Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2025 a octubre de 2025
| PAIS | PROYECTOS | |
|---|---|---|
| ARGENTINA | 19 | |
| BRASIL | 8 | |
| CHILE | 9 | |
| COLOMBIA | 3 | |
| ECUADOR | 4 | |
| GUATEMALA | 1 | |
| MEXICO | 8 | |
| PARAGUAY | 11 | |
| PERU | 4 |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2025 y octubre de 2025
| Libertad de expresión y derechos políticos | 16.7% | |
| Privacidad y derechos ARCO | 16.7% | |
| Protección de menores | 11.1% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 9.3% | |
| Ciberseguridad | 7.4% | |
| Inteligencia Artificial | 7.4% |
| Acceso a la información | 3.7% | |
| Acceso a Internet e Infraestructura | 3.7% | |
| Apología | 3.7% | |
| Desinformación | 3.7% | |
| DESC | 1.9% | |
| Acoso | 1.5% | |
| Publicidad oficial | 1.4% |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2024 y octubre de 2025
| Libertad de Expresión y Derechos políticos | 16.7% | |
| Discriminación, violencia y discursos de odio | 11.8% | |
| Derechos de los niños | 12.5% | |
| Acceso a la información | 7.8% | |
| Derechos del consumidor | 4.2% | |
| Privacidad y Derechos ARCO | 9.2% | |
| Honor y reputación | 5.9% | |
| Desinformación | 4.6% | |
| Inteligencia artificial | 5.2% | |
| Moral pública | 4.9% |
01/10
El diputado Gerardo Milman presentó el Proyecto de Ley N° 5589-D-2025 que busca modificar el Código Penal para tipificar una serie de “delitos de terrorismo“. Serían considerados delitos de terrorismo diversas formas de violencia, obstaculización de servicios y ataques cibernéticos con la finalidad de aterrorizar a la población, obligar a las autoridadesa realizar o abstenerse de realizar un acto, o desestabilizar gravemente el orden; formar parte de un grupo que tenga por objeto la comisión de los delitos mencionados; quien se involucre económicamente en la planificación o ejecución de estos delitos con conocimiento previo; quien reclute, adoctrine o entrene a personas para la comisión de actos terroristas, tanto de manera directa como a través de medios digitales; y quien se vincule directamente con actos de terrorismo internacional.
TERRORISMO
08/10
Tres diputados de Innovación Federal presentaron el Proyecto de Ley N° 5701-D-2025 que busca modificar la Ley 24240 para exigir que todas las piezas publicitarias en entornos digitales incluyan una advertencia en caso que esta contenga imágenes «generado, alterado o manipulado mediante inteligencia artificial u otras tecnologías de generación o manipulación de contenidos digitales».
INTELIGENCIA ARTIFICIAL PUBLICIDAD
11/10
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ratificó la decisión de no permitir la incorporación de los datos extraídos del teléfono móvil de un imputado al sistema judicial Lex-100. Específicamente, se ha negado la inclusión en el sistema de mensajes de texto, correos electrónicos y mensajes de WhatsApp. Esta decisión se fundamentó en que dicha información sería considerada correspondencia privada protegida por la Constitución Nacional. De acuerdo al fallo, solo un juez podría revisar y determinar la pertinencia del contenido obtenido.
PRIVACIDAD
15/10
El exintendente de Comodoro Rivadavia y candidato a diputado nacional, Juan Pablo Luque, presentó una denuncia penal contra el portal “Chubut Noticias”, alegando que este ha publicado información falsa y difamatoria con el fin expreso de dañar su campaña. La nota que provocó esta respuesta de Luque fue “Según los condenados por la Emergencia Climática, ‘Luque era el jefe de la banda’”, en la que el portal alude a vínculos con presuntos delitos relacionados al manejo de fondos en 2017.
DIFAMACIÓN ELECTORAL
16/10
La diputada Gisela Marziotta presentó el Proyecto de Ley 5945-D-2025, que crearía una acción de amparo especial destinada a proteger el derecho a la imagen y demás atributos de la persona frente a contenidos «ultrafalsos» creados, manipulados o difundidos mediante inteligencia artificial u otros sistemas similares. La acción podrá ser interpuesta por la persona afectada, sus representantes legales o sus herederos; y podrá hacerse por medios digitales. El juez deberá resolver la medida dentro de las veinticuatro horas siguientes a la presentación, aún durante días inhábiles. Podrá disponer como medida cautelar el bloqueo, retiro o desindexación del contenido cuestionado hasta tanto se dicte sentencia definitiva.
Verificada la existencia del uso no consentido de la imagen o atributos de la persona, el juez ordenará la eliminación inmediata del contenido de las plataformas digitales o servicios. En caso de incumplimiento, se dispone que podrían imponerse multas pecuniarias diarias proporcionales a la gravedad del daño, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan. Incluso podría disponer la suspensión temporal de las operaciones de la plataforma responsable.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL IMÁGENES NO CONSENTIDAS
17/10
Tras un reporte de Amnistía Internacional en el que se denunció un retroceso significativo en el ejercicio del derecho a la libertad de prensa y expresión en Argentina, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha citado a las autoridades nacionales a responder frente a estas denuncias. La audiencia ha sido solicitada por diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos, entre ellas el Centro de Estudios en Libertad de Expresión (CELE), que alertaron sobre los abusos mencionados. El objetivo de la misma sería que el Estado pueda detallar qué medidas o políticas están tomando y tomarán a futuro para asegurar la garantía de los derechos y libertades civiles.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN LIBERTAD DE PRENSA
22/10
El diputado Óscar Agost presentó ante la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley 6119-D-2025, que propone la creación de un “Sistema Nacional de Democracia Digital” con el objetivo expreso de hacer más accesible la participación ciudadana a través de medios digitales. Dentro de este sistema se plantea incluir un plataforma de la Cámara de Diputados a través de la cual recibir peticiones ciudadanas; convocar audiencias públicas virtuales; realizar consultas populares no vinculantes y votaciones consultivas; publicar resultados, estadísticas y reportes; y, crucialmente, presentar peticiones o propuestas sobre proyectos de ley siempre que se cumplan los requisitos para una iniciativa ciudadana. Se indica que todo uso de información personal debe seguir los estándares de la ley de protección de datos.
ACCESO A LA INFORMACIÓN DERECHOS DIGITALES GOBIERNO ABIERTO
03/10
Se llevó a cabo en Torres del Paine la Cena Anual de la Prensa, parte del XXXIII Encuentro de Diarios Regionales de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP). Durante esta, se llegó por unanimidad a algunos acuerdos sumamente relevantes para la situación de la libertad de prensa en el país: Se condenó el incremento de violencia contra periodistas y trabajadores de las comunicaciones, así como las restricciones judiciales en la cobertura de casos de alto interés público; se señaló que es necesario actuar frente al reciente diagnóstico de Reporteros Sin Fronteras, que señala que la libertad de prensa en Chile ha experimentado un descenso acelerado y grave en su calidad; se exigió al gobierno que cumplan con sus deberes de transparencia y acceso a la información; entre otras cosas.
LIBERTAD DE PRENSA
13/10
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso presentado por Canal 13 y ratificó una multa de 80 UTM (más de $5 millones) impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) por abordar temas de violencia sexual durante el horario de protección de menores.
PROTECCIÓN DE MENORES MEDIOS PERIODÍSTICOS
16/10
En su reciente Informe Especial sobre la Situación de la Libertad de Expresión en Chile, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha advertido que existe un patrón identificable de violencia, hostigamiento judicial y desafíos estructurales que afectan la labor periodística, y que debe ser atendido con urgencia por el gobierno. Se cita la prevalencia de ataques violentos, hostigamiento judicial a través de abusos de denuncias de difamación, intimidaciones impunes, del uso de herramientas de inteligencia para vigilar ilegalmente a reporteros, la concentración mediática, barreras al acceso a la información, y de brechas digitales.
LIBERTAD DE PRENSA
01/10
La directora ejecutiva de Tecnología y Comunidad (Tedic), Maricarmen Sequera, denunció públicamente que la Policía Nacional habrían llevado a cabo actividades de espionaje en las redes donde se organizaba la manifestación de la Generación Z. Estas actividades, de acuerdo a Sequera, incluirían monitoreo previo de redes sociales y la solicitud de información a proveedoras de internet; todo sin que existiera una conducta delictiva que justificara la intervención estatal. Sequera también criticó la falta de un marco legal sólido que proteja los datos personales en Paraguay; lo cuál contrastó con la vigencia actual de la Ley Pyraweb, que obliga a las proveedoras de internet a conservar datos de tráfico y facilita a las fuerzas del orden hacer seguimiento a través de redes sociales.
El comandante de la Policía Nacional, Carlos Benítez, negó que se haya violado la privacidad o que se haya llegado a esta información de manera ilícita. De acuerdo con Benítez, los fragmentos de la conversación de un grupo de WhatsApp y otros datos se obtuvieron de bases de datos abiertas. También aseguró que la Policía tenía razones para informar al Ministerio Público para que este considere el análisis de la información debido al alto grado de amenazas encontradas.
LIBERTAD DE PRENSA
14/10
Se ratificó en la Cámara Baja el Proyecto de Ley de Protección de Datos. El proyecto ya lleva meses en debate en el Congreso, con múltiples postergaciones. El Senado previamente aprobó el proyecto con modificatorias, y ahora deberá volver a analizar el texto. Es importante recordar que esta ley ha sido controversial entre analistas y medios de comunicación, que advierten que la aprobación de este proyecto podría traer consecuencias negativas para la transparencia y rendición de cuentas en todo el país.
El 17 de octubre, los senadores de la bancada oficialista, Honor Colorado reafirmaron que buscarán asegurar los votos en la cámara alta para hacer prevalecer la versión del Senado de la ley, que es considerada más moderada en el balance entre privacidad y acceso a la información pública. En el próximo debate al respecto, al Senado le corresponderá votar si ratifican su versión por mayoría absoluta o si prevalece automáticamente la versión de la Cámara de Diputados.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA
15/10
La Ley de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos ha permanecido estancada entre aplazamientos y debates en comisiones. Primero, fue aplazada el 7 de octubre por la comisión de Asuntos Constitucionales del Senado “con la intención de consensuar modificaciones” y unificar criterios sobre la propuesta adicional del Ministerio de la Defensa Pública.
Luego de esto, en el tramo hasta la fecha fijada para su debate en la Cámara Alta, se registraron diversas reacciones: El Presidente del Congreso, senador Basilio Núñez, reafirmó su apoyo al proyecto. Asimismo, se llevaron a cabo tanto una mesa técnica de representantes de diversas comisiones legislativas, organizaciones de prensa y entidades de derechos humanos; y una reunión de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo. Ambas resolvieron recomendar la aprobación del proyecto. Sin embargo, el Sindicato de Periodistas del Paraguay expresaron su preocupación por el aumento de violencia en el país contra periodistas y resaltaron que la ley ya debería haber sido promulgada, y que es necesario que se llegue a un dictamen cuanto antes.
En medio de este contexto, tres atentados contra periodistas parecieron motivar una aceleración del debate de este proyecto. Esto, junto al informe de la SPP resaltando más de 100 casos de agresiones a la libertad de expresión en el país desde el 2022, sirvieron como evidencias para demostrar la urgencia de aprobar el proyecto de ley.
Frente a todo esto, el mismo 15 de octubre se reportó que habría consenso para finalmente aprobar la ley. Sin embargo, el Senado decidió volver a postergar el debate otros 15 días. El SPP remarcó que “no existen observaciones técnicas al proyecto que justifiquen esta nueva postergación, más aún cuando el texto fue trabajado de forma coordinada por asesores de diferentes comisiones del Senado, contando con dictámenes favorables”.
LIBERTAD DE PRENSA
14/10
Luego que la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) enviara una circular exigiendo a los medios de comunicación que informen cuáles son las políticas internas, directrices o prácticas que dictan la cobertura que se le otorga a diferentes hechos; la Defensoría del Pueblo dio el paso al frente para denunciar estas acciones como intentos de vulnerar el derecho a la libertad de expresión, la libertad de prensa y acceso a la información y secreto profesional.
LIBERTAD DE PRENSA
15/10
La Comisión de Regulación de Comunicaciones le rechazó al presidente Gustavo Petro una solicitud de interrumpir la programación en los canales abiertos de televisión para emitir un mensaje presidencial. La CRC argumentó que la solicitud no cumplía con los criterios de urgencia, uso excepcional ni de delimitación temática, que justificarían una acción de este tipo. Al día siguiente, 16 de octubre, Petro denunció en redes sociales que la CRC lo estaba censurando y que esto constituía un acto de discriminación política contra su persona. Por su lado, la directora del organismo, Claudia Bustamante, reafirmó que la decisión fue sencillamente la aplicación de los criterios establecidos por la ley. También se citó el antecedente judicial de un fallo del Consejo de Estado que respalda la facultad de la CRC de regular las condiciones en las que el presidente puede realizar alocuciones en medios de comunicación.
COMUNICACIONES OFICIALES TELECOMUNICACIONES
01/10
Se debatió en la Comisión de Educación un informe para el primer debate del proyecto de Ley Orgánica del Uso Responsable de Redes Sociales, presentado por los ex legisladores Manuel Bohórquez, de ADN; y Jorge Álvarez, del Partido Social Cristiano (PSC), en el anterior periodo legislativo. El proyecto ha traído consigo cuestionamientos sobre la restricción de la libertad de expresión y la necesidad de regular la desinformación en internet.
MEDIOS DIGITALES LIBERTAD DE EXPRESIÓN
04/10
Tras la ratificación de la continuidad del paro nacional por parte de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), el presidente Daniel Noboa declaró un nuevo estado de excepción por 60 días en 10 provincias: Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Orellana, Sucumbíos y Pastaza; a las cuáles se suman Imbabura y Carchi, donde ya regía la medida. Es importante, además, tomar en cuenta que esto viene luego que la Corte Constitucional anulara el estado de excepción decretado en 5 provincias en el país. La restricción más importante de este estado de excepción es la suspensión del derecho a la reunión en estas provincias. En el decreto se explicita que se permitirían las protestas pacíficas siempre y cuando “no afecten los derechos, libertades y garantías del resto de la ciudadanía”. Sin embargo, es cuestionable cómo serían compatibles la restricción total de las reuniones y la supuesta apertura a protestas pacíficas.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
13/10
En el contexto de las movilizaciones sociales, se han reportado múltiples abusos específicamente dirigidos a periodistas y medios de comunicación. El 6 de octubre se deportó al periodista español Lautaro Bernat tras haberlo detenido el día anterior. De acuerdo con organizaciones defensoras de derechos humanos y gremios de prensa, el proceso presentó irregularidades como la falta de notificación formal de cargos, negación de acceso a defensa legal y ausencia de comunicación con su embajada, que alertan acerca de posibles vulneraciones al debido proceso y la libertad de expresión. El gobierno defendió sus acciones aludiendo a que la presencia de Bernat representaba una potencial amenaza a la estructura constitucional de acuerdo a “informes reservados de seguridad”. Esto quiere decir que a la fecha no hay razones públicas claras ni verificables que justifiquen su deportación.
En cuanto a los reporteros nacionales, el lunes 13 la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Fundamedios) publicó un informe en que se reportaron 46 agresiones a la libertad de expresión y asociación durante el paro, entre agresiones físicas, uso abusivo del poder estatal, limitación del acceso a la información, etc. Ese mismo día se dio un caso particularmente notorio de restricción a la prensa cuando se le impidió el acceso a la rueda de prensa en Palacio de Gobierno al periodista Enrique Alcívar, pese a que previamente la vocera presidencial había manifestado públicamente que se le habilitaría el ingreso.
LIBERTAD DE PRENSA
14/10
Diversas organizaciones internacionales han alertado acerca del aumento de la represión en el país, y han exigido respuestas acerca de potenciales violaciones a los derechos humanos y aumentos en las prácticas autoritarias. Las tres organizaciones más importantes que se han pronunciado son Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Parlamento Europeo.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
15/10
Asambleístas presentaron el Proyecto de Ley 473124, que tiene por objeto establecer para las fuerzas del orden que intervengan en contextos de movilización social las obligaciones de portar identificaciones legibles y visibles, y de mantener el rostro descubierto durante su actuación operativa; con el fin de prevenir el anonimato operativo, y evitar la vulneración de derechos.
El proyecto establecería la obligación del Estado de garantizar el derecho a la protesta; prevenir el uso excesivo, arbitrario o desproporcionado de la fuerza; documentar, registrar y transparentar los operativos de control mediante mecanismos de trazabilidad, identificación visible de agentes y acceso público a la información; investigar independiente e imparcialmente toda vulneración de Derechos Humanos cometida, y sancionar a los responsables; así como asegurar la reparación integral de las víctimas.
Como obligaciones específicas, se indica que todo operativo de control en el marco de una movilización deberá contar con registro audiovisual continuo desde el inicio hasta la finalización del despliegue; identificación visible del rostro de los agentes intervinientes, e identificadores legibles; parte operativo que detalle la hora, lugar, responsables, unidades participantes y medidas adoptadas; e informe posterior accesible a la ciudadanía. Además, se señala que los agentes intervinientes y sus vehículos oficiales deberán portar dispositivos GPS activos durante el operativo.
En cuanto a prohibiciones, el proyecto prohibiría el uso de armas letales en manifestaciones sociales; la dispersión injustificada de movilizaciones pacíficas; las detenciones arbitrarias; y la destrucción, confiscación o interferencia con material periodístico, dispositivos de registro ciudadano o documentación audiovisual. También quedaría prohibido el traslado a centros de privación de libertad a otras provincias, o que se hagan con un carácter punitivo, intimidatorio o discriminatorio. Asimismo, se prohibiría el uso de mecanismos para restringir, interrumpir o bloquear comunicaciones; y la intervención de agentes encubiertos sin autorización judicial motivada o por fuera del control institucional. Respecto a la interferencia de comunicaciones, se indica que se sancionará a las empresas de telecomunicaciones que colaboren con este tipo de acciones. Finalmente, en el caso de instituciones públicas y privadas de todo tipo, se prohíbe tomar represalias contra quienes participen en manifestaciones.
Por último, el proyecto reafirma el derecho de los manifestantes a documentar por medios audiovisuales los operativos de control realizados durante manifestaciones sociales; así como el derecho de los observadores y periodistas a recibir una protección especial en estos contextos.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN PROTECCIÓN DERECHOS HUMANOS
03/10
La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró inconstitucional el Acuerdo Gubernativo 198-2024 emitido por el presidente Bernardo Arévalo, por el que se encarga a la Comisión Presidencial Contra la Discriminación y el Racismo Contra los Pueblos Indígenas en Guatemala (Codisra) “monitorear” a los medios de comunicación. La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG).
LIBERTAD DE PRENSA
08/10
Reporteros Sin Fronteras hizo público que el periodista José Rubén Zamora teme ser asesinado en prisión. El fundador y exdirector del periódico de investigación El Periódico fue encarcelado a mediados de 2022 por cargos de lavado de dinero ampliamente cuestionados y considerados falsos, que habrían sido fabricados luego que su publicación comenzara a informar sobre sobornos gubernamentales del entorno del expresidente Alejandro Giammattei. Zamora estuvo en arresto domiciliario entre octubre de 2024 y marzo de 2025 pero la medida fue revocada por petición de la Fiscalía y volvió a la cárcel. Todo esto, además, se da mientras el periodista espera a que se repita su juicio en su contra dado que la sentencia que lo condenó a seis años de cárcel en 2023 fue anulada. El caso de Zamora es uno considerado emblemático de la detención de periodistas a nivel mundial y en el caso específico del gobierno de Giammattei en Guatemala.
LIBERTAD DE PRENSA
28/10
Fueron aprobadas reformas a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y al Código Fiscal de la Federación para establecer un impuesto especial en la prestación de servicios digitales que permitan el acceso o descarga de videojuegos “con contenido violento, extremo o para adulto, no apto para personas menores de 18 años” y se contemplan facultades de bloqueo de servicios digitales por incumplimiento de disposiciones fiscales.
MEDIOS DIGITALES PROTECCIÓN DE MENORES
29/10
Se presentaron diversas iniciativas con la intención de sancionar y restringir el acceso a contenidos que hagan “apología del delito” o “glorifiquen a criminales y al crimen organizado”.
APOLOGÍA MEDIOS DIGITALES
17/09
El Gobierno Federal envió a la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley 4675/25 que trata de la regulación económica y de competencia de grandes plataformas digitales. El proyecto modifica la Ley n.° 12.529/2011, creando procedimientos administrativos en el Consejo Administrativo de Defensa Económica (Cade) para designar a determinados agentes económicos como “plataformas de relevancia sistémica”, sujetos a deberes y obligaciones orientados a promover y proteger la competencia en el mercado digital. Según el artículo 47-C del proyecto, dichas plataformas son aquellas que poseen características como poder de mercado asociado a efectos de red, integraciones verticales en mercados adyacentes y cuyos grupos económicos tengan una facturación mínima de 5 mil millones de reales anuales en Brasil y 50 mil millones globales. Estos agentes deben cumplir obligaciones como la divulgación clara y accesible sobre la oferta y el uso de productos y servicios, la implementación de mecanismos de interoperabilidad gratuita y efectiva del servicio, y la prohibición de prácticas que puedan limitar o impedir la participación de competidores. El proyecto también prevé la creación de la Superintendencia de Mercados Digitales, una unidad especializada del Cade para tratar estos nuevos procedimientos.
PLATAFORMAS DIGITALES
17/09
Fue sancionado el Proyecto de Ley n.° 2628/2022, que instituyó el Estatuto Digital del Niño y del Adolescente (Ley 15.211/2025). La norma establece obligaciones para productos y servicios dirigidos o de acceso probable por niños y adolescentes, con el objetivo de prevenir riesgos, como la exposición a contenidos nocivos, y garantizar la protección prioritaria de estos usuarios en entornos digitales. El presidente, sin embargo, vetó algunos apartados del proyecto. Entre ellos, el § 7o del art. 35, que atribuía a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) la competencia para remitir órdenes de bloqueo previstas en el § 6o, vetado por vicio de iniciativa, y el art. 41, que establecía una vacatio legis de un año, considerada incompatible con la urgencia de la protección de niños y adolescentes en el entorno digital. Mediante la medida provisional (MP) n.° 1.319/2025, el gobierno redujo el plazo de entrada en vigor de la legislación de doce a seis meses. Además, designó a la Autoridad Nacional de Protección de Datos como autoridad administrativa autónoma responsable de la protección de niños y adolescentes en el entorno digital, conforme al Decreto n.° 12.622/2025. El decreto también establece una división de competencias entre la Anatel y el Comité Gestor de Internet (CGI.br), en lo que respecta al cumplimiento de las órdenes judiciales de bloqueo. A la primera, le corresponderá la recepción y distribución de las órdenes a los proveedores de servicios de telecomunicaciones que ofrecen conexión a internet; y al CGI.br, la recepción de órdenes relacionadas con la resolución de servicios de nombres registrados bajo el dominio “.br”. La medida provisional n.° 1.319/2025 ya está en vigor, pero aún necesita ser aprobada por el Congreso para convertirse en ley. También sobre el tema, el 17 de septiembre, la Cámara de Diputados instaló el Grupo de Trabajo (GT) sobre Protección de Niños y Adolescentes en el Entorno Digital, con el objetivo de mapear riesgos y proponer soluciones legislativas concretas que fortalezcan la protección de estos usuarios en internet. Las discusiones del GT abarcan temas como la verificación de edad, los impactos en la salud mental y el trabajo de influencers infantiles, previendo la realización de audiencias públicas y la entrega de resultados hasta el 16 de octubre.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
24/09
La Corte Suprema de Brasil ordena la reactivación de los perfiles de Carla Zambelli en redes sociales y la eliminación de publicaciones ilícitas. El ministro Alexandre de Moraes, de la Suprema Corte Federal (Supremo Tribunal Federal – STF, en portugués), determinó la revocación del bloqueo de los perfiles de la exdiputada y aliada del expresidente Jair Bolsonaro, Carla Zambelli en redes sociales. El magistrado notificó a las plataformas Gettr, Facebook, Instagram, LinkedIn, TikTok, X, Telegram y YouTube para que remitieran al tribunal el contenido íntegro considerado ilícito y reactivaran los perfiles de la exparlamentaria, en el marco de la Acción Penal 2.428 en el STF, un proceso que investiga la difusión de desinformación y ataques a las instituciones democráticas por parte de figuras vinculadas al bolsonarismo. La decisión destacó que, en esta etapa procesal, no es necesaria la suspensión general de los perfiles, debiendo eliminarse únicamente las publicaciones que motivaron la medida por difundir desinformación y discursos de odio contra las instituciones y el Estado Democrático de Derecho. Moraes impuso una multa diaria de 20.000 reales en caso de nuevas publicaciones con contenido similar al que motivó el bloqueo.
PROVEEDORES DE REDES SOCIALES
29/09
Telegram elimina grupos de venta ilegal de medicamentos y certificados falsos tras notificación de la Abogacía General de la Unión. Tras una notificación extrajudicial de la Procuraduría General de la Unión (Advocacia Geral da União – AGU, en portugués), Telegram eliminó 24 grupos y canales dedicados a la comercialización ilícita de medicamentos sin receta y de recetas, certificados y laudos médicos falsos. La acción fue conducida por la Procuraduría Nacional de Defensa de la Democracia (PNDD), órgano de la AGU responsable de combatir la desinformación sobre políticas públicas. Las comunidades eliminadas sumaban más de 27.000 usuarios y anunciaban abiertamente los delitos en sus descripciones. Además de la eliminación de los grupos y la suspensión de los usuarios, la PNDD solicitó el bloqueo de palabras clave y la adopción de mecanismos de moderación activa por parte de Telegram para impedir la repetición de contenidos similares. Según la AGU, la actuación de la PNDD es importante para la defensa del derecho a la salud y a la información, para la preservación de las políticas públicas sanitarias y para combatir prácticas fraudulentas con alto potencial de daño. La AGU basó su actuación en el reciente fallo de la Suprema Corte Federal (Supremo Tribunal Federal – STF, en portugués) sobre el Marco Civil de Internet, que definió las responsabilidades de las plataformas digitales.
PROVEEDORES DE REDES SOCIALES CIBERDELITOS
05/10
La Procuraduría General de la Unión (AGU), por medio de la Procuraduría Nacional de Defensa de la Democracia (PNDD), informó que envió una notificación a la empresa Meta, ordenando la adopción inmediata de medidas de bloqueo y eliminación de contenidos y grupos que promueven la venta ilegal de insumos utilizados en la falsificación de bebidas alcohólicas. La medida se deriva de la identificación de comercio clandestino de estos productos y de la reciente repercusión de casos que involucraron bebidas adulteradas con metanol, los cuales resultaron en muertes y graves daños a la salud pública. La AGU concedió un plazo de 48 horas para que la empresa informe sobre las medidas adoptadas para bloquear y eliminar los contenidos ilícitos, además de preservar pruebas como registros de publicaciones, autores y mensajes.
PROVEEDORES DE REDES SOCIALES CIBERDELITOS
09/10
La Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía (CCJC) de la Cámara de Diputados aprobó el texto sustitutivo del Proyecto de Ley n.° 1910/2024, presentado por el diputado federal Ricardo Ayres (REPUBLICANOS/TO). La propuesta incluye nuevas disposiciones en el artículo 21 del Marco Civil de Internet, estableciendo que los proveedores de aplicaciones deben eliminar contenidos con escenas de desnudez o actos sexuales de carácter privado divulgados sin la autorización de sus participantes al ser notificados sobre ellos, debiendo también hacer indisponibles los contenidos idénticos difundidos en otras direcciones o ubicaciones dentro de la misma aplicación. La medida no implica, sin embargo, la obligación de monitoreo previo o generalizado de contenidos por parte de los proveedores de aplicaciones. Sobre el tema, cabe mencionar la tesis de repercusión general de los temas 533 y 987 de la Suprema Corte Federal (STF), que prevé la eliminación de contenidos idénticos por parte de los proveedores de redes sociales en los casos de hechos ofensivos ya reconocidos por decisión judicial. El Proyecto de Ley 1910/24 sigue para el Senado Federal, a menos que haya recurso para su análisis por el pleno de la Cámara.
PROVEEDORES DE REDES SOCIALES ACOSO CIBERNÉTICO ACOSO SEXUAL
15/10
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó tres proyectos de ley orientados a la protección de niños y adolescentes en el entorno digital. El Proyecto de Ley n.° 3287/2024, presentado por la diputada federal Rogéria Santos (REPUBLICANOS/BA), instituye el Protocolo de Atención y Intervención Inmediata para la Prevención y Protección de Niños y Adolescentes en Casos de Sospecha de Violencia en Entornos Virtuales. El protocolo prevé un enfoque proactivo e integrado entre policías, órganos de justicia y demás integrantes de redes de protección social, basado en inteligencia preventiva y anticipación de riesgos, con el fin de prevenir y combatir situaciones de violencia contra niños y adolescentes en los entornos digitales. Por su parte, el Proyecto de Ley n.° 1971/2025, presentado por el diputado federal Marcos Tavares (PDT/RJ), instituye la Política Nacional de Protección a la Primera Infancia en el Entorno Digital (PNPIAD), con el objetivo de promover el uso seguro y saludable de la tecnología por parte de niños de hasta 6 años. El texto sustitutivo aprobado establece, entre otras medidas, modificaciones en el Marco Legal de la Primera Infancia para incluir la protección contra la violencia y la presión consumista en el entorno digital como área prioritaria, así como medidas protectoras como la no recomendación de pantallas para menores de 2 años (excepto videollamadas familiares mediadas por adultos). Finalmente, el Proyecto de Ley n.° 3444/2023, presentado por la diputada federal Lídice da Mata (PSB/BA), modifica el Estatuto del Niño y del Adolescente para disponer sobre la protección contra el trabajo infantil en el entorno digital. La proposición prohíbe el trabajo de niños y adolescentes en el entorno digital, incluyendo la producción de contenido y la publicidad, salvo en representaciones artísticas con previa autorización judicial. En la concesión del permiso, el juez deberá establecer los criterios de participación, lo que incluye tiempo de dedicación y el depósito íntegro de la remuneración en una cuenta judicial vinculada, a nombre del niño o adolescente y bajo control del tribunal. Entre otras medidas, también se prevé el derecho a la eliminación de contenido digital de imágenes, videos y datos relativos a niños y adolescentes, independientemente del daño, solicitud que deberá ser atendida en un plazo de 48 horas. Los proyectos siguen para su análisis en el Senado Federal.
PROTECCIÓN DE MENORES PLATAFORMAS DIGITALES
15/10
El ministro de Justicia y Seguridad Pública, Ricardo Lewandowski, firmó la Ordenanza n.° 1.048/2025, que actualiza las reglas de la clasificación indicativa en Brasil. La iniciativa amplió los criterios de la clasificación indicativa para incluir la interactividad entre los demás ejes temáticos (drogas, violencia, sexo y desnudez). Además, la ordenanza creó la categoría “no recomendado para menores de 6 años”, destinada a reforzar la protección de la primera infancia. Con los nuevos criterios, se evaluarán los riesgos presentes en videojuegos, aplicaciones y redes sociales. Según el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, la inclusión de la interactividad puede hacer que aplicaciones clasificadas como “libres” pasen a recibir franjas etarias más altas debido a los riesgos de interacción.
PROTECCIÓN DE MENORES MEDIOS DIGITALES
15/10
El Gobierno Federal abrió dos consultas públicas orientadas a la elaboración de políticas y regulaciones para la protección de niños y adolescentes en el entorno digital. La primera, conducida por el Comité Intersectorial para la Protección de los Derechos del Niño y del Adolescente en el Entorno Digital, busca construir un documento de referencia que pueda subsidiar diversas iniciativas del Gobierno Federal, entre ellas la elaboración de la Política Nacional de Protección de los Derechos del Niño y del Adolescente en el Entorno Digital (Resolución CONANDA n.° 257/2024), la reglamentación de la Ley 15.211/2025, el mapeo de vacíos regulatorios, así como el perfeccionamiento de los mecanismos de protección digital. La segunda, realizada en el marco de la estrategia “Crecer en Paz” del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP), busca aportes sobre cómo estructurar un modelo de verificación de edad que sea eficaz, proporcional y respete los derechos humanos en el entorno digital. Elaborada en el Comité Consultivo para la Formulación de una Propuesta de Metodología y Requisitos Mínimos de Verificación de Edad, liderado por la Secretaría Nacional de Derechos Digitales (SEDIGI), la consulta contó con la colaboración de la Agencia Nacional de Protección de Datos (ANPD) y busca aportes sobre la metodología y los requisitos mínimos para la verificación de edad en productos y servicios de tecnología de la información. Las consultas estarán abiertas hasta el 14 de noviembre de 2025.
PROTECCIÓN DE MENORES MEDIOS DIGITALES
02/09
El Congresista Héctor Valer Pinto, del partido político Somos Perú, presentó el Proyecto de Ley N° 12272/2025-CR, que busca derogar las conductas atípicas relacionadas a los delitos de injuria, calumnia y difamación, reguladas en el artículo 133 del Código Penal. Estas son: a) las proferidas en ánimo de defensa de los litigantes, b) las críticas literarias, artísticas o científicas y c) las realizadas por funcionario público en cumplimiento de sus funciones. Esta eliminación supone un grave retroceso al derecho a la libertad de expresión al derogar la exención de responsabilidad penal por críticas literarias, artísticas o científicas, lo que expone a caricaturistas políticos, artistas, periodistas y académicos a ser demandados penalmente por difamación o calumnia.
DIFAMACIÓN CALUMNIA INJURIA
10/09
El Congresista Darwin Espinoza, del partido político Podemos Perú, presentó el Proyecto de Ley N° 12368/2025-CR, que busca sancionar penalmente el uso de redes sociales con identidades falsas o simuladas para difundir expresiones difamatorias, hostigar, acosar, afectar el honor o reputación de las personas, o afectar el orden público o la seguridad nacional. La redacción ambigua de la ley permitiría la sanción de cualquier persona que emplee seudónimos en redes sociales y critique al gobierno, llegando a sancionar la conducta con hasta 5 años de pena privativa de la libertad, lo que podría significar una condena efectiva.
INTERNET LIBERTAD DE EXPRESIÓN PRIVACIDAD
06/10
El Congresista Paul Gutierrez, del partido político Somos Perú, presentó el Proyecto de Ley N° 12687/2025-CR, para garantizar el derecho de todo ciudadano a ingresar a entidades públicas con dispositivos electrónicos y registrar cualquier acto de gestión pública de interés general, salvo prohibición expresa de la ley.
ACCESO A LA INFORMACIÓN GOBIERNO ABIERTO
13/10
La madrugada del 13 de octubre de 2025, la vivienda del periodista Carlos Mesías, director del portal Central de Noticias, fue atacada con una granada. Se trata del tercer ataque que sufre el periodista, bajo la misma modalidad y en los últimos dos meses. Estas amenazas serían consecuencia de sus investigaciones a una red criminal dedicada al tráfico de terrenos en Huaral.
LIBERTAD DE PRENSA
15/10
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, aprobó por mayoría el Dictamen del Proyecto de Ley N° 9315/2024-CR, que dispone la implementación de agendas judiciales públicas para fortalecer la transparencia y eficiencia en el sistema judicial, obligando publicar las agendas judiciales de entrevistas y audiencias de procesos judiciales en trámite en todos los órganos jurisdiccionales del país, a través de una plataforma tecnológica.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
15/10
La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), a través de su Observatorio de Libertad de Prensa, registró 25 ataques a periodistas durante cobertura de protestas convocadas por diferentes sectores ciudadanos en contra del gobierno, en Lima y regiones, los que incluyen empujones, impactos por perdigones y por bombas lacrimógenas; agresiones que se suman a las 8 agresiones registradas en las jornadas de protestas de los días 27 y 28 de septiembre.
LIBERTAD DE PRENSA
16/10
La periodista Analí Andrade denunció haber recibido amenazas tras haber realizado una serie de denuncias públicas en su programa de radio “Fuerza Informativa” que comprometen al Alcalde de Andahuaylas, Abel Manuel Serna Herrera, quien tiene investigaciones por acoso sexual, lavado de activos, violencia familiar y más de quince denuncias por actos de corrupción.
LIBERTAD DE PRENSA