PROYECTO DE LEY 081 DE 2014 CÁMARA

por la cual se ordena traducir la Constitución Nacional a todas las lenguas y dialectos indígenas, Raizal Creol de San Andrés y Providencia y lengua criolla palenquera de San Basilio y lengua ROM (Gitano) de la República de Colombia y se dictan otras disposiciones, como un paso fundamental para lograr la inclusión y la Paz.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

TÍTULO I

PRINCIPIOS Y DEFINICIONES

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto ordenar traducir la Constitución Nacional de Colombia a todas las lenguas y dialectos indígenas, Raizal Creol de San Andrés y Providencia, lengua criolla palenquera y ROM (Gitano). Como un aporte legislativo del Congreso de la República para la inclusión fundamental, cultural y de soberanía a las poblaciones más abandonadas y discriminadas dentro de una política diferencial de nuestro país y contribuir a dar pasos de inclusión para lograr el anhelo de la paz.

Artículo 2°. Recomendar al Congreso de la República la creación de la oficina de lenguas y dialectos nativos, criollos y raizales, para un alcance directo con los pueblos Indígenas, Raizales, Comunidades negras y ROM (Gitanos), como un paso legislativo de entendimiento y mutuo respeto y dentro de las políticas diferenciales y de derecho propio de nuestros pueblos, y para pleno cumplimiento de convenios internacionales.

Artículo 3°. El Ministerio de Educación Nacional será la entidad encargada de la traducción, la socialización y pedagogía de la presente ley de traducción de lenguas y dialectos ancestrales, nativas, criolla Palenquera, Raizal Creol y ROM (Gitanos) de nuestra Constitución Nacional con toda la comunidad educativa, universidades y colegios públicos y privados en todo el país.

Parágrafo 1°. Las traducciones deberán hacerse de acuerdo a las lenguas y dialectos indígenas, raizal creol, criolla palenquera y ROM de la Constitución Nacional en formato de audio, visual y escrito para poder dar cumplimiento a la presente ley, con un plazo máximo de 12 meses a partir de su aprobación.

Parágrafo 2°. El Gobierno Nacional promoverá la aplicación de la presente ley de traducción a las lenguas indígenas y dialectos nativos ancestral, criolla Palenquera, Raizal Creol y ROM de la Constitución Nacional por los medios masivos de comunicación y a todas las entidades territoriales.

Artículo 3°. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y se derogan todas las disposiciones que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas,

                                                         

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  1. CONTEXTO Y CONVENIENCIA

La Constitución Nacional, proclama: en el Título l. De los Principios Fundamentales en su artículo 2°. Son fines esenciales del Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República, están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencia y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. (Ídem).

Por la cual se desarrollan los artículos 7°, 8°, 10, 13 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4°, 5° y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OITsobre pueblos indígenas y tribales), y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.

No se está haciendo otra cosa que dando cumplimiento a nuestra Constitución, desarrollando en su más profundo principio fundamental de llegar a las poblaciones de colombianos más excluidos, con mayor índice de desigualdad y pobreza del país que les ha tocado vivir directamente la guerra e injusticia ancestral, desconociendo sus valores, sus raíces, excluidos socialmente, económicamente y culturalmente .

Es la hora del Congreso de la Paz, como lo anunciara el Presidente de la República en su alocución de instalación del nuevo Congreso 2014-2015 en su primer periodo de sesiones ordinarias el día 20 de julio del presente año.

Con este proyecto de ley, estamos dando un paso gigante hacia la paz, incluyendo en el principal acto soberano del pueblo, que es nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL, a las comunidades indígenas de nuestro país, a las poblaciones afrodescendientes, raizales de las islas de San Andrés y Providencia, los pobladores de San Basilio de Palenque, y la población ROM (Gitanos) que durante lustros han vivido ajenos a las decisiones y actos de gobiernos centralistas que hoy nos rigen y que han ocasionado tantas víctimas en este largo conflicto armado que lleva más de 50 años y que precisamente una de las causas es la exclusión.

El Estado debe responder a las actuales necesidades de nuestros pueblos, debe ser más efectivo y llegar hasta el ciudadano más indefenso y desprotegido. Con estas medidas estamos asegurando la inclusión y cohesión de todos los pobladores y exigiendo al Gobierno Nacional, a todas las ramas del poder público y a las regiones que adopten medidas administrativas para poder entendernos, que nos entiendan y convivir pacíficamente y en un orden equitativo y justo, como lo ordena nuestra Constitución.

En el artículo 7°, de nuestra Constitución, dice: El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. (Ídem).

Una forma de proteger la diversidad étnica y cultural de Colombia es dándole aplicabilidad a las normas y qué más que llegando en el idioma, en las lenguas y dialectos ancestrales, nativas, criollas y ROM de nuestros pobladores. Acercándolos a nuestra Carta Magna, al Congreso, al Gobierno Nacional, a nuestras instituciones, empecemos por reconocernos para poder aceptarnos y así mismo tener credibilidad ante nuestros pueblos, nuestros ciudadanos.

En el artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibimos la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

En estos apartes del presente artículo constitucional, el Congreso de la República con todo respeto está en mora de desarrollarlo y hacerlo efectivo a la luz de todas las poblaciones Indígenas, Afrodescendientes, Raizales y ROM de nuestro país en su lengua o dialecto ancestral tradicional. Urge la igualdad lingüística por parte del legislativo y llevarlo a todas las instancias del orden nacional y regional para poder incluir a todos los colombianos.

Antecedentes

Los departamentos de mayor porcentaje de población indígena son Vaupés (66%), Guainía (65%), La Guajira (45%), Vichada (44%) y Amazonas (43%). Las sesenta y cinco lenguas indígenas que subsisten hoy se pueden reagrupar en 12 familias lingüísticas y 10 lenguas aisladas, no clasificadas hasta el momento.

Tenemos: la gran familia lingüística Chibcha, de probable procedencia centroamericana; las grandes familias suramericanas Arhuaca, Caribe, Quechua y Tupí; siete familias solamente presentes en el ámbito regional (Chocó, Guahibo, Sáliba, Macú, Huitoto, Bora, Tucano). Las diez lenguas aisladas son: andoque, awá- cuaiquer, cofán, guambiano, kamentsá, páez, ticuna, tinigua, yagua, yaruro.

Sesenta y cinco lenguas indígenas americanas de muy diverso origen, habladas por unas 400.000 personas en 22 de los 32 departamentos de Colombia.

LENGUAS EXTINTAS

Estimar el número de lenguas indígenas que se hablaban en el territorio de la actual Colombia a la llegada de los conquistadores españoles. Los datos de los cronistas no nos permiten en general saber si los nombres reportados para los idiomas corresponden a variantes dialectales, a lenguas distintas o simplemente a subgrupos de la misma habla con nombres diferentes.

Lenguas de las cuales se tiene algún tipo de evidencia documental y que desaparecieron: cueva, coiba, catío viejo, caramanta, nutabe, yamesi, anserma, duit, chitarero, lache, situfa, airico, atabaca, bonda, malibú, mocana, quillacinga, pasto, sindagua, telembí, andágueda, quimbaya, idabáez, yurimangui, guanebucán, cosina, guayupe, cabere, amarizana, otomac, pamigua, tama, icaguate, coeretú, uantya, urubu-tapuyo, patsoca, miraña-carapana, coeruna, pantágora, colima, muzo, panche, guane.

En el siglo XX las lenguas que desaparecieron y de las que se tiene algún testimonio, sin prejuzgar de otras que también pudieron extinguirse, son las siguientes:

¿ En la costa atlántica: kankuamo (familia Chibcha) de la Sierra Nevada de Santa Marta.

¿ En el valle del río Magdalena: opón-carare (familia Caribe), pijao (familia Caribe).

¿ En la Amazonía: resígaro (familia Arahuaca).

Queda por averiguar la suerte del andakí, del yurí, del betoi.

Dos lenguas muy importantes de Colombia fueron:

– La chibcha o muisca de la región de Bogotá posiblemente fallecida desde fines del siglo XVIII pero sobre la cual surgen a veces rumores sobre la existencia de hablantes.

– La zenú hablada en la costa Atlántica, en la zona actual de Córdoba y de Sucre, de la cual no se tiene datos lingüísticos pero que los habitantes actuales de los grupos étnicos zenúes afirman haber sido hablada en este siglo.

¿ Dos lenguas criollas habladas por poblaciones de origen africano: el criollo del palenque de San Basilio cerca de Cartagena (unas 3.000 personas), el criollo de las islas de San Andrés y Providencia (unas 30.000 personas). Estas dos lenguas son de creación reciente. Las crean los esclavos negros en la época de la Colonia para comunicarse entre sí. El criollo de San Basilio o palenquero nace en ambiente de lengua española y el mayor número de sus palabras y raíces es de origen castellano. El criollo de San Andrés y Providencia nace en ambiente de lengua inglesa, el mayor número de sus palabras es de origen inglés. La gramática de estas lenguas es original y no permite considerarlas como simples variaciones del castellano o del inglés.

Escala demográfica

De las 65 lenguas habladas hoy en Colombia:

¿ 3 tienen más de 50.000 hablantes: wayú, páez, embera. (Grupo A).

¿ 8 tienen entre 10.000 y 50.000 hablantes: guahibo o sikuani, guambiano, arhuaco o ika, inga, ticuna contando los hablantes de Perú y Brasil, tucano contando los hablantes de Brasil, cuna contando los hablantes de Panamá, piaroa contando los hablantes de Venezuela. (Grupo B).

¿ 9 tienen entre 5.000 y 10.000 hablantes: cuaiquer o awá, kogui, waunana, puinave, wuitoto, curripaco contando los hablantes de Venezuela, piapoco contando los hablantes de Venezuela, yaruro más que todo presente en Venezuela, yuca contando los hablantes de Venezuela. (Grupo C).

¿ 11 tienen entre 1.000 y 5.000 hablantes: tunebo o u¿wa, cubeo, camsá, wiwa, barí, cofán, cuiba, coreguaje, sáliba, guayabera, yagua contando los hablantes de Perú. (Grupo D).

¿ 34 tienen menos de 1 .000 hablantes: totoró, barasano, desano, wanano, piratapuyo, achagua, andoke, bará, bora, cabiyarí, carapana, carijona, chimila, cocama, hitnu, macuna, cacua, nukak, hupda, yuhup, miraña, muinane, nonuya, ocaina, pisamira, siona, siriano, tanimuka, tariano, tatuyo, tinigua, tuyuca, yucuna, yurutí. (Grupo E).

Escala de peligrosidad

  1. En peligro potencial consideramos las lenguas : tunebo (u¿wa), camsá, wiwa, barí, cofán, cuiba, del grupo D; barasano, carapana, desano, wanano, piratapuyo, bará, macuna, cacua, siriano, tanimuka, tatuyo, tuyuca, yucuna, yurutí del grupo E.
  2. En peligro, consideramos las lenguas coreguaje, sáliba, guayabera, del grupo D; achagua, andoke, bora, cabiyarí, hitnu, miraña, muinane, ocaina, del grupo E.
  3. En serio peligro consideramos las lenguas chimila, cocama, nukak, siona, del grupo E.
  4. Moribundas, están las lenguas tinigua (2 hablantes), nonuya (3 hablantes), carijona (más o menos 30 hablantes pasivos), totoró (4 hablantes activos, 50 hablantes pasivos), pisamira (más o menos 25 hablantes), del grupo E. De las lenguas moribundas no se puede esperar revitalización.

Las lenguas en serio peligro son poco transmitidas a las nuevas generaciones aunque se da en casi todas ellas esfuerzos de recuperación. Las lenguas llamadas en peligro son declaradas tales, más por su tamaño y la dificultad objetiva de mantenerse frente a la arremetida del mundo occidental que por su vitalidad actual, en muchos casos aún muy fuerte. A todas estas lenguas añadimos algunas de las habladas por entre 1.000 y 5.000 personas y que consideramos ¿en peligro potencial¿.

Hoy, 514 años después, el país es reconocido como pluricultural y multilingüe, dada la existencia de 87 etnias indígenas, 3 grupos diferenciados de población afrocolombiana y el pueblo ROM o gitano; se hablan 64 lenguas amerindias, el bandé, lengua de los raizales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el palenquero, lengua criolla de las comunidades de San Basilio de Palenque ¿primer pueblo libre de América, declarado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) como obra maestra del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad¿ y el Romaní o Romanés lengua Rom. (Ídem).

El Dane rinde con este documento un homenaje a los grupos étnicos de Colombia, con ocasión de conmemorarse un año más del arribo de Colón a estas tierras y de la entrega de los resultados del Censo General 2005. De esta manera continúa con su política de inclusión y medición de las poblaciones étnicas y de fortalecimiento de la cultura estadística de los colombianos.

¿Y todos los que yo vi eran todos mancebos, que ninguno vide de edad de más de treinta años: muy bien hechos, de muy hermosos cuerpos y muy buenas caras: los cabellos gruesos cuasi como sedas de cola de caballos, e cortos: los cabellos traen por encima de las cejas, salvo unos pocos de tras que traen largos, que jamás cortan. Dellos se pintan de prieto, y ellos son

De la color de los canarios, ni negros ni blancos, y dellos se pintan de blanco, y dellos de colorado, y dellos de lo que fallan, y dellos se pintan las caras, y dellos todo el cuerpo, y dellos solo los ojos, y dellos solo el nariz. Ellos no traen armas ni las conocen …Ellos todos a una mano son de buena estatura de grandeza y buenos gestos, bien hechos¿.

Cristóbal Colón

Primeras impresiones sobre el hombre americano registradas en su diario y citadas por el padre de Las Casas (Tomado de: Cronistas de indias, Antología. El Ancora Editores, Bogotá, 1982, pág. 13).

Año 1492 marca una huella en la historia mundial y en la transformación de las culturas de todo el planeta. Es un espacio en el tiempo y en la geografía, donde múltiples culturas se encuentran.

Con el arribo de Colón a América se inicia un nuevo mundo. Colón en su primer viaje trajo africanos y en la tripulación de su tercer viaje se embarcaron cuatro ROM, denominados en aquel entonces Egiptanos o egipcios.

¿Estos Rom fueron: Antón de Egipto, Macías de Egipto, Catalina de Egipto y María de Egipto. Lo más probable es que estos Rom se hayan acogido al indulto ofrecido el 22 de junio de 1497 para venirse a vivir a la isla La Española¿.

Entre los estudiosos de la historia americana no hay un acuerdo acerca del Volumen de la población aborigen en el continente antes de la llegada de Cristóbal Colón. Los datos fluctúan entre cien millones y tres millones y medio de habitantes nativos. Lo cierto es que América estaba poblada por una variedad de culturas ¿de símbolos, de tradiciones, de costumbres, de artes, de conocimientos y saberes …¿, que fueron ignoradas, menospreciadas y destruidas, en su gran mayoría, por los invasores que llegaron de Europa con su afán de riqueza, de dominación y con sentimientos de una ilusoria superioridad.

Los estudios realizados sobre la denominada por algunos, época de la Conquista y por otros la gran invasión, concuerdan en afirmar que la población indígena fue diezmada, casi a desaparecer en un 90%. Así se cometió uno de los actos más bárbaros en la h istoria de la humanidad: murieron hombres y mujeres indígenas y con ellos, la mayor riqueza que dejan los hombres en su transcurrir: la cultura plasmada en los conocimientos y los saberes.

El régimen colonial se caracterizó por un gran descenso de la población indígena tanto por su extinción física como cultural debido, por una parte, a los trabajos forzados a que eran obligados como cargueros, bogas o mineros; por otra parte, las enfermedades desconocidas los avasallaron sin poder oponer resistencia; y, por último, el afán de ¿civilizarlos¿ de incorporarlos o asimilarlos a la cultura del opresor, intimidó su dignidad y con ello sus posibilidades de expresión del pensamiento.

Fue de tal magnitud el exterminio de los pueblos indígenas en América, que en 1504 se da inicio al mercado de africanos como mano de obra al servicio de los colonizadores. En 1520 la Casa de Contratación de Sevilla acelera la entrada de negros introduciendo en América aproximadamente 4.000 personas cada año; fue tal la magnitud de la trata que en 1533 la Corona española se vio obligada a establecer permisos para que sus súbditos españoles introdujeran esclavos negros en sus colonias. Esta medida significó, una vez más, la dominación y el exterminio de nuevos pueblos, que en sus tierras africanas fueran hacedores de culturas florecientes. ¿Aterra pensar que durante cuatro siglos (XVI-XIX) quince millones de personas fueron arrancadas de África para proveer de esclavos a las colonias hispanas, portuguesas, inglesas y francesas. Dos terceras partes de ellos nunca llegaron a su destino…¿.

El encuentro de culturas diversas en tierras americanas, aun en condiciones adversas, fue la cimiente que propició el inicio de novedosas formas de relaciones, de cosmovisiones, de sentires que con el tiempo se fueron afianzando, reacomodando y reinventando el mundo.

Durante los 100 años anteriores a 1991 los indígenas de Colombia debieron someterse a la Ley 089 del 25 de noviembre de 1890, que determinaba ¿la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada.¿ En parte de su articulado reza:

¿… el Gobierno, de acuerdo con la Autoridad eclesiástica, determinará la manera como esas incipientes sociedades deban ser gobernadas.

(Artículo 1°). Los indígenas son asimilados por la presente ley a la condición de los menores de edad, para el manejo de sus porciones en los resguardos, … (Artículo 40). …Esta normatividad no impidió el que muchos pueblos indígenas del país emprendieran contiendas por la reivindicación de sus derechos desde finales del Siglo XIX, como lo fue el movimiento de Quintín Lame por la recuperación de los resguardos en el Cauca, ejemplo que fue seguido a lo largo y ancho del país por muchos otros pueblos indígenas¿.

CONTEXTO Y CONVENIENCIA

En 1970 los movimientos indígenas y negros inician una lucha organizada por la defensa de sus culturas, de sus tierras, de sus conocimientos y saberes que va a tener sus frutos en la Constitución de 1991 cuando se incorporan de manera visible a la vida nacional.

El pueblo Rom, por su parte, se ha desenvuelto en una historia de permanente tensión entre la asimilación a la sociedad hegemónica y la preservación de la identidad étnica y de mantenimiento de la cultura propia, factores que le han permitido consolidarse culturalmente, hasta ser reconocido solo recientemente en la vida nacional.

La existencia de indígenas, negros y gitanos en Colombia como conglomerados humanos con especificidades particulares que denotan mundos pletóricos de significados contenidos en sus conocimientos, saberes, relaciones y por lo tanto en prácticas sociales d iversas que implican formas distintas de ser, de sentir y de actuar frente a las necesidades, las problemáticas y las posibilidades de concebir la vida, constituye una riqueza inconmensurable en el concierto de la vida nacional.

Actualmente se reconoce el gran avance que para los grupos étnicos significa la Constitución de 1991 en la consolidación de sus derechos fundamentales y en el establecimiento de las bases para una nueva relación con el Estado a partir de la aceptación de la diversidad cultural de Colombia.

¿…, el gran agregado de la Constitución de 1991 fue la concreción y expresión normativa de la necesidad de fomentar en toda la sociedad relaciones de mutualidad e interculturalidad, en vez de las de dominación de la sociedad hegemónica hacia las minorías étnicas¿.

Pueblos indígenas o Etnias predominantes, según divisiones territoriales del Dane y departamentos 2005 Territoriales Dane y departamentos Pueblos indígenas o etnias

Norte

Atlántico: Mokana

Cesar: Arhuaco, Kogui, Wiwa, Yuko, kankuamo La Guajira Arhuaco, Kogui, Wayuu, Wiwa

Magdalena: Arhuaco, Chimila, Kogui, Wiwa

Sucre: Senú

Noroccidental

Antioquia: Embera, Embera Chamí, Embera Katío, Senú, Tule

Córdoba: Embera Katío, Senú

Chocó: Embera, Embera Chamí, Embera Katío, Tule, Waunan

Nororiental

Arauca: Betoye, Chiricoa, Hitnu, Kuiba, Piapoco, Sikuani, U¿wa

Norte de Santander: Barí, U¿wa

Santander: (U¿wa), Guanes

Central

Boyacá: U¿wa, Muisca

Caquetá: Andoke, Coreguaje, Coyaima, Embera, Embera katío, Inga, Makaguaje, Nasa, Uitoto

Casanare: Amorúa, Kuiba, Masiguare, Sáliba, Sikuani, Tsiripu, Yaruros, U¿wa

Cundinamarca: Muisca

Huila: Coyaima, Dujos, Nasa, Yanacona

Meta: Achagua, Guayabero, Nasa, Piapoco, Sikuani

Amazonas

Andoke, Barasana, Bora, Cocama, Inga, Karijona, Kawiyarí, Kubeo, Letuama,

Makuna, Matapí, Miraña, Nonuya, Ocaina, Tanimuka, Tariano, Tikuna, Uitoto,

Yagua, Yauna, Yukuna, Yuri

Guainía: Kurripako, Piapoco, Puinave, Sicuani, Yeral

Guaviare: Desano, Guayabero, Karijona, Kubeo, Kurripako, Nukak, Piaroa, Piratapuyo,

Puinave, Sikuani, Tucano, Wanano

Vaupés: Bara, Barasana, Carapana, Desano, Kawiyarí, Kubeo, Kurripako, Makuna, Nukak, Piratapuyo, Pisamira, Siriano, Taiwano, Tariano, Tatuyo, Tucano, Tuyuka, Wanano, Yurutí

Vichada: Kurripako, Piapoco, Piaroa, Puinave, Sáliba, Sikuane

Centroccidental

Caldas: Cañamomo, Embera, Embera Chamí, Embera Katío

Risaralda: Embera, Embera Chamí

Tolima: Coyaima, Nasa

Suroccidental

Cauca: Coconuco, Embera, Eperara Siapidara, Guambiano, Guanaca, Inga, Nasa, Totoró, Yanacona

Nariño: Awa, Embera, Eperara Siapidara, Inga, Kofán, Pasto

Putumayo: Awa, Coreguaje, Embera, Embera Katío, Inga, Kamëntsa, Kofán, Nasa, Siona, Uitoto

Valle del Cauca: Embera, Embera Chamí, Nasa, Waunan

La mayoría de la población indígena se ubica en el área rural del país en los resguardos indígenas legalmente constituidos, en las parcialidades indígenas, o en territorios no delimitados legalmente. Se encuentran ubicados en las regiones naturales como la selva, las sabanas naturales de la Orinoquia, los Andes colombianos, en los valles interandinos y en la planicie del Caribe. El Cuadro 1, muestra el total de resguardos indígenas, según divisiones territoriales del DANE y departamentos.

Total Resguardos Indígenas, según divisiones territoriales del Dane y departamentos 2005 Territorial Dane

  1. Número de departamentos con resguardos              27
  2. Número de municipios con resguardos                   228
  3. Número de resguardos                 710

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6

Departamento Municipios con resguardo Resguardos
Cesar 5 10
La Guajira 11 20
Magdalena 5 3
Sucre 3 1
Noroccidental 47 160
Antioquia 19 42
Córdoba 3 3
Chocó 25 115
Nororiental 14 30
Arauca 6 26
Norte de Santander 6 3
Santander 2 1
Central 60 200
Boyacá 2 1
Caquetá 10 45
Casanare 4 10
Huila 10 14
Meta 6 20
Amazonas (Corregi.) 10 26
Guainía (Corregi.) 6 25
Guaviare 4 24
Vaupés 4 3
Vichada 4 32
Centrooccidenta1 14 77
Caldas 5 6
Risaralda 3 5
Tolima 66
Suroccidental 69 221
< p class=MsoNormal style=’text-align:justify;mso-line-height-alt:3.0pt; mso-hyphenate:none;mso-layout-grid-align:none;text-autospace:ideograph-other; vertical-align:middle’>Cauca 26 83
Nariño 17 60
Putumayo 13 55
Valle del Cauca 13 23

Fuente: Dane, Proyecciones de Población, junio 30 de 2005.

* 2 resguardos tienen su territorio en 3 departamentos y 8 resguardos en 2 departamentos.         

CONVENIO 169

¿CONVENIO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Reza en el presente artículo

Artículo 2°.

  1. Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad.
  2. Esta acción deberá incluir medidas:
  3. a) Que aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás miembros de la población;
  4. b) Que promuevan la plena efectividad de los derechos sociales, económicos y culturales de esos pueblos, respetando su identidad social y cultural, sus costumbres y tradiciones, y sus instituciones;
  5. c) Que ayuden a los miembros de los pueblos interesados a eliminar las diferencias socioeconómicas que puedan existir entre los miembros indígenas y los demás miembros de la comunidad nacional, de una manera compatible con sus aspiraciones y formas de vida. (Ídem).

Por el primordial articulado podemos observar que estamos dando cumplimiento a este convenio internacional suscrito por Colombia y hoy ley de la República y por consiguiente se deduce que el presente proyecto de ley no necesita de la Consulta Previa, puesto que no va en contravía ni vulnera los derechos de los pueblos indígenas de nuestro país.

Con todo lo expuesto anteriormente encontrado en los textos de estudios, análisis e investigaciones por los más importantes antropólogos, investigadores e historiadores y con datos precisos de instituciones gubernamentales y los fundamentos constitucionales aquí expuestos, es el deber del Ministerio de Educación Nacional, por su gran experiencia en la traducción de material didáctico y traducción en lenguas de libros y textos e investigaciones por medio de la oficina de Etnoeducación, la ejecución del presente proyecto y la pedagogía con todos los argumentos presentados del presente proyecto de ley.

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Se autoriza la publicación siempre y cuando se cite la fuente bibliográfica y fuentes de información.

JON LANDABURU

C.N.R.S.

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

CENTRO COLOMBIANO DE ESTUDIOS DE LENGUAS ABORÍGENES (CECELA)

Clasificación de las lenguas indígenas de Colombia Autor: Landaburu, Jon

Fuente: Dane, Censo General 2005. Los Grupos Étnicos en la Colombia de Hoy

Bodnar, Yolanda, Apuntes sobre la diversidad cultural y la información sociodemográfica disponible sobre los pueblos indígenas de Colombia, en Notas de Población, Año XXXI, No. 79, Naciones Unidas, CEPAL, Santiago de Chile, 2005.

CAMACHO ROLDÁN, SALVADOR. Memorias. Ed. Bedout. Pág. 103.

Friedemann N. & Arocha J. Herederos del jaguar y la anaconda. Carlos Valencia Editores. Bogotá, 1985. Dane, Los Grupos Étnicos de Colombia en el Censo de 1993- Análisis de Resultados.

Friedemann N. & Arocha J. Op. cit. Pg. 57.

Juancarlos Gamboa, Martínez, et al. Op. cit. Colombia, Un Espacio de Vida y Encuentro Pluricultural

Gómez, Alfaro, Comunicación Personal, 23 de junio de 1997 en Gamboa Martínez, Juan Carlos, et al. Los Rom de Colombia: itinerario de un pueblo invisible. Bogotá, 2000.

Uribe, Margarita María. Los grupos étnicos de Colombia: intentos de cuantificación y criterios para el censo 1993. Dane, 1998. Colombia, Clasificación de las Lenguas Indígenas de Colombia

Fecha de publicación: 1999

Editorial: Centro colombiano de Estudio de Lenguas Aborígenes; Universidad de los Andes Biblioteca Luis Ángel Arango.

Es frecuente que el Estado colombiano reciba críticas de parte de la comunidad internacional sobre su relación con los pueblos indígenas.

¿Que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados¿. Aunque la reivindicación ha tomado mayor relevancia en la presente década, la demanda viene de muy atrás, incluso desde el nacimiento de la misma Organización de las Naciones Unidas (ONU), donde los representantes indígenas pedían ser escuchados.

La referencia más cercana, la podemos ubicar en la primera década de las poblaciones indígenas que la ONU proclamó en 1993 y esta se ve fortalecida en la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI), celebrada en dos fases: en diciembre del 2003 en Ginebra, Suiza, así como en Túnez a finales del 2005, respectivamente.

Cómo promover y mejorar la relación del Estado con los pueblos indígenas

En los últimos años, ha habido una mayor participación de los pueblos indígenas en la escena política. En la actualidad hay representantes indígenas en los gobiernos municipales y estatales, la relación entre el Estado y los pueblos indígenas marca un hito en el presente escenario político.

De los honorables Congresistas,

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CÁMARA DE REPRESENTANTES

SECRETARÍA GENERAL

El día 27 de agosto del año 2014 ha sido presentado en este despacho el Proyecto de ley número 081 de 2014 Cámara, con su correspondiente exposición de motivos, por el honorable Representante Rafael Elizalde Gómez.

El Secretario General,

Jorge Humberto Mantilla Serrano.