Cantidad de proyectos LATAM entre enero de 2024 a setiembre de 2024
PAIS | PROYECTOS | |
---|---|---|
ARGENTINA | 10 | |
BRASIL | 14 | |
CHILE | 4 | |
COLOMBIA | 2 | |
ECUADOR | 1 | |
GUATEMALA | 1 | |
MEXICO | 13 | |
PARAGUAY | — | |
PERU | 12 |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2024 y abril de 2024
Acceso a la información | 17.2% | |
Igualdad y no discriminación | 11.0% | |
Protección de menores | 10.0% | |
Libertad de expresión | 7.2% | |
Reputación y honor | 5.3% | |
Seguridad nacional | 4.5% |
Violencia de género | 4.0% | |
Responsabilidad de intermediarios | 2.9% | |
Acceso a internet | 2.7% | |
Pornografía | 2.1% | |
Apología | 1.9% | |
Acoso | 1.5% | |
Publicidad oficial | 1.4% |
Temas proyectos de ley presentados entre enero de 2024 y abril de 2024
Acceso a la información | 4.8% | |
Acoso | 9.5% | |
Apología | 4.8% | |
Libertad de culto | 1.6% | |
Igualdad y no discriminación | 15.9% | |
Publicidad oficial | 4.8% | |
Fake News | 1.6% | |
Protección de menores | 14.3% | |
Reputación y honor | 4.8% | |
Moderación de contenidos | 4.8% |
20/09
La diputada Mónica Fein presentó el proyecto de ley “Entornos Digitales Seguros para las Infancias y Adolescencias“. El proyecto busca establecer medidas con la finalidad de garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de las infancias y adolescencias en los entornos digitales. Para ello, la norma establece la obligación de las plataformas digitales de informar, a través de un lenguaje accesible, inclusivo y apropiado, los riesgos derivados del uso precoz e inapropiado de los entornos digitales. Asimismo, el deber de incluir una funcionalidad de control parental de servicios, aplicaciones y contenido.
MODERACION DE CONTENIDOS
17/09
El senador Eduardo E. de Pedro, presentó el proyecto de ley “Regulación de la actividad de operadores de juegos de azar y/o apuestas en línea y medidas de prevención para la ludopatía infantojuvenil”. El proyecto regula la actividad, registro y publicidad de personas y empresas vinculadas a juegos de azar y apuestas en línea. Para ello, se prohíbe que estas realicen cualquier tipo de publicidad, patrocinio o promoción en eventos o actividades públicas. Asimismo, obliga a dichas empresas a solicitar el dominio de internet “bet.ar”, e inscribirse en el Registro de Control Online del Sistema de Apuestas.
MODERACION DE CONTENIDOS
16/09
La diputada Maria Gisela Marziotta, presentó el proyecto de ley “Capacitación permanente y obligatoria en materia de prevención de la difusión de discursos de odio y fake news en entidades prestadoras de servicios de comunicación audiovisual”. El proyecto establece una capacitación obligatoria anual para quienes ocupen cargos de conducción en entidades de comunicación audiovisual y trabajadores involucrados en la conducción editorial. Los temas incluyen: (i) prevención y erradicación de discursos de odio; (ii) identificación y prevención de noticias falsas; (iii) uso responsable del sistema judicial y riesgos del lawfare; (iv) fomento de la ética periodística y derechos humanos; y (v) estrategias de comunicación inclusivas y antidiscriminatorias.
DESINFORMACION LIBERTAD DE PRENSA
11/09
El senador Daniel P. Bensusán presentó el proyecto de ley para “Declarar nulo de nulidad absoluta el decreto N° 780/24, que reglamenta su similar 27275 derecho de acceso a la información publica”. El proyecto busca derogar el Decreto N° 780/2024 porque sostiene que es contraria a los estándares internacionales en materia de acceso a la información pública. Asimismo, señala que, bajo el pretexto de ‘reglamentar’ seis artículos de la Ley de acceso a la información pública, la norma pretende establecer una legislación propia en la materia, lo cual sería inconstitucional.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
10/09
El senador Jesús F. Rejal, presentó el proyecto de ley “Regulación de la publicidad de los juegos de azar y apuestas online para controlar la cyberludopatía”. El proyecto prohíbe la publicidad y promoción de los juegos de azar y apuestas online, en forma directa o indirecta a través de medios de difusión o comunicación; eventos artísticos y/o deportivos; o, estrategias de marketing. Asimismo, establece que los operadores de juegos y apuestas en línea deberán implementar mecanismos efectivos de verificación de edad para asegurar que los menores de edad no puedan participar en actividades de juego.
PUBLICIDAD MODERACION DE CONTENIDOS
09/09
Los diputados Julia Strada, Martín Soria, Carolina Yutrovic y Pablo Carro, presentaron el proyecto de ley “Acceso a la información pública – Ley N° 27275. Modificaciones sobre el derecho de acceso y excepciones”. El proyecto modifica el Decreto Nº 780/2024, con el fin de subsanar sus defectos de inconstitucionalidad. La norma enfatiza que los límites al derecho de acceso a la información pública son únicamente aquellos establecidos por ley.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
04/09
Los diputados Victoria Borrego, Juan Manuel López, Marcela Campagnoli, Maximiliano Ferraro, Mónica Frade, Paula Oliveto presentaron el proyecto de ley “Derogación del decreto 780/2024 que restringe el acceso a la información pública”. En los fundamentos del proyecto se señala que la norma objeto de la derogación, a pesar de ser reglamentaria, pretende establecer una legislación propia en materia de acceso a la información pública, lo cual sería inconstitucional.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
04/09
El diputado Esteban Paulón presentó el proyecto de ley “Declárese insanablemente nulo el decreto N° 780/24 que restringe el acceso a la información pública”. En los fundamentos del proyecto se señala que la norma objeto de la derogación sería constitucional pues, a pesar de ser reglamentaria, pretende establecer una legislación propia en materia de acceso a la información pública.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
04/09
La diputada Emilia Orozco presentó el proyecto de ley “Estatuto del periodista profesional -Ley 12908- incorporación del artículo 38 bis sobre creación de la cláusula de conciencia del periodista en situaciones de riesgo para su integridad, independencia y la libertad de expresión”. El proyecto crea la “cláusula de conciencia”, que es un derecho del periodista que habilita a equiparar a un despido indirecto cuando la situación creada por exigencias laborales que notoriamente pongan en riesgo su integridad, independencia o la libertad de expresión, según los supuestos que se detallan en la norma.
LIBERTAD DE PRENSA
04/09
El diputado Agost Carreño y otros, presentaron el proyecto de ley “Declárese nulo de nulidad absoluta e insanable el decreto Nº 780/24 que restringe el acceso a la información pública”. En los fundamentos del proyecto se señala que la norma sería contraria a los estándares constitucionales en materia de acceso a la información pública
ACCESO A LA INFORMACIÓN
04/09
La diputada Blanca Inés Osuna y otros presentaron el proyecto de ley “Derogación del decreto 780/2024, por el cual se limita el derecho de acceso a la información pública”. En los fundamentos del proyecto se señala que la norma sería contraria a los estándares internacionales en materia de acceso a la información pública.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
04/09
La diputada Ana Carolina Gaillard y otros presentaron el proyecto de ley “Declarase la nulidad del decreto 780/2024 que restringe el acceso a la información pública”. En los fundamentos del proyecto se señala que la norma sería contraria a los estándares internacionales en materia de acceso a la información pública.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
02/09
El Gobierno Nacional publicó el Decreto 780/2024 en el Boletín Oficial, introduciendo una serie de modificaciones a la reglamentación de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública. Uno de los cambios más significativos es la redefinición de “información pública”, limitandola exclusivamente a datos relacionados con la actividad estatal, lo que excluye información que antes era accesible. Además, el Decreto permite denegar solicitudes de información alegando “ausencia de un interés público comprometido”, invirtiendo así los principios de transparencia y máxima divulgación. Entre otras modificaciones que han sido criticadas por la sociedad civil.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
27/09
El juez Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), rechazó la solicitud de reanudación de operaciones presentada por X (antes Twitter) el día anterior. El 26.09, X había solicitado al STF su desbloqueo, alegando que había cumplido las órdenes judiciales de nombrar un representante legal, bloquear perfiles y pagar multas. Sin embargo, Moraes afirmó que que, para que la plataforma vuelva a operar en Brasil, deberá pagar por completo una multa de $10 millones de reales por incumplimiento y confirmar que los montos bloqueados en las cuentas de Starlink se destinarán al pago de las multas. Además, el representante legal de la empresa deberá abonar una multa de $300.000 reales.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
25/09
El diputado Jorge Goetten (REPÚBLICA/SC) presentó el Proyecto de Ley 3689/2024, que propone normas para la promoción de productos y servicios en internet por influencers digitales. El texto define a un influencer como cualquier persona que promocione productos o servicios en línea a cambio de pago o beneficios. El proyecto exige transparencia en los contenidos publicitarios y prohíbe la promoción de actividades exclusivas para médicos, procedimientos estéticos complejos, productos para fumadores y apuestas en plataformas accesibles a menores. También establece que plataformas y patrocinadores deben asegurar el cumplimiento de las normas antes de efectuar pagos, y que el incumplimiento podría resultar en penas de hasta dos años de prisión o multas. Las plataformas podrían enfrentar sanciones administrativas, aplicadas por la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD). En su justificación, el diputado destaca que la creciente influencia de los influencers y la falta de transparencia en los contenidos patrocinados pueden inducir a comportamientos inapropiados, especialmente en temas de salud y apuestas.
PUBLICIDAD MODERACIÓN DE CONTENIDOS
21/09
Moraes había concedido cinco días adicionales a X para designar formalmente un representante en Brasil, tras una petición de los abogados de Elon Musk, que argumentaron retrasos por el envío de documentos corporativos desde Irlanda. Además, el juez ordenó a la Policía Federal y a Anatel que presentaran informes sobre el acceso a la plataforma para calcular posibles multas. El 25.09, las autoridades enviaron sus informes al STF sobre el uso de X en Brasil tras el bloqueo.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
19/09
Según una columna periodística, el bufete Pinheiro Neto fue recontratado por X para su representación en Brasil. Sin embargo, Moraes consideró irregular esta representación ya que X aún no nombró un representante legal en el país, dando al bufete 24 horas para comprobar la validez de su mandato. Los abogados de X respondieron ese mismo día, afirmando que la empresa nombraría un representante en el plazo estipulado por Moraes.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
18/09
X volvió a funcionar para algunos usuarios en Brasil tras un cambio en la dirección IP, redirigida a servicios como Cloudflare. Ese día, Musk publicó en X: “cualquier tecnología suficientemente avanzada es indistinguible de la magia”, en referencia a Arthur C. Clarke. En respuesta, Moraes ordenó a Anatel restablecer el bloqueo, acusando a X de “contumacia voluntaria e ilícita”. También instruyó a la plataforma suspender el uso de servicios de alojamiento para eludir la decisión judicial, bajo una multa diaria de 5 millones de reales.
Anatel notificó a los operadores para reactivar el bloqueo y afirmó que X demostraba una intención deliberada de incumplir la orden del STF. X, por su parte, alegó que el restablecimiento fue involuntario debido a un cambio de operador para América Latina. A partir del 18.09, X empezó a cumplir con las órdenes del STF, retirando cuentas de figuras como Allan dos Santos, bloguero de Bolsonaro, Paulo Figueiredo, ex presentador de Jovem Pan, y Monark, YouTuber.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
16/09
El senador Randolfe Rodrigues (PT/AP) presentó el Proyecto de Ley 3563/2024, que busca prohibir la publicidad, patrocinio y promoción de casas de apuestas deportivas, juegos en línea y otros juegos de azar. El proyecto modifica la Ley nº 13.756/2018, que regula el destino de la recaudación de loterías, y la Ley nº 14.790/2023, que regula las apuestas a cuota fija. También prohíbe apuestas relacionadas con elecciones, referendos y plebiscitos. Las sanciones incluyen advertencias, multas, suspensión de actividades y revocación de licencias para operar. En su justificación, el senador menciona el aumento de abusos por parte de operadores y el impacto económico y social de las apuestas en línea en Brasil. El 10.09, el diputado Reginaldo Lopes (PT/MG) ya había presentado un proyecto similar para prohibir la publicidad de las casas de apuestas.
PUBLICIDAD MODERACIÓN DE CONTENIDOS
16/09
El diputado federal Marco Feliciano (PL/SP) presentó el Proyecto de Ley 3568/2024, que busca establecer el derecho al olvido. Según el texto, las plataformas deben retirar contenidos que ofenden el honor del afectado tras cinco años de su publicación. El proyecto impone multas de hasta $25.000 reales a las plataformas que no cumplan con la solicitud del ofendido. En su justificación, el diputado argumenta que, aunque el Supremo Tribunal Federal haya considerado el derecho al olvido incompatible con la Constitución, este derecho derivaría de las protecciones constitucionales a la vida privada, la intimidad y el honor.
DERECHO AL OLVIDO
11/09
La Procuraduría General de la República (PGR) se pronunció en contra de las solicitudes del Partido Novo y de la Orden de los Abogados de Brasil (OAB) para que el Supremo Tribunal Federal (STF) revise la decisión de la 1ª Sala que ordenó la suspensión de X en Brasil y impuso multas a los usuarios que intentaran seguir accediendo a la plataforma. El 05.09, el juez Nunes Marques, relator de las dos acciones, había pedido la opinión de la Procuraduría General de la Unión (AGU) y de la PGR sobre las Acciones por Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPF) 1188 y 1190. La ADPF 1188, presentada por el Partido Novo, impugna toda la decisión que suspendió la plataforma. La ADPF 1190, del Consejo Federal de la OAB, impugna sólo las multas diarias de $50.000 reales por el uso de VPN para eludir la suspensión. La PGR, encabezada por el Procurador General Paulo Gonet, argumenta que las demandas deben ser desestimadas sin evaluar el fondo, ya que las ADPF no son el recurso adecuado para impugnar decisiones del propio STF. Según Gonet, “si hay un recurso contra la decisión del STF, debe ser el procedimiento adecuado para que el propio Tribunal la revise. Si no hay recurso, la decisión se vuelve definitiva y suficiente para expresar la postura del STF en todos los efectos”.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
11/09
El juez Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal (STF), ordenó la transferencia de 18,35 millones de reales bloqueados de X (antes Twitter) y Starlink a las cuentas federales. Ambas empresas son dirigidas por Elon Musk y fueron responsabilizadas solidariamente por formar un “grupo económico de hecho”. Los montos transferidos fueron 7,28 millones de X y 11,06 millones de Starlink, correspondientes a multas impuestas por el STF debido a la violación de órdenes judiciales sobre la eliminación de contenidos relacionados con desinformación, incitación al odio y delitos contra instituciones democráticas. Con la transferencia completa, Moraes ordenó el desbloqueo de cuentas bancarias, vehículos e inmuebles de las empresas.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
10/09
La Abogacía General de la Unión (AGU) solicitó al Supremo Tribunal Federal (STF) su adhesión como amicus curiae en dos casos que tratan la responsabilidad de los proveedores de aplicaciones de Internet por contenidos generados por terceros: el Recurso Extraordinario nº 1.037.396 (Tema 987) y el Recurso Extraordinario nº 1.057.258 (Tema 533). El Tema 987 debate la constitucionalidad del artículo 19 del Marco Civil de Internet (MCI), que establece que los proveedores sólo son responsables de contenidos de terceros tras una orden judicial. El Tema 533 discute si las plataformas deben supervisar y retirar contenidos ofensivos sin intervención judicial. La AGU argumenta que los proveedores pueden ser responsabilizados sin una orden judicial previa, basándose en un deber de cuidado de las plataformas digitales. Afirma que el artículo 19 del Marco Civil de la Internet es una norma general que no excluye la aplicación de otras normas específicas que protegen derechos fundamentales. La AGU sostiene que las plataformas deben tener un deber de precaución en casos como la monetización de contenidos, vulneración de derechos de menores, integridad electoral, protección al consumidor, desinformación, delitos y otras violaciones legales.
RESPONSABILIDAD DE INTERMEDIARIOS
10/09
El diputado federal Reginaldo Lopes (PT/MG) presentó el Proyecto de Ley nº 3511/2024, que busca prohibir la publicidad de empresas y casas de apuestas, online y offline. El texto estipula la prohibición de anunciar, publicitar y promover productos relacionados con apuestas y juegos de azar en cualquier medio de comunicación. El proyecto prevé sanciones progresivas para las personas y empresas que incumplan la nueva ley, que van desde advertencias y multas hasta la suspensión de actividades, cancelación de licencias, prohibición de obtener nuevas licencias, prohibición de realizar ciertas actividades, exclusión de concursos públicos e incluso la inhabilitación para actuar como administrador en cualquier modalidad de lotería. En su justificación, el diputado destaca el rápido crecimiento de las llamadas “bets” en Brasil en los últimos años, advirtiendo sobre los perjuicios que estas actividades generan en la población. Según el diputado, este crecimiento se debe en gran medida a la intensa publicidad promovida por estas empresas.
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02/09
La Primera Sala del STF confirmó por mayoría la decisión de Alexandre de Moraes de suspender las actividades de X en Brasil. En sus votos, los(as) ministros(as) Cármen Lúcia, Dino y Zanin respaldaron íntegramente la decisión de Moraes. Fux, por su parte, también apoyó la medida, con la salvedad de que no debería afectar indiscriminadamente a individuos y empresas que no participaron en el proceso, a menos que utilicen la plataforma para eludir la decisión y promover actos contrarios al orden constitucional.
BLOQUEIOS.INFO, una plataforma que rastrea y explica las decisiones judiciales sobre el bloqueo de aplicaciones y sitios web en Brasil, ha sido actualizada con esta decisión del STF y está disponible para más información.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
30/08
Alexandre de Moraes, ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), ordenó la suspensión de la plataforma X en todo Brasil hasta que la empresa cumpla con todas las órdenes judiciales pendientes, pague las multas acumuladas y designe un representante legal en Brasil. El ministro instruyó a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (Anatel) para que tomara las medidas necesarias en un plazo de 24 horas a fin de hacer efectiva la suspensión, lo cual fue ejecutado dentro del plazo establecido. La decisión también incluyó la citación a Google y Apple para que implementaran “barreras tecnológicas” en sus tiendas de aplicaciones, impidiendo la descarga de X y de aplicaciones de VPN (Red Privada Virtual) – tecnología que permite el acceso a contenido bloqueado geográficamente. Además, Moraes impuso una multa diaria de 50.000 reales a individuos y empresas que utilicen “subterfugios tecnológicos”, como VPNs, para continuar accediendo a X en Brasil. El mismo día, Moraes reconsideró las órdenes dirigidas a Google y Apple, permitiéndoles mantener las VPN en sus tiendas en línea, pero mantuvo la multa para aquellos que las utilicen para acceder a X.
La decisión se emitió en el contexto de la petición 12.404/DF, bajo secreto judicial, tras el incumplimiento de Elon Musk a la citación emitida por Moraes el 28.08, en la que se le requería nombrar un representante legal en el país en un plazo de 24 horas. Moraes basó su decisión en las violaciones de Musk y de X a las órdenes judiciales brasileñas, particularmente en lo que respecta a la eliminación de contenidos y perfiles que promueven desinformación, incitación al odio y delitos contra las instituciones democráticas. También señaló que el cierre de la oficina de X en Brasil reflejaba la intención de la empresa de “colocarse fuera de la jurisdicción brasileña”. El ministro destacó que el incumplimiento acumulado de las órdenes ya ha generado una multa de 18,35 millones de reales hasta la fecha.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN CONTROL DE CONTENIDOS
03/09
Los diputados Johannes Kaiser, Tomás Lagomarsino y Cristóbal Urruticoechea, presentaron el proyecto de ley que “Establece límites al desarrollo de la inteligencia artificial, en resguardo de los derechos humanos fundamentales”. El proyecto establece un derecho de autonomía de conformidad con el cual los sistemas de inteligencia artificial (IA) no deben diseñarse para manipular o coaccionar a los seres humanos. Asimismo, se reconoce el derecho a la privacidad, transparencia, seguridad y responsabilidad, respecto al uso de la IA.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
27/09
El Consejo de Estado admitió para estudio una acción de tutela presentada por un grupo de 19 mujeres periodistas, representadas por la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y El Veinte, en contra del presidente Gustavo Petro. La tutela es una respuesta al patrón de estigmatizaciones del presidente en contra de la prensa, en especial contra mujeres periodistas, y se da luego de que el presidente usara la expresión “muñecas de la mafia” (tomada del título de una serie de televisión que retrata la vida de mujeres asociadas con narcotraficantes) para referirse de forma genérica a las periodistas. Como en otros casos, las palabras del presidente fueron replicadas por usuarios de redes sociales que insultan y agreden a quienes critican al presidente o su gobierno. Por tal razón, la tutela busca que se protejan los derechos de las periodistas a la libertad de expresión, a la igualdad y a la no discriminación y a una vida libre de violencia. Esta tutela será estudiada de forma conjunta con otra que fue admitida días antes por el Consejo de Estado por un abogado colombiano.
LIBERTAD DE PRENSA VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
24/09
Tres mujeres congresistas de diferentes partidos radicaron el “proyecto de ley de protección digital”, el cual busca adoptar medidas de sensibilización, prevención, protección, reparación y penalización de la violencia de género digital. Entre otras cosas, el proyecto busca criminalizar la difusión no consentida de contenido íntimo sexual en internet. Además, el 17 de septiembre se anunció que otra congresista presentará un segundo proyecto de ley sobre violencia digital de género conocido como el “proyecto de ley Olimpia Colombia“, en referencia al conjunto de reformas legislativas en México que se crearon para combatir la violencia digital. De forma similar, este segundo proyecto de ley (que no ha sido oficialmente radicado) propone para sancionar conductas relacionadas con la creación, difusión, sustracción y distribución no consentida de material íntimo erótico o íntimo sexual.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN VIOLENCIA DE GÉNERO
04/09
El presidente Gustavo Petro reveló que la Dirección de Inteligencia de la Policía (Dipol) habría adquirido durante la administración anterior el software espía Pegasus, el cual se ha usado en decenas de países para espiar a periodistas, defensores de derechos humanos y opositores políticos. El software se habría adquirido de manera clandestina, involucrando el transporte de grandes sumas de dinero en efectivo y posibles irregularidades legales tanto en Colombia como en Israel. La compra se realizó sin dejar registro en el Sistema Electrónico de Contratación Pública de Colombia.
LIBERTAD DE PRENSA PRIVACIDAD VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
13/09
El Poder Judicial denegó la acción de protección presentada por Wilman Terán en contra de Ecuavisa. En la mencionada resolución se determinó que el medio de comunicación no violó ningún derecho de Terán, quien pretendía que los jueces ordenen al SNAI que lo trasladen desde la Cárcel 4 de Quito hasta el set del programa “Contacto Directo” para responder a la fiscal general, Diana Salazar.
LIBERTAD DE PRENSA
10/09
Durante el mes de septiembre, el comisionado Adrián Alcalá Méndez y las comisionadas Blanca Lilia Ibarra Cadena y Norma Julieta del Río Venegas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en los comunicados 237-24, 243-224, 259-24 y 261-24 resaltaron su preocupación por la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales por considerar que es una regresión en el reconocimiento y garantía del derecho a la información en México.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
05/09
La organización Artículo 19 informa que el 5 de septiembre del mismo año, manifestantes de la Comunidad Otomí y colectivos en la lucha por la tierra y territorio, estudiantes de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Universidad Autónoma Metropolitana fueron intervenidos mientras ejercían su derecho a la protesta en la explanada de la Alcaldía Xochimilco en la Ciudad de México. Esta protesta fue cubierta por diversos medios de comunicación. Mientras transcurría la protesta diversas personas encapuchadas y armadas interrumpieron la protesta y cinco personas que protestaban fueron detenidas y trasladadas a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
18/09
El Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) y la Asociación Nacional de Periodistas (ANP) reportaron que el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, amenazó a la periodista Karla Ramírez con denunciarla por difamación, tras la difusión de una carta oficial del Congreso en la que el presidente de la Comisión de Fiscalización, Juan Burgos, instaba al ministro a no recurrir a intermediarios para concretar reuniones. El 4 de septiembre la ANP ya había emitido un pronunciamiento calificando a Santivañez como “el ministro más hostil contra el periodismo nacional”, resaltando que desde su toma de cargo ha sido protagonista de varios enfrentamientos con la prensa.
LIBERTAD DE PRENSA
18/09
Se publicó la Resolución de Secretaría General N.° 000042-2024-DP/SG, mediante la cual el Palacio de Gobierno clasificó como “reservado” el plan de seguridad de la presidenta de la República y la información relacionada con el vehículo conocido como el “cofre” que la traslada, argumentando que es parte de dicho plan. Esta norma fue emitida pocas horas antes de la sesión de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso, impidiendo que el grupo de trabajo accediera a la información solicitada. Esta decisión también se produce en el contexto de una investigación sobre el posible uso del auto presidencial por Vladimir Cerrón, prófugo líder del partido Perú Libre, por el que fue electa la actual jefa de Estado.
ACCESO A LA INFORMACIÓN
13/09
Se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo N° 1649 que modifica el artículo 217 del Código Penal. A partir de éste, se introduce como conducta punible el “[reproducir] total o parcialmente una película, por cualquier medio o procedimiento, dentro de las salas de cine o análogos” sin la autorización previa y escrita del autor o titular de derechos, previendo así una sanción de pena privativa de libertad de dos a seis años y una multa de treinta a noventa días. Asimismo, si la reproducción se realiza con fines comerciales y supera las dos Unidades Impositivas Tributarias, la pena aumenta a cuatro a ocho años de prisión y una multa de sesenta a ciento veinte días.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
10/09
La Comisión de Propuesta de Reforma del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), creada por el Consejo de la Prensa Peruana (CPP), presentó un anteproyecto de ley que busca garantizar la independencia editorial del IRTP respecto de los poderes del Estado. El documento propone la creación del Instituto Nacional de Cine, Radio y Televisión del Perú (ICRTP), así como la Comisión Nacional de Cine, Radio, Televisión y Medios Digitales (Conacrat). La última estaría conformada por organizaciones civiles y encargada de monitorear y consultar sobre la gestión del IRTP. Además, se establecería un proceso meritocrático para seleccionar a los miembros del Consejo Directivo y al presidente del nuevo instituto, así como la creación del puesto de defensor del público, que se encargaría de supervisar las quejas ciudadanas y solicitudes de rectificación.
LIBERTAD DE PRENSA
10/09
El Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS), el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) y la Asociación Nacional de Periodistas (ANP) condenaron públicamente que Fredy Hinojosa, vocero de la presidenta de la República Dina Boluarte, solicite al Ministerio Público que investigue las coberturas periodísticas sobre las protestas en contra de la mandataria, luego de calificar de falsas las transmisiones que mostraban agresiones hacia ella durante manifestaciones en Piura el 5 de septiembre. Hinojosa acusó a la prensa de “instigar a la violencia” contra las autoridades y señaló que estos registros provienen de personas con la intención de desprestigiar a Boluarte y su equipo. El IPYS condenó esta petición, considerándola un acto antidemocrático que atenta contra la libertad de expresión.
LIBERTAD DE PRENSA