Cantidad de proyectos LATAM a Julio 2022
PAIS | PROYECTOS | |
---|---|---|
ARGENTINA | 7 | |
BRASIL | 28 | |
CHILE | 3 | |
COLOMBIA | 14 | |
ECUADOR | 2 | |
GUATEMALA | – | |
MEXICO | 13 | |
PARAGUAY | 2 | |
PERU | 2 |
Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y julio 2022
Acceso a la información | 6.9% | |
Acoso | 10.3% | |
Apología | 5.2% | |
Libertad de expresión | 8.6% | |
Igualdad y no discriminación | 17.2% | |
Acceso a Internet | 1.7% |
Privacidad | 1.7% | |
Protección de menores | 15.5% | |
Reputación y honor | 5.2% | |
Moderación de contenidos | 5.2% | |
Violencia de género | 5.2% | |
Derechos de los indígenas | 3.4% | |
Fake News | 1.7% |
Temas proyectos de ley presentados entre agosto 2021 y julio 2022
Acceso a la información | 4.8% | |
Acoso | 9.5% | |
Apología | 4.8% | |
Libertad de culto | 1.6% | |
Igualdad y no discriminación | 15.9% | |
Publicidad oficial | 4.8% | |
Fake News | 1.6% | |
Protección de menores | 14.3% | |
Reputación y honor | 4.8% | |
Moderación de contenidos | 4.8% |
07/07
El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), en cabeza de Victoria Donda, se pronunció respecto a la normatividad que impuso el alcalde Larreta para prohibir el lenguaje inclusivo en las escuelas y confirmó que presentará un “Amicus Curiae” en el recurso de amparo presentado por la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) contra dicho gobierno porteño.
Donda estableció que dicha regulación permite la cancelación de una definición de identidad y que, por lo tanto, la identidad no puede ser cancelada. Adujo que se vulneraron los derechos de una parte de la población a no ser discriminada y a ser invisibilizada. Desde el Centro de Estudios y Libertad de Expresión recomendamos la lectura del análisis de Matías González sobre los desafíos del lenguaje inclusivo en Argentina.
LIBERTAD DE EXPRESION IGUALDAD Y NO DISCRIMIANCION
23/07
La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación denunció penalmente al veterano Aldo Rico por generar un discurso en redes sociales donde incita a la población, especialmente a los militares y militares retirados, para alzarse en contra de la Constitución Nacional y de disponer de los poderes públicos democráticos, generando un mensaje golpista. Centros de defensa de los derechos humanos no dudaron en pronunciarse y alertar la gravedad del discurso difundido por Aldo Rico y las consecuencias que ello puede acarrear.
DISCURSO DE ODIO APOLOGIA
El gobierno provincial y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad firmaron un acuerdo para generar un Registro de datos de personas que fueron víctimas durante la última dictadura cívico militar en Argentina. Esto con el fin de facilitar el acceso a la información para identificar a las víctimas y agilizar el proceso de búsqueda de las personas desaparecidas por el gobierno de ese entonces.
ACCESO A LA INFORMACION
27/07
El diputado Ricardo López Murphy tuvo un altercado con los militantes kirchneristas al intentar ingresar al recinto de la Universidad de Buenos Aires (UBA) para realizar charlas, sin embargo los militantes no le impidieron el paso como forma de manifestar su inconformismo contra el diputado y en el que le exigieron respuesta frente a la implementación del presupuesto educativo del 2001, cuando ejercía como ministro de Economía. Ante el bloqueo, dirigentes de la oposición no dudaron en pronunciarse y respaldar al diputado, aduciendo la vulneración al derecho a la libertad de expresión de Ricardo Murphy por impedir la divulgación de su postura en dicha Universidad.
LIBERTAD DE EXPRESION
08/06
Instagram vs cantante. La 4ª Clase de Apelaciones de los Tribunales Civiles y Penales Especiales de Bahía ordenó a Instagram indemnizar a un cantante por la suspensión de su cuenta en la plataforma. El cantante argumentó que la plataforma habría suspendido su cuenta sin justificación y que el bloqueo lo habría perjudicado, ya que se le impidió realizar transmisiones en directo. Instagram replicó que la suspensión temporal se debía a la sospecha de práctica de spam por parte del usuario y que liberó la cuenta tras concluir que no había ninguna violación de las políticas de la plataforma. En la decisión, el tribunal decidió que la «eficacia horizontal y diagonal de los derechos fundamentales» debe observarse en las relaciones entre particulares, «no siendo razonable la obstaculización injustificada del uso de los servicios disponibles para el público». También expresó que la «actitud arbitraria» de Instagram habría frustrado las expectativas del cantante, impedido el desempeño regular de su actividad laboral. Así, la jueza ponente condenó al Instagram a pagar una indemnización por daños morales de R$3 mil.
CENSURA
17/06
Moraes vs OPC. El ministro del Tribunal Supremo Federal (STF), Alexandre de Moraes, ordenó a las plataformas Twitter, Facebook, Instagram, Youtube, TikTok y Telegram a bloquear, en un plazo de 24 horas, los perfiles del Partido da Causa Operária (PCO). La decisión se emitió después de que las plataformas presentarán recursos interlocutorios contra otra decisión del ministro, que incluía al PCO en la investigación de noticias falsas y determinaba la suspensión de las cuentas del partido en las redes sociales. En el recurso, las plataformas solicitaron que el ministro reconsiderara la determinación anterior. En la primera decisión, el ministro Alexandre de Moraes dijo que las publicaciones del partido habían afectado el honor y seguridad del STF al difundir «noticias fraudulentas sobre la actuación del Tribunal» y abogar por su disolución. Con base en este entendimiento, el ministro, entre otras medidas, ordenó la suspensión de las cuentas del PCO por las redes sociales mencionadas. En la nueva orden, Moraes establece que los recursos no tienen capacidad para suspender los efectos de su decisión, y las plataformas deben proceder a bloquear los perfiles en el plazo mencionado, bajo pena de multa diaria de R$ 20 mil.
FAKE NEWS REPUTACION Y HONOR
21/06
Desindexación de contenidos. La 3ª Sala del Tribunal Superior de Justicia, por mayoría, confirmó la decisión del Tribunal que había determinado la desindexación de los resultados de los motores de búsqueda en un caso que implicaba a una fiscal. En el caso, la fiscal había presentado una demanda contra Google, Yahoo y Microsoft impugnando la existencia de resultados de búsqueda en Internet que incluían su nombre en relación con las acusaciones de fraude en el XLI Concurso de la Magistratura del Estado de Rio de Janeiro. El Tribunal ya había determinado que las plataformas debían desindexar los contenidos relacionados con la fiscal. Sin embargo, en 2021, el Tribunal Supremo Federal (STF) fijó la tesis de que el derecho al olvido es incompatible con la Constitución Federal. Con la decisión del STF, el caso volvió al STJ, para que el Tribunal Superior indique los contornos de la tesis del STF sobre el derecho al olvido en el ámbito infraconstitucional. El STJ sostuvo que el derecho al olvido no debe confundirse con la desindexación de contenidos, y defendió que la desindexación de contenidos no se basaría en el derecho al olvido, sino en los derechos fundamentales a la intimidad y a la privacidad.
DERECHO AL OLVIDO PRIVACIDAD
24/06
Duvivier vs Luciano Hang. El Tribunal de Justicia de Rio de Janeiro (TJ-RJ), negó el recurso presentado por el comediante Gregório Duvivier, en una acción de daños y perjuicios a favor del empresario Luciano Hang. Duvivier había sido condenado a pagar R$ 25 mil al Hang, propietario de la cadena de tiendas Havan, por publicar una foto en su perfil personal de Twitter con la leyenda «estoy tisti [(triste)] alguien mata al viejo de Havan» (sic). La publicación alcanzó grandes proporciones, lo que, según los jueces, habría generado una incitación a la violencia contra Luciano. Gregório Duvivier impugnó la decisión alegando que Hang es una figura pública, sujeta al escrutinio público, y que él mismo sería uno de los humoristas más famosos del país, función vinculada a la libertad de expresión y de prensa. El ponente de la acción argumentó que «aunque el uso del verbo ‘matar’ no se utilizó en el sentido literal de la palabra, sino como una forma de broma, el acto acabó generando una ola de odio» contra Hang, incitada por el tweet de Duvivier.
FAKE NEWS CALUMNIAS E INJURIAS DISCURSO DE ODIO
25/06
PGR vs Roberto Jefferson. El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió aceptar la acusación contra el exdiputado Roberto Jefferson (PTB/RJ) por varios delitos relacionados al uso indebido de su libertad de expresión. La Procuraduría General de la República (PGR) emitió la denuncia contra el exdiputado por los delitos de incitación al delito de daños contra el patrimonio público, calumnias y homofobia. La PGR destaca 7 hechos delictivos que presuntamente realizó Jefferson: (i) incitación, en un programa de radio, a invadir el Senado Federal, impidiendo el libre ejercicio del Poder Legislativo; (ii) incitación, en una entrevista periodística, a destruir el edificio del Tribunal Superior Electoral; (iii) nueva incitación, en una entrevista periodística, a invadir el Senado Federal; (iv) calumnia, en una entrevista de radio, contra el presidente del Senado Federal al atribuirle el delito de prevaricación; (v) nueva incitación, en una entrevista de radio, contra la seguridad nacional; (vi) cometió, en una entrevista radio, el delito de homofobia al citar que «las personas LGBT representan la demolición moral de la familia» (sic); y (vii) nuevo delito de homofobia, en un vídeo publicado en su perfil personal en Twitter. Los jueces consideraron que la conducta del ex-diputado «atenta fuertemente contra el Estado democrático, con un daño potencial brutal a las instituciones democráticas, ya que tenían ‘la intención de tratar de impedir el libre ejercicio del poder legislativo'».
LIBERTAD DE EXPRESION CALUMNIAS E INJURIAS DISCURSO DE ODIO
29/06
MBL vs Duvivier. El Tribunal de Justicia de Rio de Janeiro (TJ-RJ) condenó al Movimento Brasil Livre (MBL) a indemnizar al humorista Gregório Duvivier por el uso de su imagen en las críticas relacionadas con la Ley Rouanet (destinada a creación de programa nacionales de incentivo a la cultura) publicadas en Facebook. Los mensajes hacían referencia a una operación de la Policía Federal llamada «Boca Livre», que pretendía investigar la malversación de fondos por esa ley. Duvivier argumentó que las publicaciones de la página del MBL buscaban vincular los beneficios ilegales a la imagen de artistas posicionados políticamente en la izquierda, como él mismo, el cantante Tico Santa Cruz y el actor Wagner Moura, y que, debido al gran alcance de las publicaciones, se sucedieran varios comentarios con ataques a su honor. En el recurso, el humorista solicitaba una indemnización, así como la retirada de las citadas publicaciones y la prohibición de nuevas publicaciones con la misma noticia, o cualquier otra que exponga el nombre del autor de forma «sensacionalista». En la decisión de segunda instancia, el magistrado ponente ordenó a la demandada el pago de una indemnización de R$50 mil al humorista y la retirada de las publicaciones de Facebook, pero no aceptó las peticiones relativas a futuras publicaciones, alegando que constituyen «censura previa».
CENSURA REPUTACION Y HONOR
17/07
Desinformación y elecciones. El ministro Alexandre de Moraes, del Tribunal Superior Electoral (TSE), ordenó la retirada de varias publicaciones que contenían desinformación sobre el ex presidente, y actual candidato, Luiz Inácio Lula da Silva y el Partido de los Trabajadores (PT). Las publicaciones fueron realizadas por personajes públicos, medios de comunicación, canales de YouTube y perfiles en la red social Gettr. El contenido implica «ilusiones sobre la implicación entre el grupo criminal Primer Comando de la Capital (PCC), el PT y el asesinato del ex alcalde Celso Daniel en 2002», «supuestos discursos del precandidato Luiz Inácio Lula da Silva equiparando a los pobres con el papel higiénico» y «manifestaciones del ex presidente sugiriendo la existencia de una asociación entre el PT, el fascismo y el nazismo». En su decisión, el ministro dijo que la difusión de contenidos no veraces «puede comprometer la imparcialidad del proceso electoral, hiriendo los valores, principios y garantías constitucionalmente garantizados». Moraes determinó (i) que los autores de las publicaciones retiren inmediatamente las publicaciones objeto de la acción; (ii) la identificación de los responsables de los canales de YouTube y de los perfiles de Gettr que publicaron el contenido; y (iii) la abstención de los implicados de realizar nuevos posts y compartidos sobre el contenido objeto de la acción.
FAKE NEWS REPUTACION Y HONOR
07/07
El Consejo de Estado confirmó en segunda instancia la condena en contra del Estado de Colombia por su responsabilidad por crímenes en contra de la periodista Claudia Julieta Duque. En 2001, mientras investigaba el asesinato del periodista Jaime Garzón, Duque fue víctima de una estrategia de tortura organizada por el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), la institución estatal encargada de la inteligencia y contrainteligencia en Colombia. Dicha estrategia involucró el secuestro, vigilancia ilegal y tortura psicológica en contra de la periodista. En marzo de 2020, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la responsabilidad del Estado, decisión que fue confirmada por el Consejo de Estado, señalando que los crímenes fueron una grave violación a derechos humanos.
LIBERTAD DE EXPRESION VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
13/07
La Fundación para la Libertad de Prensa reportó agresiones en contra de los periodistas que han denunciado la presunta apropiación ilegal por parte de funcionarios de los fondos destinados a los municipios priorizados por el proceso de paz. Según lo informado por la FLIP, uno de los periodistas que lideró la investigación fue víctima de amenazas y, por otra parte, un medio de comunicación fue estigmatizado por uno de los funcionarios involucrados en el escándalo.
LIBERTAD DE EXPRESION VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
26/07
La Corte Constitucional notificó su decisión a favor del expresidente Álvaro Uribe en un caso de tutela iniciado por Uribe en contra del periodista Daniel Mendoza, creador de la serie Matarife. En la serie, el periodista afirmaba, entre otras cosas, que Uribe era un genocida, narcotraficante, cabeza de un grupo paramilitar y responsable de varios asesinatos. Aunque el tribunal no ordenó retirar la serie de internet, sí ordenó rectificar estas afirmaciones.
LIBERTAD DE EXPRESION
29/06
El reportero del diario El Expreso en Tamaulipas, Antonio de la Cruz y sus hijas fueron atacadas con arma de fuego, y como consecuencia el periodista perdió la vida. Artículo 19 exigió a las autoridades de Tamaulipas, México el realizar una investigación diligente, brindar medidas de atención y protección a la familia de Antonio de la Cruz, y al Gobernador tomar acciones para frenar la violencia en su entidad.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
30/06
La reportera Ana Lilia sufrió agresiones por parte de un Policía de Investigación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Morelos, mientras cubría la conferencia del ex titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, Santiago Nieto. A este hecho le siguieron una serie de amenazas en sus redes sociales. El 5 de julio de 2022, Artículo 19 denunció el hecho y exigió a las autoridades de Morelos una investigación diligente, y el respecto al ejercicio libre de la labor periodística en la entidad.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS LIBERTAD DE PRENSA
01/07
Se dio a conocer que el ex titular de la Comisión Nacional de Búsqueda, Roberto Cabrera Alfaro fue declarado culpable de entregar más de 45 mil perfiles genéticos a una empresa privada.
PRIVACIDAD DATOS PERSONALES
La periodista Susana Carreño fue atacada en su vehículo después de concluir la transmisión del programa Casa Ejidal de Vallarta. La agresión consistió en que chocaron su vehículo y posteriormente dos personas le indicaron que se tirara al suelo y la atacaron con un arma punzocortante. Diversas organizaciones exigieron a las autoridades de Jalisco a proteger a la periodista, una investigación diligente de los hechos y que se abstengan de deslegitimar la labor periodística de la reportera agredida.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS
06/07
Martha Olivia López, directora del medio digital de En un 2×3 y corresponsal de otros medios de comunicación, fue intimidada por elementos de seguridad de Tamaulipas, México, a partir de la documentación que hizo sobre los bloqueos en la carretera de Ciudad Victoria-Monterrey. Estos actos de intimidación fueron seguidos de una serie de acciones de personas desconocidas en su usuario de redes sociales de Twitter y Facebook. Artículo 19 solicitó a las autoridades las medidas de protección a la periodista y la investigación de estos hechos.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS LIBERTAD DE PRENSA
12/07
Artículo 19 y R3D mostraron su preocupación con el proceso legislativo en la Cámara de Diputados/as y Senadores/as en la creación de una Ley Federal de Ciberseguridad. Las organizaciones señalan que hay al menos quince proyectos, los cuales repiten los mismos vicios en su contenido, en particular al criminalizar el uso cotidiano de internet en el ejercicio de la libertad de expresión; y tener énfasis en las medidas de seguridad y protección empresarial, sin considerar el respeto de los derechos humanos. Por lo anterior, las organizaciones pusieron a disposición de las autoridades los 10 principios sobre ciberseguridad.
PRIVACIDAD LIBERTAD DE EXPRESION
15/07
El periodista Iván Soto Hernández, director del medio digital En Vivo Durango denunció las amenazas que le realizó vía telefónica el 10 de julio de 2022, el Gobernador de Durango, México. Las amenazas surgen del reclamo del periodista por las agresiones sexuales que sufrió su hija y la omisión en la realización de una investigación diligente por parte de las autoridades en las que se señala como uno de los perpetradores al hijo de un integrante de un partido político de la entidad. Al respecto, las organizaciones Artículo 19 y Propuesta Cívica emitieron un comunicado exigiendo que las autoridades se abstengan de criminalizar al periodista, se establezcan medidas de protección y que se investiguen las amenazas del funcionario.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS REPUTACION Y HONOR
19/07
Artículo 19 presentó la evaluación que realizó a los 33 Organismos Garantes del Derecho a la Información en México, denominada Evaluación Nacional de los Organismos Garantes del Derecho a la Información (ENOGDAI).
ACCESO A LA INFORMACION
21/07
La periodista Marina del Carmen Morales Carvallo recibió amenazas como consecuencia de su labor periodística en Veracruz, México. Las amenazas empezaron en 2021, en los que se incluyen mensajes a su familia con imágenes de cuerpos desmembrados. Al respecto, el 27 de julio de 2022, Artículo 19 emitió un comunicado requiriendo que las autoridades protejan a la periodista y que se investiguen estos hechos.
VIOLENCIA CONTRA PERIODISTAS LIBERTAD DE PRENSA
01/07
Un estudio realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) reveló que 77% de la población paraguaya accede actualmente a internet. Los paraguayos utilizan en gran cantidad y en un gran porcentaje las redes sociales, y en menor porcentaje para acceder a las plataformas digitales de servicios del Gobierno.
ACCESO A INTERNET
19/07
La organización TEDIC lanzó la campaña “Mis datos, mis derechos” que busca hacer hincapié en la necesidad de contar con una ley de protección de datos personales en Paraguay. Bajo el lema “Mis datos, mis derechos”, esta iniciativa busca generar conciencia en todas las personas sobre la necesidad de una regulación actualizada que proteja la identidad de toda la población en internet y también que regule el tratamiento de datos en el sector público y privado.
DATOS PERSONALES
24/07
Ley que regula la comercialización de criptoactivos fue sancionada por el Congreso y aguarda su promulgación o veto de parte del Ejecutivo. El Legislativo sancionó la ley que regula la minería, comercialización, intermediación, intercambio, transferencia, custodia y administración de criptoactivos o instrumentos que permitan el control sobre criptoactivos.
CONSUMIDOR
06/07
El Ejecutivo remitió un proyecto de ley al Congreso de la República que busca sancionar la difusión de información sobre una investigación penal. Este contempla que cualquiera de las partes -incluyendo a los operadores de justicia y periodistas – que difunda dicha información, a la misma que se le cataloga de reservada, sin excepciones, será sancionado con una pena privativa de libertad.
El Instituto de Prensa y Sociedad (IPYS) criticó el proyecto al considerarlo inconstitucional, debido a que no se debería castigar las filtraciones, sino solo aquellas que evidencian un daño demostrable a los objetivos del proceso o la seguridad de los investigados. La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) también criticó la iniciativa del gobierno, por obstruir la investigación periodística y afectar la lucha contra la corrupción. Por su parte, la Defensoría del Pueblo expresó su preocupación y señaló que esta propuesta buscaría inhibir la labor colaborativa de quienes brindan información esencial a las y los periodistas, afectando así la libertad de expresión y el derecho a la información de la ciudadanía.
LIBERTAD DE EXPRESION ACCESO A LA INFORMACION
El periodista de Cuarto Poder, Eduardo Quispe, su camarógrafo Elmer Valdivieso y el chofer de la móvil del equipo periodístico del canal de televisión fueron retenidos por rondas campesinas de Chadín, Chota, región Cajamarca, al nor-este del país, y forzados a leer un mensaje de “rectificación” y de compromiso a “no hacer daño al gobierno central y a sus familiares”. Este mensaje se transmitió por la señal de América Televisión, contra su voluntad, para proteger la integridad del equipo de prensa.
Diversas personas y organizaciones cuestionaron gravemente el atropello contra la libertad individual de los agraviados y la libertad de prensa. IPYS manifestó su rechazo a un comunicado exculpatorio que habían divulgado las rondas campesinas, dado que la justicia comunal no permitía excusar la violación de derechos humanos.
LIBERTAD DE PRENSA
16/07
Se publicó la Ley 31515, que modifica la regulación de la publicidad estatal. Entre los principales problemas de esta ley, destaca la asignación de porcentajes mínimos de contratación de medios distritales, provinciales y regionales, con prescindencia de que dichos medios sean idóneos para transmitir eficazmente los mensajes publicitarios a la población objetivo. Asimismo, se prohíbe que las centrales de medios contratadas para hacer la pauta de los avisos “cobren porcentajes o pago adicional alguno, como comisión de servicio, a los medios contratados para pasar los avisos de la publicidad estatal”
LIBERTAD DE EXPRESION