¿Restringir el debate para proteger la democracia?

Algunos días atrás un conjunto de diputados de la bancada oficialista presentó el proyecto de ley 3541-D-2021 cuyo objetivo es castigar el “negacionismo”. Esta no es la primera iniciativa legislativa en ese sentido, sino que a principios de año la diputada Mounier había presentado otro proyecto similar. 

El nuevo proyecto presenta dos novedades respecto al de la diputada Mounier. La primera de ellas es el apoyo político conseguido. El nuevo proyecto fue presentado con la firma de diez diputados, entre los que se encuentran figuras de renombre como Hugo Yasky. Este cambio nos permite pensar que, lejos de desdibujarse, la idea de castigar el “negacionismo” persiste y cada vez tiene más fuerza. La segunda novedad es qué se entiende por negacionismo. Mientras que el proyecto de Mounier proponía castigar expresiones relacionadas con la última dictadura militar, el nuevo proyecto amplía el conjunto de hechos punibles mediante la inclusión del “negacionismo” de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas y de la pandemia. Así, este proyecto no solo cuenta con más apoyo que su antecesor, sino que también es más ambicioso. 

La iniciativa propone castigar a quien “niegue, banalice o de algún modo menosprecie” la soberanía argentina sobre las islas Malvinas; a quien “niegue, justifique, reivindique, exalte o de algún modo menosprecie” la comisión de delitos de genocidio durante la última dictadura; y a quien “niegue, impida o menosprecie” la existencia de una pandemia y sus efectos.  Por último, el artículo 4 aumenta los montos de las penas para quienes comentan delitos relacionados con los primeros tres artículos.

No voy a volver acá sobre los problemas de usar el derecho penal para regular el debate público ni sobre las dificultades que vienen con el uso de términos tan vagos como los que caracterizan a estos proyectos de ley. Ambos puntos fueron tratados con precisión y claridad por Álvarez Ugarte cuando Mounier presentó su proyecto sobre negacionismo. Me interesa en lo que sigue explorar la relación ente este tipo de proyectos, libertad de expresión y democracia. 

La libertad de expresión no es un capricho. Es un derecho que nos permite discutir sobre los asuntos de la vida pública sin temor a sufrir represalias. Si la democracia consiste en que nos demos nuestras propias normas como comunidad, la necesidad de discutir sobre ellas parece ineludible. Esta discusión a veces puede ser desagradable, enojarnos y despertar nuestras pasiones, pero ese es el precio que estamos dispuestos a pagar para tener un debate tan amplio y robusto como sea posible.

Tanto la construcción de una memoria colectiva en torno a los crímenes de la última dictadura militar como la soberanía de Malvinas o la pandemia (sobre todo teniendo en cuenta el sinfín de políticas públicas que desató) son asuntos políticos. Como tales, están especialmente protegidos por la libertad de expresión ya que, como dije más arriba, ella busca proteger la discusión pública. Así, en un primer (y muy obvio) momento, parecería que este proyecto busca restringir la discusión pública sobre temas que nos afectan a todos. 

La propuesta restrictiva se vuelve incluso más preocupante si se tiene en cuenta que las limitaciones no son neutras sino que están basadas en el punto de vista. El proyecto de ley no busca restringir la discusión sobre la soberanía de Malvinas, la pandemia o la última dictadura militar, sino solamente algunas opiniones dentro del debate. Así como por un lado los discursos políticos reciben especial protección de parte de la libertad de expresión, las restricciones basadas en el punto de vista suelen ser vistas con extrema sospecha –escrutinio estricto, al decir del derecho estadounidense-, ya que inclinan la cancha del debate público. Por lo tanto, una restricción de este tipo parece problemática de acuerdo a los principios de la libertad de expresión.

En este punto alguien podría creer que estoy equivocado y mi argumento confunde momentos diferentes. Mi interlocutor podría decir que estos son debates que la sociedad argentina ya dio de forma amplia y que los resolvió en favor de ciertas posiciones. Este proyecto de ley vendría solamente a ponerle el moño a un proceso de larga data en el que todos pudieron participar y ofrecer su punto de vista. Desde esta perspectiva, lejos de clausurar el debate público, el proyecto sería una consecuencia del proceso democrático y no una limitación de la discusión. Llamaré a este argumento “argumento del pacto social”.

Un argumento de este tipo aparece en los fundamentos del proyecto, donde se afirma que la preocupación de los redactores está relacionada con algunas expresiones que “pretenden influir en el sentido común de los ciudadanos y ciudadanas, contra valores, principios, fundamentos que constituyen el capital histórico del Pacto social y democrático”. Según este argumento, nuestra comunidad comparte algunos valores que surgieron de un pacto democrático, por lo que aquellos que quieran discutir sus términos deben ser castigados. 

Este argumento puede sostenerse sobre dos premisas diferentes. O bien el pacto social actualmente vigente es el correcto y por lo tanto no debe ser modificado; o el pacto actual debe ser respetado por haber surgido de nuestro acuerdo comunitario. En los párrafos que siguen intentaré mostrar que ambas premisas son equivocadas. 

En primer lugar, las democracias pluralistas se caracterizan por lo que Jeremy Waldron llama “el hecho del desacuerdo”: es decir por la circunstancia de que los ciudadanos, incluso aquellos formados y que actúan de buena fe, tienen desacuerdos profundos sobre cómo debería ser nuestra sociedad. Este mismo hecho parece ser reconocido por el proyecto de ley, ya que en el segundo párrafo de sus fundamentos manifiesta su preocupación por la “proliferación de manifestaciones y opiniones de indudable carácter negacionista”.  

Si el argumento del pacto social asume que nuestro acuerdo no debe ser modificado por ser el correcto, no parece haber ninguna forma de mostrar esto con seguridad. Las sociedades plurales, caracterizadas por el hecho del desacuerdo, no cuentan con un mecanismo que les permita llegar a conclusiones terminantes sobre ningún aspecto de la vida pública en tanto no existe un mecanismo que permita validar con certeza las convicciones de los ciudadanos. Es por ello que, en este contexto, solo nos quedan los métodos democráticos de discusión, negociación y votación para resolver provisionalmente nuestros desacuerdos. 

Supongamos ahora que en realidad el argumento del pacto social no se sostiene sobre la convicción de que el pacto es correcto, sino en que es consecuencia de la decisión democrática que nos rige como sociedad y por lo tanto alterarlo sería problemático. Esta afirmación tendría dos problemas. En primer lugar, incluso si no hubiera habido desacuerdo respecto de los términos del pacto cuando fue acordado, el consenso en torno al mismo pudo haber cambiado y por ende no perdura en el tiempo. Las personas cometemos errores constantemente en nuestras vidas y nuestra vida comunitaria no es la excepción. Por lo tanto, bien podría suceder que aquello que nos pareció obvio en un momento ya no sea así. No hay ninguna razón para suponer que lo que pensamos “antes” es más confiable que lo que pensamos “ahora”, por lo que no tiene sentido impedirnos discutir sobre los arreglos del pasado. 

Por otro lado, la población cambia con el tiempo, por lo que aquellas personas a las que este pacto les es aplicado ya no son aquellas que lo acordaron. Impedirles discutir sobre los términos del arreglo que los rige es restringir el autogobierno colectivo. Un muy buen ejemplo de esto es la prohibición del “negacionismo” de la soberanía argentina sobre Malvinas. Como bien reconoce el proyecto de ley, el reclamo argentino sobre Malvinas es un mandato constitucional que surge de la disposición transitoria primera, es decir que forma parte de las normas que nos rigen como comunidad. Si sancionáramos a aquellas personas que no están de acuerdo con la existencia de esta cláusula, estaríamos impidiendo la discusión sobre las normas que nos rigen, es decir clausurando la discusión democrática sobre una parte de nuestra propia constitución. Esta restricción tendría tan poco sentido como una ley que buscara sancionar a aquellos que abogan por transformar a argentina en un sistema parlamentario, lo que es obviamente un sinsentido.

En conclusión, el proyecto de ley que busca sancionar expresiones “negacionistas” tiene serios problemas en términos de libertad de expresión y por ello daña la calidad de nuestra esfera pública. Si nos interesa la democracia es porque nos permite discutir sobre las reglas que nos rigen como comunidad. Prohibir la discusión sobre esas reglas en nombre de la democracia simplemente no tendría sentido.