Incorpora Dentro Del Delito De ‘Publicación Indebida De Las Comunicaciones’ Del Código Penal La Difusión De Correos Electrónicos Y Mensajería Instantánea, Incluso Si El Difusor Es Destinatario De Los Mensajes. También Se Agrava La Pena (2 Años De Cárcel) Si Se Divulgan Conversaciones Telefónicas O Grabaciones De Tales Conversaciones.