ARTÍCULO 71. PROHIBICIONES. Al militar le está prohibido:
1. Incumplir los deberes o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución Política, tratados de Derecho Internacional Humanitario y demás ratificados por el Congreso, las leyes, los decretos, los estatutos de la Institución, los manuales de funciones y las decisiones judiciales y disciplinarias.
2. Incumplir o contrariar dentro o fuera de la institución los principios, valores y virtudes militares consagrados en la presente ley.
3. Adquirir deudas que no puedan cancelarse o compromisos que no puedan cumplirse, contraviniendo la ética militar.
4. Emplear vehículos, embarcaciones o aeronaves, armamento, equipo, o cualquier elemento de dotación oficial en asuntos diferentes del servicio.
5. Emplear en beneficio propio o de terceros, personal militar o civil u otros medios pertenecientes a las Fuerzas Militares.
6. Suministrar o difundir información sobre las Fuerzas Militares, o hacer publicaciones de la entidad, sin previa autorización del superior competente.
7. Interferir en las actividades de Reclutamiento y Movilización.
8. No cumplir o negar el conducto regular.
9. Incumplir, desatender o entrabar el cumplimiento de las órdenes e instrucciones legalmente emitidas por sus superiores jerárquicos.
10. Irrespetar los símbolos patrios así como a emblemas, políticas o direccionamientos institucionales.
11. Realizar conductas que afecten la misión de las Fuerzas Militares.
12. Irrespetar las insignias, distintivos, condecoraciones, medallas, banderas, estandartes, escudos y demás símbolos militares.
13. Participar o permitir la realización de actividades contrarias a la disciplina militar, así como promoverlas, propiciarlas u organizarlas.
14. Ejecutar actos de violencia o utilizar expresiones irrespetuosas, injuriosas o calumniosas contras superiores, subalternos, compañeros o personal civil.
15. Proporcionar datos o documentos personales inexactos a la Institución.
16. Faltar al servicio o asistir en forma impuntual.
17. Salir sin permiso de la guarnición o de las instalaciones militares, puesto, base o área de vivac.
18. Poner en riesgo la vida o la integridad física y mental de superiores, subalternos, compañeros y demás servidores de la Institución.
19. Incurrir en acciones u omisiones que pongan en riesgo el éxito de las operaciones o la misión institucional.
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Tema: [table-cell id=1 row=279 column=22 /]
Año: [table-cell id=1 row=279 column=2 /]
Promueve/Limita la circulación del discurso: [table-cell id=1 row=279 column=21 /]
Cumple con el test tripartito: [table-cell id=1 row=279 column=29 /]