mitad si el delito es cometido por un agente público o político. El objetivo de la medida, según el proyecto, es desalentar prácticas que buscan manipular la opinión pública en momentos de crisis y, por consiguiente, dificultar la coordinación de esfuerzos de asistencia y la implementación de medidas para mitigar los daños causados. En su justificación, el diputado destaca que “en situaciones de calamidad pública, como desastres naturales, pandemias o crisis humanitarias, la difusión de información falsa puede causar pánico, perjudicar la eficacia de las acciones de respuesta e incluso poner vidas en riesgo”.

DESINFORMACIÓN LIBERTAD DE EXPRESIÓN

13/05

Un proyecto tiene como objetivo criminalizar la exposición de niños y adolescentes en redes sociales y medios de comunicación. La diputada Delegada Adriana Accorsi (PT/GO) presentó el PL nº 1779/2024, que añade al Estatuto del Niño y del Adolescente (ECA) un artículo que criminaliza la exposición y humillación de niños y adolescentes a través de contenidos divulgados en sistemas informáticos, redes sociales y cualquier otra forma de transmisión. La pena prevista es de seis meses a dos años de prisión y multa, además de la participación en clases y grupos reflexivos sobre la exposición y crianza de adolescentes. En su justificación, la diputada explica que la propuesta “pretende establecer parámetros claros y rigurosos para la exposición de niños y adolescentes en redes sociales y medios de comunicación, buscando garantizar su desarrollo saludable y proteger su integridad física y emocional”.

PROTECCIÓN DE MENORES

17/05

El STF confirma multa aplicada por TSE a Jair Bolsonaro por propaganda electoral irregular. El Supremo Tribunal Federal (STF), en una decisión del juez Dias Toffoli, rechazó un recurso de la defensa de Jair Bolsonaro y de la “Coalición por el Bien de Brasil” que impugnaba la multa de R$15.000 impuesta por el Tribunal Superior Electoral (TSE) por la difusión irregular de propaganda electoral en Internet. Toffoli confirmó la decisión del TSE y reiteró la jurisprudencia del Tribunal, afirmando que “la propaganda electoral está regulada por la ley, que puede estipular límites para su realización en los diversos medios de comunicación”. El ministro citó una decisión del Tribunal que establece que la regulación no viola las libertades de expresión, de prensa o de información (ADI 6.281). La decisión del TSE en cuestión multó al ex presidente y a su Coalición por impulsar contenidos electorales que no cumplían con las disposiciones de la Resolución 23.619 del TSE sobre propaganda electoral. Según el Tribunal, en las elecciones de 2022, Bolsonaro y su coalición gastaron alrededor de R$15.000 para patrocinar publicidad negativa contra un oponente político, lo que está prohibido por la legislación electoral. Además, el contenido difundido no se identificó inequívocamente con la expresión “propaganda electoral” y la identificación legal del responsable, lo que también viola la Resolución del TSE sobre propaganda electoral.

ELECCIONES LIBERTAD DE EXPRESIÓN

22/05

La Comisión de Comunicación de la Cámara de Diputados aprueba proyecto de ley que prevé la remuneración de los contenidos periodísticos por las plataformas. La Comisión de Comunicación de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley 1354/2021, presentado por el ex diputado Denis Bezerra (PSB/CE). El proyecto modifica el Marco Civil de Internet, añadiendo la obligación de que las big techs garanticen una remuneración por el suministro de contenidos periodísticos. La base para el pago, según el proyecto de ley, serían los ingresos brutos obtenidos por la difusión de las noticias, sobre los que se calcularía una tasa mínima del 50%. La empresa también deberá garantizar que los medios de comunicación locales y regionales tengan acceso a la plataforma. El proyecto también prohíbe las prácticas discriminatorias en relación con el seguimiento, indexación, disponibilidad y distribución de noticias. En su justificación, el ex diputado afirma haberse inspirado en la Ley de Medios australiana, que estableció un modelo de remuneración de las plataformas para los medios de comunicación, afirmando que es necesario “equilibrar las fuerzas entre los medios tradicionales y los llamados medios digitales, ya que operan en nichos de mercado complementarios”. Según su tramitación legislativa, el proyecto de ley va ahora a la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía de la Cámara de Diputados. 

LIBERTAD DE PRENSA

02/05

La Ministra de Ciencia Aisén Etcheverry remitió al congreso Chileno un proyecto de Ley de Inteligencia Artificial, definida en el texto como un “conjunto de sistemas basados en máquinas que infieren, a partir de información de entrada, determinada información de salida, que puede consistir en predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones capaces de influenciar espacios físicos o virtuales”. Este proyecto responde a una demanda por una política regulatoria clara en el tema, que dio sus primeros pasos en 2021 cuando durante la segunda administración de Sebastián Piñera el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación publicó una Política Nacional de Inteligencia Artificial. 

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

21/05

El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Min. TIC) presentó el proyecto de ley 447/24 ante la Cámara de Representantes. La propuesta busca regular el suministro, intercambio y uso de datos por parte del Estado para la toma de decisiones de política pública y el desarrollo de inteligencia artificial (IA). El proyecto estipula que las entidades oficiales deben producir datos relevantes, manteniendo siempre la privacidad y anonimato de la información personal, cumpliendo con leyes como la protección de datos. 

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

22/05

El 22 de mayo se aprobó en tercer debate el proyecto de ley 241/22 S  366/24 C, que busca prevenir y sancionar la violencia digital de género. Si bien el proyecto persigue un fin legítimo, propone crear el delito de violencia digital de género el cual castiga a quien difunda contenidos “íntimos” sin autorización. Sin embargo, la redacción del artículo es tan amplia que podría terminar siendo usado para sancionar a personas que usan material que puede considerarse íntimo (como chats o correos electrónicos) para hacer denuncias públicas. Por ejemplo, podría poner en peligro a víctimas o periodistas que denuncian casos de violencia sexual. Por esta razón, algunas organizaciones de la sociedad civil se oponen a la aprobación del proyecto. Al proyecto le queda un único debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO

28/05

Tras múltiples intentos fallidos, el 28 de mayo se aprobó el proyecto de ley que prohíbe las corridas de toros en Colombia. Representantes del gremio han anunciado que debatirán la ley. Entre otras cosas, los defensores de las corridas de toros argumentan que este es un asunto de libertad de expresión artística y cultural. En 2016, la Corte Constitucional sostuvo que las corridas de toros son una manifestación cultural que permiten una excepción a las leyes sobre maltrato animal, aunque sostuvo que este tipo de prácticas deben ser reguladas de forma tal que se minimice el sufrimiento animal.

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

01/05

El periodista Hernán Gómez Bruera fue demandado vía civil por El Heraldo Media Group por una suma millonaria. Al respecto, la organización Artículo 19 reitera su acompañamiento al periodista. La demanda tiene relación con menciones que en su último libro hizo con relación al ex consejero jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra.

LIBERTAD DE PRENSA

03/05

La organización Artículo 19 condenó el secuestro y asesinato del Director del Medio Digital “Acá en el Show, la Puritita Verdad” y otros medios, ocurrido el 25 de abril de 2024, en Morelos, México. El periodista Roberto Carlos Figueroa era un periodista crítico de los distintos partidos. Por lo anterior, la organización Artículo 19, exhortó a la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos contra la Libertad de Expresión de la Fiscalía General de la República para que atraiga la investigación y aplique el Protocolo Homologado de Investigación de Delitos en Contra la Libertad de Expresión; al Mecanismo Federal de Protección a Personas Defensoras y Periodistas, a coordinar con el Mecanismo Local de Protección y la Fiscalía, las medidas de protección urgentes que garanticen la integridad física de todos los integrantes de la familia de Roberto Carlos Figueroa, así como de su equipo de trabajo; y a la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos que se den las facilidades para que las y los familiares del periodista sean ingresadas al Registro de Víctimas y así brindarles el acompañamiento Psicológico, Asesoría Jurídica adecuada y, reparación del daño integral a la que tienen derecho.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

07/05

La organización Artículo 19 informa que fue retirado el memorial a las víctimas del multifeminicidio y homicidio en el caso Narvarte ocurrido el 31 de julio de 2015. Al día de hoy, sigue sin existir verdad y justicia para las víctimas.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

08/05

La periodista de la agencia de noticias Sputnik Mundo, Stephanie Palacios, denunció en la conferencia diaria que da el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, que el equipo de presidencia que coordina esta actividad ha impuesto sanciones contra periodistas que asisten a la conferencia. Posterior a dicha participación, la periodista recibió varios mensajes intimidantes en redes sociales. Por ello, la organización Artículo 19 exigió el 21 de mayo de 2024 a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a que se investigue la denuncia presentada por la periodista, y al Mecanismos de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas para que implemente medidas de protección.

LIBERTAD DE PRENSA

16/05

La organización Artículo 19 condenó los actos de hostigamiento e intimidación en contra del productor del Semanario Zeta, Eslava Díaz por parte del presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana, Baja California, Jorge Alberto Muñoz Escudero. Por lo anterior, la organización Artículo 19, hace un llamado a Jorge Alberto Muñoz Escudero y al Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana a erradicar cualquier práctica intimidatoria o amenazante en contra de los medios de comunicación.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

16/05 

La organización Artículo 19 celebra la revisión de medidas cautelares (prisión preventiva) en el proceso penal que se lleva en contra del periodista José Rubén Zamora Marroquín por el delito de lavado de dinero, la cual se cambió por arresto domiciliario. No obstante, el periodista continúa en prisión preventiva por un segundo juicio en su contra, del cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

20/05 

La periodista y activista Fabiola Cortés Miranda fue demandada por parte de la empresa internacional Four Cardinals Development México SA de CV, en el estado de Quintana Roo. La organización Artículo 19 rechaza este proceso de acoso judicial contra la comunicadora y activista, y expresa nuevamente su preocupación por la utilización de estos mecanismos judiciales que pretenden menoscabar el libre ejercicio periodístico y silenciar información de interés público. Por ello, Artículo 19 exhortó al Juzgado Segundo Civil de Playa del Carmen del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo se resuelva conforme a los más altos estándares internacionales y criterios nacionales en materia de libertad de expresión.

LIBERTAD DE PRENSA

22/05

La organización Artículo 19 y otras organizaciones mostraron su preocupación por las acciones que se han ejercido contra la periodista Claudia Amelia Solera, ex colaboradora de los medios Grupo Imagen y Excelsior, y colaboradora del Enfoque Noticias. Algunas de las acciones incluyen la demanda por daño moral. La demanda es por una publicación realizada en 2010. Estas organizaciones piden al Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Proceso Escrito del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México que aplique los más altos estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

LIBERTAD DE PRENSA

22/05

La organización R3D informa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá las acciones de inconstitucionalidad de las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor y el Código Penal Federal, y cuestionó que aún no se haya hecho público el proyecto de resolución que será analizado por las y los ministros.

DERECHOS DE AUTOR LIBERTAD DE EXPRESIÓN

23/04

El Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (EFICCOP) incautó, con orden judicial, computadores, teléfonos celulares y otros equipos de comunicación de Juan Carlos Tafur, director del portal noticioso “Sudaca”. Al periodista se le imputa haberse coludido con fiscales investigados en casos de corrupción, y haber ofrecido publicar reportajes desfavorables contra la fiscal Marita Barreto. Tafur negó estas acusaciones y afirmó que sus publicaciones críticas hacia la fiscal Barreto no han sido desmentidas. El 24 y 25 de abril, el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) y el Consejo de la Prensa Peruana emitieron pronunciamientos condenando la orden judicial contra Tafur, señalando que la medida es gravemente intrusiva y vulnera el derecho de reserva de las fuentes periodísticas. Asimismo, el 22 de mayo, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA manifestó su preocupación por las diligencias iniciadas contra el periodista y llamó al Estado peruano a que se cumplan con los estándares internacionales de debido proceso y libertad de expresión.

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

02/05

La Presidencia del Consejo de Ministros publicó el proyecto de reglamento de la Ley 31814 “Ley que promueve el uso de la inteligencia artificial en favor del desarrollo económico y social del país”. Este proyecto ha recibido algunas críticas iniciales. En una nota publicada por la revista “SEMANAeconómica”, se cuestionaba la claridad del proyecto de reglamento, en particular, la ambigüedad en la clasificación de actividades de “riesgo alto” y “riesgo inaceptable” de proyectos que utilizaban en su desarrollo la inteligencia artificial (IA). En tal sentido, se incrementarían los escenarios en los que las empresas tendrían que designar a personas encargadas para la supervisión y validación de procesos realizados por la IA, lo que reduciría la eficiencia de la automatización. Además, el reglamento prohíbe el uso de la IA para “modificar el comportamiento de una persona con mensajes subliminales, técnicas deliberadamente engañosas o el aprovechamiento de vulnerabilidades de un grupo poblacional específico”; sin embargo, no se define en qué consisten dichas técnicas “engañosas” o “subliminales”. 

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

03/05

El 3 de mayo, se dio a conocer la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente 00011-2023-PI/TC, por la que declaró constitucional la Ley 31810, que permite al presidente gestionar su despacho de manera remota con tecnologías digitales cuando viaje al exterior sin tener vicepresidentes. En su fundamentación, el máximo tribunal peruano señaló que el constituyente no previó la posibilidad de que, durante el mandato presidencial, no hubiera vicepresidentes a quienes se les pudiera encargar el despacho. Asimismo, afirmó que no es contrario a la Constitución que el presidente recurra a tecnologías digitales, pues a través de este puede seguir cumpliendo con los fines constitucionales de su cargo. Así, resultaba posible que, al autorizar la salida del país, el Congreso también pudiera validar la necesidad de que el Poder Ejecutivo gestione remotamente el despacho presidencial. 

REGULACIÓN DE TECNOLOGÍAS

El 3 de mayo, el Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) alertó y condenó que el 23 de abril, Liubomir Fernández, corresponsal del medio “La República” en Puno, fue amenazado nuevamente por el abogado Enrique Calmet, quien le gritó que destruiría su carrera profesional. Fernández investiga las presuntas gestiones irregulares de Calmet para tomar posesión del terreno del colegio Huáscar, considerado patrimonio para los ciudadanos de Puno, para un proyecto inmobiliario. Anteriormente, Calmet había amenazado al periodista. 

VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS

13/05

El 13 de mayo, el Colegio de Periodistas del Perú emitió un pronunciamiento rechazando las declaraciones del gobernador de Arequipa, Rohel Sánchez, realizadas el 10 de mayo durante una ceremonia pública por el Día de la Madre. En su discurso, Sánchez descalificó al periodismo arequipeño, tildándolo de “extorsionadores” y “chantajistas”. La institución denunció que estas acusaciones carecen de pruebas concretas y representan un ataque al honor y la reputación de los comunicadores.

LIBERTAD DE PRENSA

16/05

Se publicó el Decreto Supremo N° 007-2024-JUS, que aprueba el nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP) – Ley N° 27806. El nuevo reglamento reemplaza al anterior, vigente por más de 20 años. Entre las novedades, el titular de cada entidad pública puede delegar al Secretario General la tarea de designación del funcionario responsable de atender las solicitudes de acceso a la información. Asimismo, cuando una entidad no sea competente para atender una solicitud de información, ésta no se rechaza, sino que deberá ser encauzada hacia la entidad obligada o hacia la que posea la información. Además, se introduce la obligación de que ex funcionarios y ex servidores públicos entreguen la información contenida en sus correos institucionales. Por otro lado, se modifica el procedimiento ante el Tribunal de Transparencia, fijando plazos máximos para la admisión de recursos de apelación y el cumplimiento de resoluciones que las declaran fundadas. 

ACCESO A LA INFORMACIÓN

19/05

El alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, publicó un comunicado oficial a través de las redes sociales de la Municipalidad de Lima, en el cual llamó “pasquines” a los medios de prensa “La República” y “El Comercio”, que fiscalizan su gestión. Además, los acusó de ser responsables del tráfico en la ciudad y de pertenecer a una red de corrupción que busca apartarlo del poder. La declaración fue una respuesta a un informe de “El Comercio” que revelaba su solicitud de permiso a la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) para usar las vías exclusivas del corredor de transporte “Metropolitano”, argumentando que el tráfico le impedía cumplir con su agenda laboral. Tras lo sucedido, el Consejo de la Prensa Peruana y el Instituto Prensa y Sociedad emitieron un pronunciamiento condenando el discurso del alcalde, al ser estigmatizante contra los medios de comunicación.

LIBERTAD DE PRENSA