Proyectos2022-10-12T17:05:23-03:00

Proyectos

México Proyecto de Ley Federal del Derecho de Autor (Art. 210) y Ley de la Propiedad Industrial (Art. 6to) – 2017

Ley De La Propiedad Industrial Y La Ley Federal De Derecho De Autor, Con El Objeto De Establecer La Prohibición De Restringir La Libertad De Expresión, A Través De Medidas Provisionales Que Afecten El Ejercicio De Dicho Derecho Fundamental, A Menos Que Éstas Persigan Un Fin Legítimo, Como La Protección De Derechos De Terceros, Y Que Las Mismas Sean Proporcionales Y Necesarias

México Proyecto de Ley Federal de Trabajo (Art. 32Bis y 32Ter) y Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas – 2015

Establecer Que Los Contratos Y Las Relaciones De Trabajo Entre Periodistas Y Los Medios De Comunicación Deberán Contener Explícitamente El Contenido Y El Alcance De La Cláusula De Conciencia Periodística, Misma Que Podrá Ser Invocada En El Momento En Que Se Pretenda Imponer Una Línea Editorial O Lineamientos Editoriales Que Atenten Contra Los Principios Deontológicos Y De La Ética Periodística.

México Proyecto de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Impuesto sobre la Renta, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley Federal de Derecho de Autor y de la Ley de Inversión Extranjera – 2013

Una Ley Convergente De Las Telecomunicaciones, La Radiodifusión, El Audiovisual Y El Derecho A La Información; Su Objeto De La Garantía Del Derecho A La Información, La Libertad De Expresión, El Pluralismo, La Calidad Y La Competencia En Los Servicios De Telecomunicaciones Y Radiodifusión. Y Sobre El Derecho A La Información Determina: Los Derechos A Las Audiencias Bajo El Principio Del Respeto A Los Derechos Humanos En Lo General Y De Sectores Específicos Tales Como La Niñez, Las Mujeres, Los Pueblos Y Comunidades Indígenas, Y En General El Fortalecimiento De Contenidos Inclusivos Para La Población. Los Derechos De Los Usuarios De Los Servicios De Telecomunicaciones Para Contar Con Servicios De Calidad Y Del Mayor Acceso A Las Redes, La Obligación De Todos Los Prestadores De Servicios A Respetar Y No Interferir A Sus Competidores. El Proyecto De Legislación Garantiza El Funcionamiento De Los Medios De Uso Social, Porque Garantiza El Derecho De Los Grupos Ciudadanos A Fundar Medios De Comunicación Con Fines Sociales Y Comunitarios, Entre Otros; Los Medios De Uso Social Para Pueblos, Comunidades Indígenas O Equiparables Tendrán Un Régimen Simplificado Para Acceder A Las Frecuencias. El Instituto Federal De Telecomunicaciones Deberá Responder A Las Peticiones De Estaciones De Uso Social En Un Plazo De 90 Días Hábiles, De Lo Contrario, Operará La Afirmativa Ficta. Las Concesiones De Uso Social Podrán Hacer Uso De Mecanismos Varios Para Su Financiamiento, Entre Los Que Se Encuentran La Comercialización De Minutos De Programación Por Hora, Donaciones, Patrocinios, Entre Otros, Y Todos Los Recursos Deberán Ser Reinvertidos En El Proyecto Social Del Medio. Se Facilitará El Acceso A Todos Los Contenidos De Los Medios De Uso Público, Y Se Determina, En La Legislación, Una Reserva Del Espectro De Al Menos Un 30 Por Ciento Para Este Tipo De Concesiones. Y, En Materia De Medios De Uso Público, El Proyecto De Ley Busca Que Las Concesiones Tengan Una Duración De 15 Años, Que Garanticen La Pluralidad De Contenidos Y La Participación De Distintos Sectores De La Sociedad En Sus Políticas De Programación, Por Lo Que Contarán Con Consejos Ciudadanos De Participación En Todos Los Casos.

México Proyecto de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Arts.27, 36 y 38), Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (Art. 226Ter), de la Ley de Impuesto sobre la Renta (Art. 228), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Art.3), de la Ley Federal de Entidades Paraestatales (Art. 9), de la Ley de Vías Generales de Comunicación (Art. 144), de la Ley Federal de Derecho de Autor (Art. 7 y 8) y de la Ley de Inversión Extranjera – 2013

Regulación De Las Telecomunicaciones Y Prohibición De La Censura Previa

México Proyecto de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (Arts. 223, 226, 251) – 2014

Plantea Tomar En Cuenta En La Programación De Los Concesionarios Contenidos De Medio Ambiente, Sensibilizar A La Población Sobre Cambio En El Clima, Asi Como Parte De Los Temas De Programación; Y Plnatea Que Los Concesionarios De Uso Comercial, Público Y Social Que Presten El Servicio De Radiodifusión Deberán Efectuar Transmisiones Gratuitas Diarias En Cada Estación Y Por Cada Canal De Programación, Con Una Duración De Hasta Treinta Minutos Continuos O Discontinuos, Dedicados A Difundir Temas Ambientales, Educativos, Culturales Y De Interés Social. Los Tiempos De Transmisión Serán Administrados Por La Secretaría De Gobernación, La Que Oirá Previamente Al Concesionario Y De Acuerdo Con Ellos Fijará Los Horarios A Lo Largo De Sus Horas De Transmisión.

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